Don Felipe Montes, residente en el pueblo de Jalapa, Maestre de Plata del Navío Capitana, otorga poder especial a don Mariano Francisco Malancó, vecino de este pueblo, para que en virtud del nombramiento que le han concedido, comparezca en el puerto de Veracruz, donde presente en la Contaduría las Fianzas y Seguros que se requieran, proceda a abrir el registro del citado navío, y reciba en su conformidad los caudales y frutos que en esta ocasión se hallan de embarcar y transportar a Europa y de lo que reciba otorgue las pólizas y conocimientos acostumbrados.
VERACRUZ, PUERTO DE
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Don Manuel de Boza y don Juan de Bárcena, albaceas testamentarios del difunto don Bartolomé Salvo, junto con doña Petra Antonia Bonilla y don Carlos José Garzón, albaceas de don Dionisio José Salvo, otorgan poder especial a don José de Lara, para que cobre a don Bernardo Nicolás de Lemos, vecino del puerto de Veracruz, las cantidades de 1, 905 pesos 1 y medio reales, y 3, 034 pesos 3 reales, los cuales quedó a deber a don Dionisio José Salvo, quien como su fiador los pagó a don Gregorio de Ochoa.
Don Francisco Javier Yáñez Remusgo de Vera y doña Mariana de Campo, su mujer, vecinos del pueblo de Jalapa, deben y se obligan a pagar a los albaceas y herederos de don Juan Cordero, 213 pesos escudos mexicanos, para cuando llegue la primera flota al Puerto de Veracruz, haya o no feria en este pueblo de Jalapa.
Don Alonso Cano, vecino de España y residente en este pueblo, apoderado de don Juan Fragella, recibió de don Jorge Vaca, quien se encargó de cobrar en el Puerto de Veracruz a Nicolás Jorge y Jorge Gray 725 pesos, por lo que entrega recibo a favor de don Jorge Vaca.
Juana Gertrudis de Sandria, mujer legítima de Juan Esteban del Valle, vecinos de este pueblo de Jalapa, con licencia expresa y consentimiento de su marido, otorga poder especial a Gaspar de los Reyes de Sandria, su hermano, residente en el puerto de Veracruz, para que otorgue escritura y carta de libertad, a Ana Luciana, negra su esclava, por el precio y cantidad que se asiente.
El Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros esclavos en las Indias, testimonios e instrumentos que comprueban su nombramiento, fueron presentados para el otorgamiento de esta acta. Dijo que por cuanto entre los esclavos negros que trajo a esta villa hay una esclava muleca, calimbada con una CR en el brazo izquierdo, que es de los conducidos al puerto de la ciudad de la Veracruz, la cual está enferma de diferentes achaques, especialmente, padeciendo demencia, y aunque se le han hecho diferentes medicamentos no ha podido conseguir por entero sanidad. Y respecto de tener muchos meses que la tiene curando en su casa Josefa Pérez, mujer legítima de Francisco Fernández de la Fuente, vecinos de esta villa, además, de que la susodicha Josefa les ha asistido al otorgante y a la gente de su familia en todo lo necesario de la casa de su morada. Por cuya razón y por hacerles a los susodichos alguna remuneración de lo referido, otorga que hace gracia y donación a Antonia Rosa Fernández, vecina de esta villa, hija legítima de Francisco Fernández de la Fuente y de Josefa Pérez, de la dicha muleca, que se haya ya bautizada con el nombre de María Teresa.
Sem títuloEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende realmente y con efecto al Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Aguacil Mayor de esta villa, dos negros de dicho armazón de su cargo, calimbados con una CR en el brazo izquierdo que son de los conducidos para dicho asiento al puerto y ciudad de la Veracruz, los vende por esclavos cautivos, sujetos a servidumbre y por libres de empeño, enajenación, en precio de 660 pesos de oro común y declara haberlos recibido en reales de contado.
Sem títuloEl Capitán Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa, y residente en el trapiche que posee en esta jurisdicción, como albacea del Capitán Nicolás Blanco, difunto, dijo que por cuanto el referido Nicolás Blanco vendió al Capitán Francisco de Hebia [Hevia], vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, una casa y que se le adjudicó por bienes de Gonzalo de Ugarte, en cantidad de 3 337 pesos, que el susodicho le debía a dicho Nicolás. Y atento a que la venta que así le hizo a dicho Capitán Francisco de Hebia [Hevia] salió incierta, por ser dicha casa de un menor a quien se le adjudicó, desposeyendo al referido y de resto de ella quedó debiendo el dicho capitán a dicho difunto 2 742 pesos. Y por tal razón, el otorgante señala que canceló dicha escritura, y respecto a restársele debiendo por lo [roto] dicho difunto 1 690 pesos de oro común, [roto] albacea de dicho Capitán Nicolás, se obliga de dar y pagar al dicho Capitán [Francisco de Hevia] o a quien en su poder hubiere [roto] los 300 de ellos, para el día 25 de diciembre del presente año, y los 390 pesos para el despacho de la primera flota que viniere a las Indias, luego que se haga a la vela la vuelta de ella del puerto de Veracruz a España; y los 1 000 pesos en un año, que ha de correr y contarse desde el día de las partida de la flota en adelante. A cuyo cumplimiento obliga los bienes del dicho difunto, su persona y los bienes habidos y por haber.
Sem títuloDiego Márquez Berniz, vecino del pueblo de Cuezala [Coetzala], jurisdicción de la Nueva Veracruz, se obliga a pagar al Capitán Nicolás Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, 100 pesos de oro común que por hacerle amistad y buena obra le prestó en reales. Cantidad que pagará para el despacho de la flota que este presente año llegará de los Reinos de Castilla al puerto de la Nueva ciudad de la Veracruz.
Sem títuloEl Sargento Juan Joseph [José] Hernández, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], dijo que el Excelentísimo Señor Conde de Paredes, Virrey de esta Nueva España, por mandamiento de 15 de junio de este presente año, se sirvió mandar que el señor Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente General de esta villa de Córdoba y partido de San Antonio Guatuzco [Huatusco], aderezara a su costa los puentes que están en la punta que llaman de Guatusco [Huatusco], del camino nuevo que va de esta villa a la ciudad de la Nueva Veracruz, e hiciera en él ventas por las que pudiera cobrar, por tiempo de un año, un real a cada persona que por dichos puntos pase a caballo y otro real por cada mula cargada. Y en vista de que el señor alcalde tiene aderezados a su costa los puentes y está construyendo la venta entre ellos, tienen convenido ambos en que han de correr dichas puentes y venta por cuenta del otorgante, desde hoy día hasta dos meses después de que haya salido del puerto de la Veracruz, para los Reinos de Castilla, la flota que este año se espera, con el fin de que pueda aprovechar dicho tiempo [roto]. Por lo tanto, se obliga a pagar al alcalde 700 pesos de oro común por concepto de arrendamiento de la venta y estipendios de los puentes, incluidos 150 pesos que tiene entregados a cuenta, con la condición de que al no venir la flota este año, dicha renta ha de ser tan solamente por 350 pesos por la misma temporada, y obligarse el alcalde a hacer él la dicha venta, en que ha de haber un jacal de 12 brasas de largo, dos de 6 brasas, una cocina, horno de pan y otro jacal para caballeriza.
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