Gaspar Álvarez de Rivas Estremadoyro, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Cádiz en los reinos de Castilla, natural del reino de Galicia en el arzobispado de Santiago, en la villa de Rrederredondela [Redondela], hijo legítimo de Lucas de Rivas y Estremadoyro y de María Giraldez, difuntos, otorga poder a Juan Álvarez de Rivera, su hermano, y al Tesorero Pedro Trillo de Figueroa, vecinos de esta villa, para que después de su fallecimiento hagan y otorguen su testamento como se los tiene comunicado. Declara estar casado con doña María Vázquez, vecina de la ciudad de Cádiz, y cuando contrajeron matrimonio no tenían caudal alguno. Asimismo, dijo que de su matrimonio tuvieron algunos hijos que ya son difuntos y al presente no tiene ninguno. Nombra como albaceas a su hermano y Pedro Trillo, y como heredero universal a su hermano.
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Don Carlos Díaz [de la Serna] y Herrero, vecino de esta Villa de Xalapa, otorga poder a don Juan Ángel Ortiz, vecino y del comercio de Guadalajara, para que cobre judicialmente de don Joaquín Venel, Tesorero del Consulado de dicha ciudad, el importe de 2 escrituras que éste otorgó en Cádiz el 16 de julio de 1795, para lo cual haga las diligencias ejecutorias y los apremios que se requieran, por lo que se le confiere éste con libre y general administración y con facultad de sustituir.
Don José Pérez de Llera otorga poder al señor don Sebastián Martínez Pérez, del Consejo de su Majestad y su Tesorero General en Madrid; y a don Pedro Sebastián Pérez, residente en Cádiz, para que se presenten en el obispado que corresponda a impetrar y solicitar las dispensaciones que en segundo y tercer grado tiene como suyas su prima doña María Dolores Pérez, residente en Sevilla, con quien tiene tratado contraer legítimo matrimonio, asimismo procedan a verificar dicho matrimonio recibiéndola en nombre del otorgante por esposa de palabra.
Don Esteban de Acuña, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, a nombre de don Nicolás Chavaudiz, vecino de la Ciudad de Cádiz, hace cancelación de una escritura, por la cantidad de 600 pesos, los cuales recibe de don Pedro Montero, Tesorero y vecino de la Ciudad de Cádiz.
Testamento de Don Cristóbal de Salcedo, en el cual declara que se casó en primeras nupcias con doña [M]aría [ilegible] y Prados, hija legítima de Juan [ilegible] y de Isabel Jiménez, con quien procreó a Cristóbal y a Esteban de Salcedo. Cristóbal es fraile de San Francisco, y Esteban es soltero y cirujano en [roto] de Cádiz y reinos de Castilla. Por segundas nupcias con [ilegible] hija legítima de Melchor de los [ilegible] y de doña Pascuala González. Nombró por sus albaceas a su tío el Licenciado Diego González de Astudillo, cura del ingenio La Santísima Trinidad, y a Gaspar de los Reyes, Tesorero de la Santa Cruzada, hermano de su esposa. Nombra como herederos a su hijo Esteban.