Juan de Alfaro, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que el Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, difunto, vecino y labrador que fue del pueblo de San Andrés Chalchicomula, provincia de Tepeaca, se hallaba con poder general de doña Josefa de Atienza Palacios, su mujer y su albacea testamentaria, tenedora de bienes y curadora ad bona de sus menores hijos; cuyo poder el Alférez Trujillo lo sustituyó en el otorgante, siendo revalidado y ratificado por doña Josefa de Atienza, en la hacienda de labor nombrada La Candelaria, doctrina del pueblo de San Andrés Chalchicomula, el 2 de noviembre de 1699, ante Fernando Gutiérrez Soltero, Escribano Público. Y en virtud de dicho poder, otorga que vende al Gobernador, Alcaldes y naturales del pueblo de San Pedro Ysjuatlan [Ixhuatlán], 3 sitios y 2 caballerías de tierras de ganado menor, el primero nombrado Cicapa, el segundo Cerro Montuoso, y el tercero nombrado Temilititeani, que son los mismos nombrados en Real Provisión que recayó por derecho legítimamente en su parte y con toda claridad como consta de los testimonios, mercedes reales, donaciones, ventas, traspasos y posesiones de dichos sitios que se mencionan en esta acta; con sus entregadas y salidas, usos y costumbres, libres de empeño, deuda, enajenación, e hipoteca, por la cantidad de 1 200 pesos de oro común reales de contado.
Zonder titelTIERRAS
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Escritura de venta hecha por Luis de Arévalo en virtud de poder de don Gaspar Carlos de Rivadeneira a favor del Bachiller Juan González Vello [Bello] de 13 caballerías de tierra. La venta se hizo en 2 500 pesos, de los cuales 500 fueron pagados y los 2 000 pesos restantes quedaron impuestos y cargados a censo principal.
Balthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor Perpetuo y Depositario General de esta villa, y Procurador Mayor nombrado por los Señores Justicia y Regimiento de ella, usando de la facultad que tiene, otorga que da en arrendamiento a Juan de Piña, vecino de esta dicha villa, 2 caballerías de tierra que son y han de correr de norte a sur, a la linde de las que el susodicho posee, desde el río que llaman del Ojo del Agua corriendo el largo de ellas para el sur, continuadas por propios de dicha villa. El arrendamiento es por tiempo y espacio de nueve años y precio en cada uno de 25 pesos de oro común.
Zonder titelBaltazar González de Velilla Blanco, Regidor Perpetuo y Depositario General de esta villa de Córdoba, su Procurador Mayor nombrado por los Señores Justicia y Regimiento de ella con facultad de seguir sus negocios, dar cartas de pago, cobranzas, arrendar sus proprios y tierras que le pertenecen en el distrito de esta jurisdicción; otorga en arrendamiento a Diego de la Cruz, vecino de esta villa, 2 caballerías de tierra de dichos propios [roto] de la otra banda del río Seco inmediatas a las que tiene arrendadas [roto] Peralta en esta jurisdicción por la parte de arriba; y por [roto] hasta una ceiba grande que está en el camino que va a [roto] Joseph [José] de Segura [y Ceballos]; y por la parte del norte lindan con otra [roto]; y por el sur con la misma dicha barranca [roto]. Por tiempo y espacio [roto] y por precio en cada uno de 25 pesos de oro común, que ha de pagar por sus tercios corridos cada cuatro meses. Cuyo arrendamiento se hace bajo las condiciones siguientes: no ha de poder fundar hacienda en dichas tierras más que sembrar en ellas las semillas de su conveniencia y servirse de los pastos y montes; debido a que no se arriendan más que tierras siegas y sin beneficio, aunque las labre el susodicho no por eso ha de poder pedir descuento de lo que hubiere gastado.
Zonder titelGregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil y Regidor Perpetuo de ella por Su Majestad, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, otorga que da en arrendamiento a Miguel de Prado, vecino de esta dicha villa, Profesor de Medicina y Cirugía, 3 caballerías de tierra pertenecientes a los propios de esta villa, en un ojo de agua, lindan por la parte del sur con tierras de los propios que tienen arrendadas don Bernardo de Rojas; por el norte y oriente con la sierra de Matlaquiaguitl [Matlaquiahuitl]. El arrendamiento es por nueve años en precio de 40 pesos cada uno.
Zonder titelSebastián Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que es dueño de sitios de tierra y que tiene entendido se promulgó en esta villa un despacho del Señor Licenciado don Baltazar de Tovar, del Consejo de Su Majestad, su Oidor en la Real Audiencia de la ciudad de México y Juez de la Composición de Tierras, quién manda comparecer a todas las personas que tengan tierras a que presenten los títulos que tengan para reconocer su legitimación; y cumpliendo con dicho mandato, otorga poder al Señor Licenciado don José de Ledesma, Procurador del Número de la dicha Real Audiencia de la ciudad de México, para que en su nombre pueda parecer y comparezca ante dicho señor juez y presente dichos los títulos y por lo consiguiente pida que sean reconocidos como legítimos y se aprueben para gozar de ellos sin ningún embargo ni contradicción.
Zonder titelSimón de Prado, residente en el pueblo de Maltrata, se obliga a pagar a Juan Ramírez Pinedo, residente en dicho pueblo, 500 pesos de oro común, los cuales son por razón de dos caballerías de tierra y un sitio de estancia para ganado menor.\n
Don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Aguacil Mayor del Santo Oficio [roto] de esta Nueva España, otorga que da en arrendamiento al Sargento Bernardo de Reina, español y vecino de esta villa de Córdoba, 2 caballerías de tierra que pertenecen a sus propios [propios de la villa de Córdoba]que están en la parte que llaman el Potrero, que lindan por el norte con tierras de esta villa, que posee Francisco de la Cruz; por el sur con tierras de dicha villa; al oriente con tierras de José de Segura y Ceballos; y por el poniente con el camino Real, que proviene de dicho potrero a dicha villa; por tiempo de nueve años, en precio de 25 pesos cada un año.
Zonder titelDon Pedro Báez, de esta vecindad, vende a favor de don José Francisco González, de esta misma vecindad, un pedazo de tierra de labor en términos de la jurisdicción de esta Villa, en las faldas del monte que nombran Cofre de Perote, con entrada hacia el oriente por donde linda con el río Sordo y terreno nombrado Nacastapalapa, con tierras del difunto Presbítero don Antonio Ortiz de Zárate y las de los naturales de esta Villa; por el norte linda con tierras de Manuel Martínez; al poniente con las de don Diego [Antonio] Llanos de Vergara, que fueron del difunto don Francisco Javier Fernández de Ulloa; y por el sur con otro terreno nombrado Briones y otras que también compró el citado Vergara al mismo don Francisco de Ulloa. Lo vende en precio de 1,700 pesos.
Don Domingo Manuel Cortés, vecino de esta Villa de Xalapa, dijo que puso demanda en contra de Pedro García, vecino de la Barranca de Tenepanoyan, por la renta de la tierra que ocupa perteneciente a los naturales de Tlacolula, misma que se excusó a pagarla pretextando que son realengas, llegándose a la conclusión de que dicho García debía pagar la cantidad demandada por los naturales. Por lo que le notificó a éste que tenía que pagar 76 pesos: 56 pesos de la renta de 7 años a razón de 8 pesos en cada uno, y 10 pesos de costa erogada por lo naturales, y para que se ejecute lo mandado, los naturales ofrecieron por fiador al otorgante, quien señala que si la sentencia de remate y exhibición hecha por García fuese revocada, devolverán los naturales toda la cantidad mencionada.