Don Nicolás de Aguirre Figueroa, residente en este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, dueño de hacienda de ganado menor en la jurisdicción de San Andrés Chalchicomula, provincia de Tepeaca, y vecino de ella, otorga que vende a los naturales de los barrios de San Nicolás, Santiago Ystiyuca [Ixtiyuca], Tozongo [Tosongo] Alto y Tozongo [Tosongo] Bajo, jurisdicción de este pueblo, cinco sitios de tierra y una caballería a la linde de ellos, de ganado menor, que está en los términos de este pueblo, y se contienen en las mercedes otorgadas por los Señores Virreyes que han sido de esta Nueva España: don Luis de Velasco, el Conde de Monterrey y el Marqués de Guadalcazar. Cuyas mercedes hicieron a Juan Blanco, Juan Romo y a doña Catalina Franco, en cuyos derechos sucedió García de Arévalo y Luis de Arévalo, y por muerte de éstos, los obtuvo don Nicolás de Aguirre Figueroa, por habérseles rematado en pública almoneda. Los vende en 1 100 pesos de oro común en reales horros de alcabala, de los cuales 100 pesos pagarán dentro de seis meses y 1 000 pesos dentro de seis años, a razón de 166 pesos y 4 reales en cada un año. Los sitios se nombran: Moyoapa [Moyoapan], Sacantlapa [Zacatlapa], Chapultepeque [Chapultepec], Otlatepeque [Otlatepec], Yscuinatle [Izcuinatle].
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOVIRREYES
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El Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, Teniente General de esta villa de Córdoba por nombramiento del Capitán don Antonio Orejón de la Lama, difunto, y con aprobación del Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey que fue de Nueva España; dijo que por la gracia de haber sido nombrado Teniente General aseguró la cantidad de 4 000 pesos en poder del Capitán don Diego López Luna, vecino y mercader de la ciudad de los Ángeles, pero por carta y orden de algunas personas de esta villa que le pidieron lo supliese, se obligó a entregarlos a dicho Capitán don Antonio Orejón el día fin de abril pasado de este año, y al tiempo de cumplirse otorgó poder al Alférez [Miguel Jiménez de Bonilla] y a don Juan de Valdivia, vecinos y labradores [roto] del pueblo de Nativitas jurisdicción de Tlaxcala, [y a don Miguel de Urbiola], Procurador del Número [roto], para que pidieran ante la Real Audiencia que el Capitán don Antonio Orejón afianzase los dichos 4 000 pesos y hasta que lo hiciese se le requiriera al Capitán don Diego López [de] Luna no exhibiese a Orejón la dicha cantidad, finalmente por autos y orden de justicia los 4 000 pesos quedaron en depósito y poder del Capitán don Gerónimo de Villa Septién, Caballero de la Orden de Calatrava y vecino de la ciudad de los Ángeles. Y respecto a haber fallecido el Capitán don Antonio Orejón, otorga poder al Capitán don Diego López de Luna para que en su nombre comparezca ante los señores jueces y justicias de Su Majestad y pida se desembarguen los 4 000 pesos, sacándolos del poder del Capitán Villa Septién, y se paseen al poder del Capitán don Diego López Luna, para que con ellos quede satisfecho y pagado por pertenecerles a él, respecto a que se los prestó al otorgante para dárselos al Capitán don Antonio Orejón en pago del tiempo que le faltaba de servir el oficio de esta villa, que no tiene efecto con su muerte.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Alonso López de Sagade Bogueiro [Bugueiro], vecino de esta villa de Córdoba, dijo que cuando trató matrimonio con doña Antonia Clara de Rivadeneyra [Rivadeneira], hija legítima del Capitán don Francisco de Rivadeneyna [Rivadeneira] y de doña [roto] y Arebalo [Arévalo], su suegro le prometió en dote 4 000 pesos de oro común, ofreciendo pagarle 1 000 pesos cada año a partir de junio de 1691, y por cuanto su suegro no tiene reales para pagar el resto de esa suma, por la presente recibe en cuenta de lo que le debe: una mulata esclava nacida en su casa, hija de Inés de Monterrubio, su esclava, nombrada Isabel, de edad de veinticuatro a veinticinco años, con dos hijos, una mulatilla nombrada Nicolasa Margarita de dos años y un mulatillo nombrado Joseph [José] de los Santos de siete meses, por precio de 500 pesos; asimismo, una licencia de trapiche de beneficio de hacer azúcar hecha por el Excelentísimo Señor Marqués de Mancera Virrey que fue de esta Nueva España al dicho Capitán don Francisco de Rivadeneyra [Rivadeneira], su data en México a 10 de noviembre de 1665, por 400 pesos. De cuyos bienes por la presente hace cesión y traspaso Francisco de Rivadeneyra [Rivadeneira].
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Miguel de Medina y Guzmán en voz y en nombre de doña Francisca de Medina y Guzmán, viuda, albacea testamentaria y tenedora de bienes del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, difunto, tutora y curadora de las personas y bienes de sus menores hijos y herederos, en virtud de su poder que tiene protocolado en el oficio público del presente escribano; y don Francisco Nicolás de Rivadeneira, asimismo, albacea y uno de los herederos del difunto, su padre; otorgan que venden al Capitán don José de Carvajal y Contreras, dueño de trapiche de hacer azúcar en la jurisdicción de esta villa de Córdoba, medio sitio y 2 caballerías de tierra, de los dos sitios que comprende la merced dada por el Señor don Luis de Velasco, Virrey que fue de este reino, a favor de don Juan Sánchez Berbejo, en términos del pueblo de Guatusco [Santiago Huatusco] y paraje que llaman Tapalcatetelco, porque el otro medio sitio lo tiene vendido don Francisco Nicolás al dicho comprador, su fecha en el pueblo de Orisaba [Orizaba] a los 16 de enero de 1716. Que lo demás, cumplimiento a los dos sitios lo tiene en litigio con los naturales del pueblo de Santiago Guatusco [Huatusco], y así lo declaran en esta escritura, y ganado el pleito le han de vender la parte que falta al dicho comprador. Por lo cual, al presente venden los sitios y 2 caballerías de tierra al Capitán José de Carvajal con los linderos contenidos en dicha merced y de las medidas hechas el día 17 del corriente, con todas sus entradas y salidas, uso y costumbres, derechos y servidumbres, pastos, montes y todos lo que le pertenece, por precio de 1 237 pesos de oro común. Y José de Carvajal se obliga, a que si los albaceas y herederos del Capitán Gaspar Carlos vencieren el pleito que tienen con los hijos de Santiago Guatusco [Huatusco], a comprarles el pedazo de tierra cumplimiento a los dos sitios que contiene la merced que le tienen entregada, “que es a la carta” en esta hacienda de hacer azúcar nombrada La Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, jurisdicción de la villa de Córdoba.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa por Su Majestad y Teniente de Capitán General en ella, el Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de Primero Voto de esta villa por Su Majestad, Jueces Comisarios nombrados por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador General de esta Nueva España y Presidente de la Real Audiencia, y en virtud de su mandamiento con fecha en la ciudad de México a 22 de febrero del presente año, refrendado de don José de la Cerda, su Secretario, por el cual se les concede facultad para reconocer las tierras que gozan por propias el muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, y saber lo que han pagado, deben pagar y deben sus arrendatarios y hacerle escritura de ellos con las solemnidades debidas para su seguridad como consta en dicho mandamiento. Facultad que usan para dar en arrendamiento al Licenciado don Salvador Martínez de Abrea, Presbítero, vecino de esta villa, 2 caballerías y un cuarto de tierra con más seis solares, que por el oriente linda con Matías Álvarez, por el occidente con el Alférez Nicolás Rodríguez, por el norte con el camino que sale de esta villa para los barbechos y por el sur con el camino viejo de los carros que va de esta villa. Tierras que fueron medidas por don Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el superior gobierno de esta Nueva España, y las arriendan por tiempo de nueve años, que empezaron a correr y contarse desde primero de marzo pasado del presente año, por precio 29 pesos anuales y se obligan a que será cierto y seguro, y no le serán quitadas pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar por el mismo tiempo y precio.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitándon Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder general a don Luis José Chacón, vecino de la ciudad de México, para que en nombre y en representación de su persona lo obligue como fiador de don Lorenzo de la Torre, del Orden de Calatrava, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, Factor, Veedor, Juez Oficial Real de la Real Hacienda de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, a que guardará carcelería el susodicho en las casas de su morada como está mandado por despacho del Excelentísimo Marqués de Valero, Virrey de esta Nueva España, y que seguirá su viaje en primeras banderas a los reinos de Castilla. En razón de lo antes referido, otorgará escritura de fianza que le fuere pedida obligándolo a que como carcelero comentariense, lo entregará cada cuando se le pida con las cláusulas, firmezas y circunstancias que convengan, quedando comprendido que para lo anexo y concerniente se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Miguel [roto], vecino de esta villa, dijo que se le remataron dos negros, el uno nombrado Marcos y el otro Diego, esclavos del Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, en [400] pesos para aplicarlos en los 500 pesos en que fue multado el capitán por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España. Y ahora, por la presente declara que dichos esclavos los sacó para doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, mujer de don Lorenzo de la Torre, de la Orden de Calatrava, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, Factor, Veedor y Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, por haberlos comprado con su dinero.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán Juan José Fernández, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec] y residente en esta villa de Córdoba, otorga que vende al Regidor don Francisco de Aguilar, vecino de esta villa, una hacienda de trapiche de beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Limpia Concepción, en jurisdicción del pueblo de San Antonio Guatuso [Huatusco], fundada en un sitio de ganado menor que obtuvo por merced que le hizo el Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey que fue de esta Nueva España; dicho sitio está en términos de dicho pueblo, en el camino real que va para la Nueva ciudad de la Veracruz, en un arroyuelo de agua que llaman Soquial, y linda con otros tres arroyuelos de agua que corren de norte a sur, uno nombrado Tlacoxolapa, con una puentecilla de madera, y los otros tres que se expresan en dicha merced. La vende con todas sus entradas y salidas, usos y costumbres, aguas, pastos, abrevaderos y todo lo que le pertenece, con todos los bienes y aperos que se compone, los cuales se detallan en esta escritura, en precio de 6 107 pesos y 6 reales; de los cuales 1 000 pesos se los ha de pagar dentro de un año y los 5 107 pesos y 6 reales se han de quedar cargados a censo principal sobre dicha hacienda de trapiche a favor del vendedor.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que habrá tiempo de dos meses que de su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Joseph [José] hizo ausencia Miguel Solano, su esclavo, el cual al presente se halla “efugiado en el pueblo de Orizaba de Alejandro Pérez, y aunque hay solicitud para interpositar persona, el conducirlo a su poder no lo ha podido hacer, despojándole violentamente de su valor, dando pretexto de que lo quiere libertar por 50 pesos”. Por tanto, en aquella vía y forma, otorga que da su poder especial al Capitán don Diego López de Luna, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre parezca ante el Excelentísimo Duque de Alburquerque, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, y pida se sirva dicho excelentísimo de librar su mandamiento cometido a cualquiera de los alcaldes ordinarios de esta villa, para que pasen al dicho pueblo de Orizaba y saquen de poder del dicho Alejandro Pérez o de la persona o personas en cuyo poder pararen el dicho negro Miguel Solano, con más los jornales de los dos meses que lo tiene en su poder; haciendo para ello los pedimentos, memoriales, suplicas que convengan, presentando papeles, informaciones y otros recaudos, sacando y ganando cualquier mandamiento y real provisión que le remita por duplicado, de manera que por falta de poder u otra alguna circunstancia no deje de hacer todo cuanto se ofrezca, porque debajo de esta generalidad deja comprendida cualquiera especialidad.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODoña Margarita Jaimes Alfonso, viuda del Capitán don Diego Dávila Barrientos, don Antonio de Ugalde de Aróstigui, marido legítimo de doña Isabel Dávila Barrientos, una de las hijas y herederas del dicho Capitán Diego Dávila y de la citada Margarita Jaimes, y los tres de mancomún acuerdo dijeron que el citado difunto ganó mandamiento del Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey, Gobernador y Capitán General que fue de este reino, el 17 de septiembre de 1696, para que en su virtud se le hiciese merced de un sitio de tierra para ganado mayor, a la linde de un trapiche que tuvo en jurisdicción de la Antigua Veracruz. Asimismo, dijeron que al presente don Juan Dávila Barrientos, hijo de Margarita y hermano de Isabel, como uno de los herederos del citado difunto, por lo que le toca, pretende conseguir dicha merced para el uso de dichas tierras y en su efecto les pidió su beneplácito; quienes a su vez le informaron que no tenían intención de cultivar ni poblar dichas tierras. Por tanto, en aquella vía y forma, otorgan que dan su poder y es necesario al citado Juan Dávila Barrientos para que se presente ante el Excelentísimo Señor, Oidores de su Real Audiencia de esta Nueva España, y pida se sirva de hacerle merced de las tierras [que se citan] en dicho mandamiento, mandándole despachos, título real, para que pueda tomar posesión.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO