Don José Mariano Domínguez, de esta vecindad, vende a doña Antonia y doña Juana Montero y a doña Rafaela Ponce, de esta vecindad, un pedazo de tierra, que hace un frente hacia el norte y tiene 18 varas, al poniente que es su fondo 73, al sur que forma una cuchilla 25, y al oriente las mismas 73, que es donde tienen fincada su casa la mencionada doña Antonia, y más hasta la orilla del arroyo primero en donde entra la casa de la segunda y de la referida Ponce. Tierra, que compró al capitán don José María de Goiri, por escritura en 1824, y ahora vende con sus entradas, salidas, usos y costumbre, libre de censo e hipoteca, al precio de 120 pesos, que tiene recibidos de contado.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOTIERRAS
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El ciudadano Juan José Rebolledo, vecino del pueblo de Jico [Xico] en este cantón, de quién le ha dado conocimiento don Manuel Patiño, dijo: que tiene convenio de venderle al ciudadano Juan Suárez, vecino del pueblo de Acatzingo en partido de Tepeaca, estado de Puebla, un pedazo de tierra, situado en el pueblo de su vecindad, paraje nombrado Ozitla, lindando por una parte con el camino de este nombre, por otra con el arroyito de igual título, por otra con el camino que gira a Teocelo, y por otra con unos espinos. Cuyo terreno hubo y compró del señor cura don José Teodoro Couso. Y no pudiéndose formalizar la escritura de venta, por no estar aquí el comprador, ni quién con poder para el efecto acepte la compra; en razón de no estar legalizados los documentos que acreditan la adquisición, ha deliberado formalizar la siguiente promesa; por lo tanto, otorga que promete y se obliga a realizar la escritura de venta de la tierra, tan luego como se le requiera para ello por sujeto que tenga competente poder del nominado Juan Suárez, por cuenta del cual tiene recibidos de mano del señor cura don Idelfonso María Tamariz, los 100 pesos del precio de la venta, sobre que por no parecer de presente esa entrega, renuncia a ley de cosa no entregada y a los cuatro años que se prefinen para la prueba de su recibo; otorgando a favor de Suárez el conducente resguardo y se obliga a no apartarse del pacto convenido, pena de pagarle el precio que ahora recibe y las costas y daños que por la contravención se irrogasen. Finalmente da por celebrada perfectamente la venta.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINOLos ciudadanos Higinio José Tlaxcalteco y José María Maldonado, vecinos del pueblo de Jicochimalco [Xico] y otros cuatro ciudadanos que expresaron llamarse Andrés Juan Ahto, Francisco Colorado, Antonio Mani y Dionisio Ramírez, de los cuales le dieron conocimiento Tlaxcalteco y Maldonado, asegurando ser igualmente vecinos del referido pueblo y mayores de edad. Y todos los relacionados de mancomún dijeron que por sí y en nombre de los demás sembradores, vecinos del repetido pueblo, de que son interesados en el terreno nombrado la otra banda de Jicochimalco [Xico], otorgan que dan su poder a don Tomás Pastoriza para que en representación de dichos interesados promuevan actos conciliatorios en los negocios que se les ofrezcan y especialmente en el asunto que tienen con los ganaderos del expresado pueblo por lo respectivo al citado terreno.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICOComparecieron los ciudadanos José Desiderio Juan, Lucas Jiménez y José María Mendoza, los dos primeros jueces de paz del pueblo de Tlacolulan de este partido, de cuyas personas le dieron conocimiento los ciudadanos Francisco Perea y Francisco Enríquez, de esta ciudad; dijeron que por sí y en nombre de la comunidad que representan revocan el poder otorgado el 26 de agosto de 1836 al licenciado don José María Aparicio y ahora lo confieren a don José María Higueras, de aquella misma vecindad, para que a nombre del común de vecinos del mencionado pueblo de Tlacolulan, gestione en todos los negocios que sobre propiedad de tierras y su división estén pendientes en la actualidad o en lo sucesivo se movieren para la no conformidad de los limites o linderos que se han señalado ya o se fijen en lo sucesivo. Además, para que pueda constatar, transigir y convenir las diferencias que tenga a bien concluir. Así como, para que perciba, demande y cobre todo lo que le estuvieren debiendo. Finalmente, para todos los pleitos, causas y negocios que al presente tiene dicho común o en adelante se le ofreciere.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO NACIONAL PÚBLICO INTERINOLos ciudadanos Bartolo Hernández, Juan Teoba, José Martínez Juan N. Gante, Antonio Pablo García, Jerónimo Timoteo, Mariano Romero, José Manuel Quesada, Mateo Jaramillo y José María Dionisio, los tres primeros diputados del común de indígenas de esta ciudad y todos vecinos de ella y de la misma comunidad; dijeron que el Supremo Gobierno de este departamento para reglamentar el reparto de los terrenos que los indígenas poseen en comunidad, así como, el arrendamiento de los sobrantes y pago de las obvenciones y funciones de iglesia a que están constituidos, previno se nombrase un administrador con aprobación del ayuntamiento. Cuyo encargo recayó en el ciudadano Félix Lucido, quién lo desempeña actualmente, a quien por las posteriores adiciones que tuvo a bien dictar el mismo Supremo Gobierno se le asociaron los citados diputados, y le confirió facultades para que a nombre de dicho común gestionase lo conducente en los tribunales respectivos y como para ello sea necesario extenderlas en el orden establecido. Por el presente otorgan poder general al expresado ciudadano Félix Lucido, de esta misma vecindad, para que en su representación los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales que al presente tengan o en adelante tuvieren, contra cualquier persona, pueblos o corporaciones del estado y dignidad que fueren.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO NACIONAL PÚBLICO INTERINODon José Mariano Rodríguez de San Miguel y el licenciado don Luis Gonzaga Gago, el primero como apoderado general del común de indígenas de Santa María Tlapacoyan del partido de Jalacingo y el segundo del común de razón del mismo pueblo; dijeron que ambos comunes, desde hace muchos años, han tenido continuas diferencias, ocasionadas por los ganados que el común de razón ha introducido en los terrenos de los indígenas, y de aquí han resultado las diferencias, ocasionando trabajos y disgustos al Supremo Gobierno Departamental por las reiteradas quejas que se han elevado por unos y otros haciendo valer sus derechos. Y deseosos que aquellos tengan un término feliz, bien aconsejados de personas de sano juicio, imparcialidad y honradez, han propuesto el mejor medio que pudiera encontrarse para conseguirlo, sin prejuicio en uno y otro común por lo que han formado convenio. Por tanto, los expresados don José Mariano Rodríguez de San Miguel y el licenciado don Luis Gonzaga Gago, otorgan que aprueban y ratifican todas y cada una de las doce cláusulas del convenio, con las dos que sirven de aclaración y se obligan a cumplir respectivamente cada una por lo que les corresponde. Entre dichas cláusulas destacan: Primera, que el instrumento otorgado ante el juez de primera instancia de Jalacingo, fecha 13 de octubre del año pasado, por la que representaban al común de razón de este pueblo a favor del de indígenas del mismo, y sin perjuicio del terreno de Olopiota y Cochota, se lleve adelante la medida de sus tierras y compromiso de la cerca, añadiendo que dicha cerca ha de ser mejor que la de hoy y general hasta Tomata, comenzando al momento de su reposición, para quedar los indígenas en el completo uso y aprovechamiento de sus propiedades. Segunda, que en caso de haber daño por bestias o ganado de cualquier especie en los sembrados de dichos indígenas, será pagado por los dueños respectivos de los animales.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO NACIONALEl presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, socio administrador de la hacienda de Tuzamapa [Tuzamapan] en esta jurisdicción, de la pertenencia del mayorazgo que posee don Joaquín Gorospe, otorga en arrendamiento al Gobernador, República y común de naturales del pueblo de Apazapan, una cañada o cuchilla de terreno, que perteneciente a la citada hacienda, está a la otra banda del río, frente al mismo pueblo, llamada Temascalapa mirando hacia el oriente, por donde linda con río; por el poniente linda con arroyo de cal; por el norte con tierras del mayorazgo y por el opuesto con las que tiene en arrendamiento, perteneciente a la misma finca, don Prudencio Vela. Dicho arrendamiento es por el término que administre la referida hacienda o el demás tiempo que el propietario quiera concederle, por el precio de 4 pesos anuales, en concepto de que es su objeto beneficiar a estos naturales en cuanto le sea posible.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINOCayetano, José Joaquín y Basilio Quiroz, hermanos enteros, con Isidro y Manuel Quiroz, sus sobrinos, todos vecinos de la ranchería de Soncuantla [Zoncuantla] de esta jurisdicción, doctrina del pueblo de Coatepec; otorgan poder especial a José Luis Viveros, vecino de esta villa, para que en su representación saque del poder del actual poseedor del mayorazgo de la Yguera [Higuera] o de otra cualesquiera persona o paraje donde se hallen, las escrituras o títulos de propiedad del mencionado terreno de Zoncuantla que les pertenece y empeñaron sus antepasados, en cantidad de pesos, habrá cosa de siglo y medio a la señora Josefa de la Higuera, poseedora entonces del mayorazgo. A cuyo afecto, haga todas las representaciones, actos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales que convengan. Dicho poder lo confieren sin limitación alguna y con facultad de sustituir.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODon José María de Goiri, de este comercio y vecindad, otorga que vende, cede y traspasa en favor de don Juan Gil Franco, también de esta vecindad, un pedazo de terreno eriazo que tiene en esta villa, en el barrio bajo del Molino, que se compone de 32 varas de frente hacia el norte, en la callejuela que nace a la vuelta de la pila de San Cristóbal, a la espalda de la huerta del convento de San Francisco y sigue hasta el costado del arruinado cuartel de Santiago, y del otro lado, en su segunda cuadra casa de don Mariano Antonio Nava y una plazoleta que forman las bocas de otras dos callejuelas que allí vienen a parar, una que nace en la calle de Santiago y la otra en las gradas del cementerio de San Francisco, por el rumbo del poniente; con 68 varas de fondo, por donde linda con otra callejuela con fin de la Cantarranas y del otro lado huerta u hortaliza del vendedor, por el costado del oriente hace esquina y otro frente en la calle naciente de las gradas del citado cementerio que confina con dicha huerta y del otro lado con terreno de su pertenencia, con quién linda del mismo modo por el costado del poniente. La venta la hace en cantidad de 120 pesos en reales de contado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOEl señor Presbítero don José Francisco Campomanes, Cura Párroco de esta feligresía y Vicario foráneo en su respectivo distrito; y sus hermanos la señora Mariana y don Pascual [Campomanes]; dijeron que los tres relacionantes en unión de su hermano don Mariano, hoy ausente, le confirieron poder para pleitos al Licenciado don Antonio Viamonte en esta ciudad el primero de julio de 1833, con el cual gestionó dicho licenciado en los asuntos relativos a la testamentaria de los finados don Francisco García Campomanes y doña Isabel Viveros y Zurita. Y habiendo fallecido dicho licenciado Viamonte, necesitan facultar a otra persona que los represente, por lo cual, otorgan poder general al Licenciado don Ramón María Terán, de esta vecindad, para que en nombre de los otorgantes los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios; para que pueda acordar en junta o de la manera conveniente la venta o no venta de las tierras del llano nombrado de Chiltoyac o los Garcías, y celebrar en la misma junta o fuera de ella cualquier otro pacto con respecto al propio asunto.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO