Doña María Ignacia del Valle y Vieyra, residente en esta villa, viuda de don Pedro García del Valle, otorga poder general a don Manuel de Cano y Valle, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre y representación, haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar, las cantidades de dinero, oro, plata, joyas u otras de cualquier especie o porción que se le estén debiendo a la fecha y debiesen en adelante. Asimismo, para que la defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOVIUDAS
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Doña María Salomé Pérez Mora, de esta vecindad, viuda, albacea y heredera de don Manuel Allén, que fue de este comercio y vecindad, otorga que vende en favor de don José Mariano Domínguez, también vecino y del comercio de esta villa, actual regidor de su Ilustre Ayuntamiento, una casa de cal y piedra, de edifico bajo, cubierta de madera y teja, ubicada en esta villa, en la primera cuadra de la calle que nombran del Ganado, a la que hace su frente hacia el oriente con 18 varas y del otro lado casa también que quedó por bienes del citado su difunto marido, quien dejo otra contigua a la que se está deslindando por el costado el sur; con 93 de fondo hacia el poniente por donde linda con solar que fue de Juan Prieto Rendón y por el costado del norte con casa de los herederos de don José Antonio Ortiz. Cuya finca deslindada es la misma que Allén fabricó a sus expensas en terreno que compró a su hermano político, don José Antonio Ortiz, quién de ello otorgó recientemente escritura pública a favor de la testamentaria de su cargo, el 22 de diciembre del año pasado. La vende por precio de 2 700 pesos, que declara haber recibo al contado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Bernabé de Elías Vallejo y don Francisco Badillo, ambos de esta vecindad, albaceas dativos mancomunados del finado don Juan Esteban de Elías, que también fue de este comercio y vecindad; dijeron que don Juan Esteban fue albacea y heredero del finado don Fernando Gómez Muñoz, vecino que fue de este suelo, quién le encomendó la fundación de un legado piadoso de 1 000 pesos en favor de este convento de San Francisco de Asís, para que con sus premios se diese culto a la Santísima Virgen del Carmen, de la cual dejó también una efigie para que se colocase en aquella iglesia. Asimismo, dijeron que para tal fin, don Juan Esteban de Elías dejó 1 500 pesos impuestos a depósito irregular sobre el molino de San Roque, que quedó por bienes de dicho don Fernando Gómez Múñoz, cuyo molino fue vendido a don Carlos Díaz y Herrero, difunto. Y ahora los otorgantes como tales albaceas, queriendo cumplir con el encargo de todo lo que manda don Juan Esteban en su testamenento, otorgan que fundan la mencionada obra pía con el principal de 1 000 pesos en favor de este convento de San Francisco, quien percibirá anualmente 50 pesos de premios a razón del 5 por ciento, con la carga de mandar celebrar perpetuamente cuatro misas cantadas con diáconos, en el altar donde se coloque la efigie de la Santísima Virgen del Carmen, por el alma de don Fernando Gómez. Cuyo principal de 1 000 pesos lo apartan de los 1 500 pesos que impuso don Juan Esteban sobre dicho molino propiedad que fue del mencionado Díaz y Herrero, cuya viuda y albacea, doña María Josefa de Herrasti y Alba, redimirá los 500 pesos restantes en el presente año, para que los otorgantes los inviertan en adorno y culto de la Santísima Virgen del Carmen. Asimismo, han convenido los otorgantes con la Señora Herrasti que pagará 50 pesos del premio del año pasado de 1825 para que el convento comience a cumplir con lo que le incumbe; y de lo atrazado, desde la imposición hasta 1824, solo pagará 500 pesos en abonos mensuales de 10 pesos. Por lo tanto, doña María Josefa de Herrasti ratifica la escritura de obligación que otorgó su esposo el 30 de diciembre de 1803, y se obliga a seguir reconociendo dicho depósito irregular.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOMaría Luisa Silveria y Matías Mirón, vecinos de esta villa, mayores de veinticinco años, la primera de estado viuda; otorgan que venden en favor de Manuel María Díaz, de esta vecindad, una casita de paredes de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera y teja, ubicada a la salida de esta villa, camino Real para Veracruz, haciendo esquina a la glorieta o últimos asientos, con 13 varas de frente y unas 30 de fondo, cercado de piedra vana, la primera esquina la hace al norte y a segunda rumbo del sur, en terreno propio de la cofradía de la Pura y Limpia de esta parroquia, a quién a razón del piso le pagan anualmente 3 pesos. Cuya finca es la misma que hubo por fin y muerte de su padre, don Antonio Mirón. La cual venden por la cantidad de 400 pesos, desglosados de la siguiente manera: 296 con 5 y medio de ellos que ha recibo en reales de contado y con lo que han pagado 54 pesos que se debían de renta atrasada por razón del piso, 36 de costos de alcabala y escritura; y los 103 pesos 2 y medio reales restantes que el comprador ha de reconocer sobre la misma finca a premio de un 5 por ciento al año a favor de los 4 hijos menores de su hermano difunto, Julián Mirón, que residen en Alvarado, a quienes se les acudirá con el premio y con la parte que a cada uno corresponda del capital cuando respectivamente se habiliten para percibirlo.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña María Antonia Jiménez de Pavón, de esta vecindad, viuda albacea de don José Ignacio Pavón y Muñoz, vecino y del comercio que fue de la Nueva Veracruz, tenedora de sus bienes, tutora y curadora ad bona de sus menores hijos y apoderada de los mayores, otorga poder general a don José Beteta, ministro de Hacienda de la República en Centro América, residente en su capital de Guatemala, para que en su nombre y en uso de las indicadas representaciones, haya, demande, perciba y cobre, judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de dinero, oro, plata, joyas u otros de cualquier especie o porción que le estén debiendo a la testamentaria de su cargo. También, se le confiere especialmente para que pueda admitir o repudiar la herencia de sus abuelos paternos que les toca a sus hijos menores y mayores; así como, en razón de los bienes de su tío paterno, don Bernardo Pavón, como para cualquieras otras sucesiones por testamento o abintestato de pariente u otras personas que les pueda corresponder. Y todo de todo lo que percibiere y cobrare otorgue recibos, cartas de pago, finiquitos y demás documentos que le fueren pedidos. Además, para que la defienda a ella y a la testamentaria de su cargo, en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña María Salomé Pérez Mora, de esta vecindad, viuda, albacea y heredera del finado don Manuel Allén, que fue de este comercio y vecindad, otorga que es deudora a la testamentaria de don Manuel María Palacio y Soto Carrillo, de quién fue apoderado su difunto esposo, de cantidad de 1 000 pesos resto de la liquidación de cuentas, de cuyo resultado ha entregado mayor cantidad a los albaceas de aquel. Dicha cantidad se obliga a satisfacer en el término de cinco años contados desde ayer 30 de junio, abonándole el premio de un 5 por ciento anual. Y para la seguridad del pago, hipoteca una casa de edificio alta y baja, ubicada en esta villa, en la calle que nombran de Belén, con la que hace su frente al poniente y del otro lado casa alta de los herederos de doña María Guadalupe de la Pedreguera; por su fondo al oriente y costado del sur, linda con el de casa alta de los herederos de don Domingo Franceschi; y por el costado del norte, con el de casa baja de doña María Josefa de Herrasti y Alba. Cuya finca se obliga a no enajenar en manera alguna hasta no estar pagado este principal y premios.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Manuel José Pensado, vecino y labrador en esta villa, otorga que debe a su difunto hermano don Cipriano Pensado y Navarrete, que fue de este comercio y vecindad, la cantidad de 365 pesos y 4 reales, resto de la cuenta que siguen desde 1804 y que le suministró en distintas ocasiones. Por lo cual, se obliga a pagar a su viuda y albacea, doña María Margarita Barradas, hermana [política] del otorgante, en el preciso término de cinco años, a partir de esta fecha o antes.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña María del Rosario Arias, residente en esta villa, viuda de segundas nupcias de don Mariano de Campo, otorga que ha recibido de don Ignacio de la Puente, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, la cantidad de 2 600 pesos y medio real; cuya suma es la cuarta parte de 8 024 pesos y 2 reales, que estaban impuestos a premio para la manutención de su tía doña Sebastiana, demente octogenaria, como líquido del quinto de los bienes de don Anselmo Fernández Redondas, vecino y del comercio que también fue de la Nueva Veracruz. Por lo que corresponde esta suma al finado hijo de la otorgante, Manuel María Redondas, nieto de don Anselmo, a quién heredó como su legítima madre. Y habiéndose enajenado la finca en que estaba impuesto este capital, expresa que está satisfecha de la parte que de él le corresponde, como de sus premios; lo cual declara para que se proceda a la cancelación de la escritura respectiva y anotaciones del caso para su absoluta libertad de la finca que lo reportaba.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña Ana Josefa Troncoso de Lemus, viuda y primer albacea de don Juan Antonio Lemus, vecino y del comercio que fue de la Nueva Veracruz, en virtud de la renuncia que hace del encargo su coalbacea don Pedro Bon y Cornide, ambos residentes en esta villa, por la presente otorga poder general a don José Lama, vecino y del comercio de la misma ciudad de Veracruz, para que en su representación haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de todas y cualquier personas, las cantidades de dinero, oro, plata, joyas u otros de cualquier especie o porción, que le estuvieren debiendo a la testamentaria de su cargo o en particular. Y para que de todo en cuanto percibiere y cobrare otorgue recibos, cartas de pago, finiquitos y demás documentos que le fueren pedidos. También, se lo confiere especial para que de todos los casos y cosas que se le puedan ofrecer se estimen y tengan como cláusulas de este poder. Así como para que la defienda y a la testamentaria de su cargo en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales que tenga o pudiere tener en adelante.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODoña María Tiburcia Rubio Roso, don José Manuel de Zulueta, en uso del poder que exhibe de don Elías de Nogueira, que le confirió en la Puebla de los Ángeles el pasado 24 de noviembre; don José Francisco Nogueira, don José Cordera y don Manuel de Bárcena, maridos legítimos y conjuntas personas de doña María Josefa Nogueira de Cordera y doña María Magdalena Nogueira, viuda e hijos del finado don Elías Nogueira; dijeron que en junta extrajudicial, se repartieron y se adjudicaron los bienes del citado don Elías Nogueira, tocándole la casa mortuoria al hermano mayor don Juan Nogueira, convino éste en bonificar a los comparecientes, la parte de interés que a cada uno le corresponde en la cuenta de división y partición, a la primera por vía de gananciales habidos en su segundo matrimonio y a los demás como hijos y herederos legítimos. En cuya virtud restando solo el otorgamiento de la escritura de adjudicación para que les sirva de títulos de propiedad, viuda e hijos otorgan que adjudican y traspasan realmente en favor de don Juan Nogueira, también de esta vecindad, la casa mortuoria, de edificio bajo, con unas piezas altas en el interior, todas de paredes de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa, en la calle de San José, salida para el camino a Veracruz, a la que hace frente y esquina con el callejón que nombran del Perro, su frente mira al sur y del otro lado, dicha calle en medio, casa de don José Vicente del Valle; por el costado del poniente, dicho callejón del Perro y del otro lado casa de don José Simón Peña; por el costado opuesto del oriente, linda con el cementerio de la iglesia de San José; y por su fondo, al norte, hace otro frente cerrado a la plazuela del cuartel nombrada también de San José. Cuya casa es la misma que el difunto Nogueira aumentó y mejoró sobre la que hubo y compró de doña Juana Viveros, viuda y albacea de don Manuel Eugenio de Acosta, por escritura pública otorgada en esta villa el 13 de enero de 1800. Cuya adjudicación la hacen por la cantidad de 6 050 pesos, de cuya suma han recibido cada uno de los otorgantes la parte liquida que le toca de este valor, quienes otorgan recibo en forma.
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