Antonio Díaz Parraga, vecino de este pueblo de Jalapa, con poder de don Fernando José Gómez de Cervantes, tiene tratado con don Domingo Díaz Mier, vecino de este pueblo, arrendarle la Venta de Plan del Río con sus tierras, las cuales abarcan desde el Cerro Gordo hasta los ríos Atezca y La Venta, por el tiempo de 5 años, en la cantidad de 50 pesos a pagar en cada año.
VENTA DE PLAN DEL RÍO
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Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad y comercio, y don José María Suárez, residente en el Plan del Río, dijeron que el primero tiene en arrendamiento las fincas del mayorazgo titulado de La Higuera, propias del señor General don José María Cervantes, entre las que se comprende la venta del Plan del Río con sus terrenos; y que estando facultado dicho señor Fernández para poder subarrendar, tiene celebrado subarriendo con don José María Suárez de la relacionada venta con todas las tierras que comprende, caseríos, montes y cuanto le pertenece, bajo las condiciones siguientes: 1.ª el arrendamiento será de cinco años, que inician desde el 12 de marzo pasado del presente año y finalizará en igual día del año de 1836, de los otros cuatro años que puede disponer Fernández para subarrendar, lo pactarán de nuevo si sé acomodare a Suárez, quien tendrá preferencia para elegir. 2.ª el subarrendatario pagará la merced anual de 1 500 pesos, en el primer año lo deberá enterar semestralmente, y en los otros cuatro años los hará cada cuatro meses en reales efectivos que situará de su cuenta en esta ciudad. 3.ª a Suárez no se le abonará corto alguno por hallarse las casas en buen estado, pero sí queda obligado a mantenerlas o conservarlas con los reparos oportunos a fin de que no se deterioren. 4.ª concluido el subarriendo de los cinco años, Fernández tomará a Suárez algunas existencias que incluye la negociación hasta por el importe de 3 000 pesos, y si el subarriendo siguiente abarcara hasta los nueve años, no queda obligado Fernández a tomarle cosa alguna, pero Suárez tiene obligación, en el primer caso, de avisar seis meses antes de que se cumplan los cinco años. 5.ª Suárez no deberá extraer madera ni permitirá que otros lo hagan, pues sólo se le permitirá tomar la leña para el gasto y uso domésticos. 6.ª Suárez no podrá fabricar trapiche ni sembrar caña, en caso contrario, quedará a beneficio del propietario y no podrá reclamar costo alguno. 7.ª Suárez no permitirá que en el camino nacional se construyan ranchos que ocupen el terreno, para evitar que luego se lo quieran apropiar. 8.ª Suárez cuidará que los colindantes no se introduzcan en las tierras que comprenden el subarriendo, según a como las ha tenido éste desde que las subarrendó en años anteriores a don Bernabé de Elías Vallejo. 9.ª Suárez garantizará el pronto pago del arrendamiento y el cumplimiento de esta escritura con don Juan Francisco de Bárcena. Los participantes en esta escritura se obligan a cumplir las calidades y condiciones que se mencionan en este arrendamiento, señalando Fernández que no incrementará el precio ni removerá de la finca a don José María Suárez, pena de darle otra en las mismas condiciones, y don Juan Francisco de Bárcena, aceptó que sale fiador pagador de Suárez.
Sem títuloPor parte de don Juan Nogueira se ha exhibido un poder que dice haber sido otorgado por doña Piedad Due ante el Justicia del Plan del Río, pidiendo su protocolización y que se le ministre la respectiva copia, y asegurando al mismo tiempo la certeza de dicho otorgamiento, la cual garantiza el propio señor Nogueira; en cuya virtud, incorpora a este registro el expresado documento.
Sem títuloDon José María Suárez, vecino del Plan del Río y presente en esta ciudad, dijo que por escritura otorgada el presente día, ha tomado en arrendamiento la venta del Plan del Río, con fianza de don Juan Francisco de Bárcena, de este comercio, quien aceptó con la condición de que el comparente le otorgase escritura de indemnidad, razón por la cual, Suárez otorga que se obliga a reintegrarle a Bárcena, cualesquier suma que llegase a lastar por la mencionada fianza y para seguridad del pago, hace hipoteca de un rancho de 200 cabezas de ganado que tiene en tierras de Plan y los llenos de la tienda que disfruta por suya allí mismo, señalando que cumplirá mientras no se cancele la presente escritura, pena de que el trato enajenatorio a que procediere no valga y de que pueda la parte de Bárcena reclamarlo de cualesquier poseedor y verificar venta de todo ello para reintegrarle pago con su producido.
Sem títuloEl Capitán don Antonio Vázquez, Arrendatario de las tierras del mayorazgo llamadas de la Higuera y vecino del pueblo de Jalapa, otorga en arrendamiento la Venta de Plan del Río, su potrerillo y el acahual que esta enfrente de dicha venta, a don Bartolomé de la Riva, vecino de la venta de San Francisco, jurisdicción de la Antigua Veracruz y residente en este pueblo, por tiempo de 7 años, pagando anualmente 100 pesos de oro común, y ofreciendo por fiador a don Pedro Vélez, de esta vecindad.
Don Luis Antonio Ortiz de Zárate, vecino del pueblo de Jalapa, arrendatario de los 2 Mayorazgos de don José Leonel Gómez de Cervantes y la Higuera, que se compone de las haciendas de ganado mayor Santa Fe Moreno y Buenavista, ubicada en la jurisdicción de la Antigua y la Nueva Veracruz, y la segunda del ingenio El Grande y El Chico, el cual comienza en esta jurisdicción de Jalapa y llega hasta el de La Antigua Veracruz, con sus haciendas de Cempoala y la de Trasquila, nombrada La Higuera, ubicada en la jurisdicción de San Salvador El Seco, de la provincia de Tepeaca, las cuales ha arrendado por el tiempo de 9 años. Así también da en subarrendamiento la venta de Plan del Río a don Bartolomé de la Riva, vecino de la venta de Rinconada, por el tiempo de 5 años, con una paga de 100 pesos en cada año.
Andrés Moreira, mercader de negros, vende a María Núñez, dueña de la Venta [Plan] del Río, un esclavo negro llamado Francisco, de nación Angola, bozal, por el precio de 460 pesos de oro común.
Melchor de la Bazares, vecino de la provincia de Jalapa, vende a María Núñez, mujer legítima de Vicente Rodríguez, la venta que llaman [Plan] del Río, con sus casas y descargaderos, por el precio de 400 pesos de oro común.
El capitán Jorge Veneciano, mercader de negros, estante en Jalapa, vende a María Núñez, de color mulata, libre, vecina de la Venta del Río, una negra llamada Isabel, de nación Angola, de 25 años de edad, y un muchacho llamado Domingo, su hijo, de color mulato, esclavos ladinos, por el precio de 550 pesos de oro común.
María Núñez, viuda de Vicente Rodríguez, residente en la Venta del Río, mulata libre, se obligó a pagar al capitán Jorge Veneciano, mercader de negros, 550 pesos de oro común, precio de una negra y de un hijo suyo nombrado Domingo, de color mulato, en esta manera: 150 pesos para dentro de cuatro meses y los 400 restantes de allí en otros cuatro meses, todos juntos en una paga.