Don Francisco de Mendoza, Gobernador del pueblo de Tlacolula; Miguel Rodríguez, Esteban García, Alcaldes; Pedro Durán y Pablo Sánchez, Regidores; y Francisco García, Escribano, dijeron mediante intérprete que en cumplimiento de lo mandado para que en todos los pueblos haya escuela, se obligan a pagar a Francisco de Buendía, residente en esta jurisdicción, durante 3 años que han de correr desde el 1 de mayo, 108 pesos por año, más 12 fanegas de maíz, agua y leña, que le muelan las tortillas, un huevo por muchacho cada semana con cargo y calidad de enseñar la lengua castellana, a leer y escribir a los muchachos desde los 5 años hasta que se casen y a las muchachas hasta los 10 años.
TLACOLULAN, PUEBLO DE
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MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0208
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Unidad documental simple
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26/02/1726
Parte de Archivo Notarial de Xalapa
MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0295
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Unidad documental simple
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03/03/1717
Parte de Archivo Notarial de Xalapa
Don Sebastián Hernández, Gobernador, don Domingo Rodríguez y Joaquín de la Cruz, Alcaldes, Esteban García y Diego Hernández, Regidores, Agustín de la Cruz, Escribano, en voz y en nombre de los naturales del pueblo de Tlacolulan, por medio de Andrés Pérez, intérprete, dijeron que en cumplimiento de Real Cédula que dispone la fundación de escuelas con maestros que enseñen a los indios la lengua castellana, aprendan en ella la doctrina cristiana, a leer y escribir, se obligan a pagar a Pedro Sánchez Lobato, para que asista en el ministerio por el tiempo de cuatro años con un pago de 108 pesos, 12 fanegas de maíz, agua, leña que fuere menester y dos huevos que ha de dar cada muchacho por semana.