Don Francisco González, hijo legítimo de los difuntos don Manuel González y doña Catarina de Contreras, natural de la Ciudad de Toro de Castilla la Vieja, vecino del pueblo de Apan, Arzobispo de México y residente del pueblo de Jalapa, viudo de doña Gertrudis de Miranda, realiza su testamento, en el cual nombra como albacea a don Miguel de Miranda, su hermano, y como heredera a María Micaela González, su hija legítima.
VIUDOS
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José Cabello, viudo de María Nicolasa Díaz de la Cueva, heredera de su madre doña Inés López, dijo que su citada suegra, vendió a don Francisco Barreda, un solar en de 30 varas de frente, el cual linda al sur con solares de los herederos de Diego Zárate, al oriente con solar que fue de José de Arauz, al norte con solar de las Blancas y la Ciénega del Xallitic y al poniente con solar de dicho Barreda, con quien lo ajustó en precio de 30 pesos, pero sin otorgarle escritura a dicho Barreda, la cual solicita ahora.
Doña María Josefa Morales de Campillo, como heredera de don Pedro del Campillo, tutora y curadora de doña Rosario del Campillo, hijos suyos; don Felipe Díaz de Peón, marido de doña María Josefa González del Campillo; don Juan Díaz de Peón, viudo de doña María Ignacia González del Campillo, por sus menores hijos; y don José Mariano del Campillo, por sí; todos residentes en esta ciudad; otorgan que dan poder amplio a don José María Godoy, vecino de Guanajuato, para que en su nombre y representando sus derechos, gestione en todos los asuntos en que tengan acción, por cualquier título; ya sea en clase de actores o ya en la de demandados, nombrando abogados, agentes y procuradores, para sus solicitudes, pleitos y negocios. También para que pida y tome cuentas a las personas que deban. Así como, para que acepte con beneficio de inventarios las herencias que por testamento o ab intestato les pueda tocar por cualquier pariente o extraño, especialmente la que les pertenece en los bienes de la testamentaria de don Ignacio de Lanuza padre de doña Maria Ana Lanuza, de quien son herederos los comparentes. Además, para que pueda exigir la redención de los capitales que a favor de los relacionantes se reconozcan sobre fincas o acciones, imponiéndolos de nuevo en otras idóneas y recaude al mismo tiempo, los réditos que en razón de esas imposiciones adeuden los censatarios, contrayendo especialmente al capital de 30 000 pesos y sus réditos que reconoce la hacienda del Cuisillos en jurisdicción de Irapuato. Asimismo, para que haya, perciba, demande y cobre de todos los deudores todo que les deban.
Zonder titelDon José Manuel Arcos, doña María de Jesús Santillán y Arcos en unión de su marido el ciudadano Román Rendón y de don Francisco Álvarez, a quien dicha Santillán por ser menor ha nombrado de curador para este solo acto, vecinos de esta ciudad, dijeron que en 9 de mayo de 1835 le otorgaron poder los nominados Arcos y Rendón y el ciudadano Antonio Flores, viudo de doña María Ignacia Arcos y tutor de sus hijos, a don Rafael de la Mora para que gestionase en la testamentaría de don Antonio Arcos; y que como en la actualidad no les conviene a los comparentes que el señor Mora continúe usando han resuelto revocarlo; por lo que otorgan que revocan solemnemente el relacionado poder a fin de que en virtud de él no pueda gestionar en dicho negocio ni en otro cosa alguna.
Zonder titelDon Cayetano Gándara, de este comercio y vecindad, viudo, albacea de la difunta doña Antonia Amaya, dijo que don Antonio Gomila, primer marido que fue de su esposa, en el testamento que otorgó, en esta villa y bajo cuya disposición falleció, consta y aparece entre sus cláusulas, una que ordena que después de su fallecimiento impongan sus albaceas a rédito sobre finca segura, 500 pesos de los cuales hace legado en forma a una huérfana que tiene en su casa nombrada, María Antonia, de dos años de edad, para que al llegar a edad hábil lo disfrute, así como los réditos que dicho capital produzca; y como su difunta esposa, aunque en lo extrajudicial se propuso reconocer este legado a favor de la huérfana sobre una casita de la testamentaria de que adelante se hará mención, desde el fallecimiento de aquel, y al hallarse la Amaya de proximidad de terminar sus días, dejó en una minuta extrajudicial testamentaria con fecha el 11 de abril de 1820, bajo la cual falleció también. Y la que después de los trámites legales se llevó a testamento, en el que consta y aparece en uno de sus artículos el encargo de que la casa del parapeto, la deja a la huérfana María Antonia en descuento de los réditos, que desde la muerte del primer marido le corresponden y si fuere más lo que la casa valiere, lo cede y dona de buena voluntad. De modo que el compareciente con el fin que tengan su puntual y debido cumplimiento dichos encargos, otorga que entrega, cede y traspasa en favor de la mencionada María Antonia Gomila y Amaya, la casita del parapeto, que es de paredes cubierta de madera, ladrillo y teja, de edifico bajo, ubicada en esta villa en la calle que nombran de San Miguel, con el frente y fondo que le corresponde y hace el primero hacia el oriente con dicha calle y del otro lado solar y paredes de casa del finado de don Antonio Bremón, por su fondo al poniente, linda con terreno de la casa del finado Pedro Rafael del Moral; por el costado del sur con el de la casa del difunto don Juan Antonio de la Riva; y por el del norte, con casa de los herederos de Blasina Vargas.
Zonder titelDon José Alonso Corrales, vecino de esta Villa, natural del lugar nombrado de la Peza, en el Concejo de Llanes, Principado de Asturias, hijo legítimo de don Francisco Alonso Villa y de doña María Antonia Corrales, difuntos, ordena su testamento donde declara ser viudo de doña Rita Rincón y no tener hijos. Nombra como albaceas a don José Ruiz Sánchez, de esta vecindad, a quien también nombra como su heredero, para que con arreglo, consejo y dirección del Señor Cura de esta Villa, don Manuel Pérez y Suárez, lo distribuya en el modo y forma que le tiene comunicado.\t
José Pérez Toledano, natural del pueblo de Teziutlán, vecino de esta Villa, hijo legítimo de Diego Pérez Toledano y de Micaela Pérez, ambos difuntos, otorga su testamento donde declara ser viudo de Rosalía de la Encarnación García, quien lo fue también de Miguel Pérez, con quien no tuvo hijos. Nombra como su albacea a su primo don Francisco de Paula Cortés, de esta misma vecindad, a quien también nombra como su heredero.\t
Don Sebastián Fernández de Bobadilla, de esta vecindad, viudo y albacea de la difunta doña María Josefa Atenas [de Bobadilla], tutor y curador ad bona de sus menores hijos, mancomunado con don Melchor de Ajuria, en los indicados encargos, otorga poder especial a su hijo don Sebastián Fernández de Bobadilla y Atenas, residente en la Nueva Veracruz, para que proceda en unión del mencionado albacea, a la descripción o formación de Inventarios extrajudiciales, de los bienes de las relacionada su difunta esposa.
Don Mateo González, vecino del pueblo de Actopan, marido de doña María Josefa Rodríguez Rojo, y don Joaquín Villegas, vecino de la Joya, como albacea de su difunto hermano don Benito Villegas, quien fue marido de doña María Manuela Rodríguez Rojo, difunta, ambas mujeres herederas del finado don Andrés Rodríguez Rojo, vecino que fue de esta vecindad, otorgan poder especial a don Juan Bautista Guido, de esta vecindad, para que los represente en la testamentaria y juicio de inventario del citado Andrés Rodríguez Rojo, asistiendo a las almonedas que se hagan de sus bienes.
Don José Rogel, vecino de este pueblo de Naolinco, viudo de María de la Calleja, junto con doña Ignacia Fernández de la Calleja, esposa de Francisco José de la Barreda Gayón, vecino de este pueblo, con licencia expresa de su citado marido, venden a don Nicolás Antonio Domínguez Muñiz, vecino de este pueblo, una casa y solar que les heredó la difunta María de la Calleja, ubicado en este pueblo, que mide 56 varas de fondo y 36 varas de frente, linda al oriente con casa de Juan García, al poniente con casa de Agustín Montiel, al norte con casa del Alférez don Antonio García y al sur con solar y casa de María Viveros, en la cantidad de 500 pesos de oro común.