Catalina Ruiz, viuda de Francisco del Moral, vecino de Jalapa, renuncia y traspasa el derecho y acción de seis esclavos negros que compró a Diego de Albuquerque, el 17 de junio de 1608, en favor de su padre Juan López Ruiz, por ser él quien realmente pagó el importe de los esclavos.
TRASPASOS
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Francisco de Thormes, vecino del pueblo de Jalapa, obligado de las carnicerías de esta jurisdicción, dijo que por hallarse sin ganado para el abasto de las carnicerías y encontrarse con ellos el Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, de la Orden de Santiago, de la misma vecindad, de su buena voluntad le cede y traspasa las carnicerías y su abasto por tiempo de un año que se cuenta desde el día de la fecha de esta escritura con las mismas calidades, condiciones y circunstancias con que se le remataron a él.
El Alférez Don Sebastián Ruiz Fernández, Don Francisco Ruiz Fernández, dijeron que su madre Doña Isabel de Medina y Landa, vecinos todos de Jalacingo, tiene la intención de fundar una capellanía de misas de 3000 pesos de principal, sobre el trapiche nombrado San Juan, ubicado en términos de Tlapacoya, para que ha título de ella, se ordenen de todas órdenes el Bachiller Don Antonio Ruiz Fernández, hermano de los otorgantes, y no la pueda fundar si no es en el quinto de sus bienes, y éste no alcanza, y para que las almas de su padre y demás difuntos tengan este beneficio, y su hermano se pueda ordenar; por lo tanto, renuncian, traspasan y transfieren a su madre, los derechos que como hijos tienen a los bienes de Doña Isabel de Medina y Landa, para que pueda fundar la dicha capellanía.
Don Nicolás de Guevara, don Jacinto Meléndez, Bartolomé Zurita, y don Francisco Antonio Domínguez Muñiz, vecinos del pueblo de Naolinco, han celebrado ajuste con los apoderados de la vecindad de este pueblo de Naolinco, para que les cedan y traspasen las Reales Alcabalas, en la Doctrina de Naolinco, los Cantiles de Chiltoyac hasta los Otates, por el norte hasta Yecuatla y Juchique, las que causare en su casa y en dicho distrito Ventura de Acosta y los que reparta Marcos de Acosta, obligándose a pagar la cantidad de 300 pesos en reales, durante 5 años que durará dicho traspaso, y acatando las condiciones que les impongan.
Pedro Montiel, en nombre y con poder de Pedro Felipe Montiel, su padre, y Francisca Montiel, como albacea y heredera de Juan Miguel de Valencia, su hijo difunto, informan que se transfieren unas casas ubicadas en este pueblo, obligándose a cumplir con lo que se inscriba en las escrituras de esta transacción.
Pedro García de Mesa [Meza], vecino de esta villa de Córdoba, dijo que Isidro de Zetina [Cetina] [roto] le arrendó por seis años un rancho [en esta jurisdicción] al pago de la Peñuela [roto], cuyo rancho por la presente cede y traspasa a Juan Abad, vecino de esta villa, a partir del primero de septiembre, con cargo y calidad de que ha de pagar al otorgante por fin de ocho meses la renta que les corresponde a razón de 60 pesos anuales, para que el otorgante los pague al dicho Isidro de Zetina [Cetina], con lo de los otros cuatro meses corridos que al otorgante le toca pagar, y cumplidos los ocho meses de ahí en un año le ha de pagar 60 pesos y cumplido éste le ha de pagar otros 60 pesos. El traspaso es de dos años y ocho meses.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REALJuan Riaño, vecino de esta villa de Córdoba, declara que compró al Capitán Juan de la Carra, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, un negro bozal, sin bautizar, cataluango [sic] de edad de ocho años, marca de fuego en un brazo, por precio de 200 pesos de oro común. Asimismo, declara que dicho esclavo lo compró para doña María de la Parra y Oliveros, vecina de la ciudad de los Ángeles, por lo cual todo el derecho que ha adquirido por la compra, lo renuncia y traspasa a la citada María de la Parra.
PEDRO LÓPEZ DEL CANO, JUEZ RECEPTORDon Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que el 8 de julio de 1707 otorgó escritura de imposición de censo de 1 000 pesos de principal a favor de la Madre Catalina de San Miguel, Religiosa Profesa de Velo y Coro del convento de Santa Clara de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, una de las hijas del Regidor don José Gómez Dávila, difunto, sobre una casa de madera en solar de 37 varas frente y 25 de fondo, misma que ha ido en disminución por sus cortedades; razón por la cual, cede y traspasa los 1 000 pesos en la hacienda de hacer azúcar nombrada Santa Theresa [Teresa], para que desde hoy día de la fecha y hasta que se redima estén sobre ella seguros. Cantidad que tiene recibida y transfiere en la monja, y en el ínterin que no los redimiere se obliga a pagar sus réditos a razón de 5 por ciento anuales, sin pleito alguno pena de la cobranza, con las calidades y condiciones siguientes: en caso de que sus herederos y sucesores vendieren o dividieren entre ellos la hacienda, ha de ser con el cargo de los 1 000 pesos de este censo y en caso de que sea por venta, se obliga y obliga a sus acreedores y a sus sucesores a que se le notificará a la madre monja. Es condición que la hacienda sea vendida a persona lega, llana y abonada de quien se pueda cobrar su principal y réditos, y no a persona de las prohibidas por derecho, ya que pretende tenerla siempre aumentada y que nunca tenga disminución, para cuyo cumplimiento obliga su persona y bienes habidos y por haber.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa, como hermano y apoderado de don Gaspar Carlos de Rivadeneira, otorga que renuncia y traspasa a Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor perpetuo de esta villa de Córdoba, 2 500 pesos de censo principal impuestos y cargados sobre la hacienda del beneficio de hacer azúcar del Capitán don Francisco Cruzado, cuyo traspaso hace en pago de la cantidad de 2 333 pesos 3 tomines que su hermano debía a Gregorio Martínez por cierta venta de tierras en esta jurisdicción, en las cuales está fundado un trapiche de hacer azúcar nombrado Tegueguecoyot [sic], la cual no tuvo efecto por estar la propiedad de dichas tierras en litigio con el Cabildo de la villa de Córdoba, y para evitar el remate de los bienes de don Gaspar Carlos y gastos del litigio acordaron este traspaso.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán Juan de Alfaro, residente en esta villa de Córdoba, dijo que el Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecino labrador que fue [San Andrés] de Chalchicomula, Provincia de Tepeaca, vendió a Francisco de Barrios, vecino de esta dicha villa, 10 caballerías de tierras, en los asientos de Tlacomulco debajo de los linderos en que entran llanos, montes, lomas y cerros, por la cantidad de 1 250 pesos de oro común y en los términos que expresan en dicha escritura de venta y de obligación. Asimismo, dijo que al fallecer Pedro de Trujillo, éste se hallaba con poder general de doña Josefa de Atienza Palacios, de modo que antes de morir sustituyó dicho poder en el otorgante, siendo ratificado por doña Josefa de Atienza Palacios. De tal modo, que el otorgante haciendo uso de dicho poder, recibe la petición de Francisco de Barrios de vender y traspasar las 10 caballerías de tierras a persona segura, como lo tiene ajustado con el Capitán Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa, por la razón de que se encuentra atrasado y sin poder dar cumplimiento a la paga por hallarse en notoria pobreza, y el otorgante mirando a la mayor seguridad de la cobranza aprueba dicho traspaso de venta.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO