Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad, dijo que como arrendatario principal de las fincas pertenecientes al mayorazgo que se titulaba de la Higuera, de la propiedad del general don José María Cervantes, entre los cuales se comprende la venta de Plan del Río con sus terrenos, y por la facultad que se le concedió para poder sub arrendarlas, dio en subarrendamiento dicha venta y terrenos a don José María Suárez por el término de cinco años, contados desde el 12 de marzo de 1831 y habiendo formalizado este contrato el 22 de abril siguiente. Asimismo, dijo que hubo prorroga de dicho subarrendamiento por otros cuatro años bajo las mismas condiciones que aparecen en dicha escritura de 22 de abril y bajo nueva escritura con fecha de 14 de enero de 1836. Y habiendo muerto Suárez el 2 de junio de 1836, su viuda, doña Piedad Due, le solicitó al compareciente le ratificase la escritura del 14 de enero del mismo año, bajo los mismos términos estipulados en la primera escritura del 22 de abril de 1831, a cuya solicitud accedió, otorgando Fernández la escritura de ratificación del 6 de agosto de 1836, en la que se constituyó fiador don Juan Nogueira. Y habiendo manifestado doña Piedad Due no ser posible a Nogueira continuar en la fianza, ha ofrecido la de don Bernardo Sayago, de esta vecindad y comercio, siendo aceptado por Fernández; por lo cual, Sayago otorga que desde este día en adelante se constituye fiador de doña Piedad Due en dicho subarrendamiento.
Zonder titelVENTA DE PLAN DEL RÍO
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Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad, dijo que como arrendatario principal de las fincas pertenecientes al mayorazgo titulado de la Higuera, propias del señor general don José María Cervantes, entre las cuales se comprehende la venta del Plan del Río con sus terrenos, y estando facultado para subarrendar, le subarrendó dicha venta y terreno a don José María Suárez, por el tiempo de cinco años, según escritura de 1831 y de acuerdo a lo estipulado se cumplió el tiempo prefijado el 12 de marzo de este año. Que, en 14 de enero del presente, se formalizó otra escritura, por la cual se prorrogó el indicado subarriendo por otros cuatros años, bajo las mismas condiciones y fianzas; pero que habiendo fallecido el enunciado don José María Suárez en 2 de junio, ha pretendido su viuda doña Piedad Due se rectifique la escritura celebrada en lo que se refiere al fiador, pues en lugar de don Juan Francisco de Bárcena lo será ahora don Juan Nogueira. Y a virtud de cuanto queda relacionado, el señor don Francisco Fernández por sí y el señor Nogueira por doña Piedad Due, otorgan que ratifican la escritura de 14 de enero del presente año en cuanto a la ampliación o nuevo subarriendo de la venta del Plan del Río por cuatro años, entendiéndose que dicho subarriendo es ahora para doña Piedad Due en lugar de su marido don José María Suárez, difunto. Y el repetido don Juan Nogueira por sí solo, bien enterado de todo, otorga que se constituye fiador de doña Piedad Due, en tal manera que si esta faltare a los pagos lo verificará el comparente como tal fiador.
Zonder titelDon Juan Esteban de Elías, de esta vecindad y comercio, arrendatario que es de las tierras pertenecientes al Mayorazgo de la Higuera El señor Conde Santiago, otorga que da en subarrendamiento a favor de don Juan Ferra, de esta misma vecindad, la venta del Plan del Río con la tienda que hay en ella, casa, posta, cocina y sus correspondientes tierras desde Cerro Gordo hasta el paraje nombrado Calera, con todos sus ranchos y arrendatarios de todas clases a excepción del paraje nombrado el Palmar, por ser potreros de las yeguas, bajo los términos y condiciones que se mencionan en la escritura. El arrendamiento lo hace por el término de 9 años en 3 300 pesos anuales, y para seguridad del principal, ofrece por su fiador a don José Antonio Domínguez.\t