Don Gaspar de Aburruza, Corregidor de este partido, Juez de Caminos y de Registros, dijo que debe ausentarse de su puesto para ir al pueblo de Tequila a dar las varas y tomar cuentas de la comunidad y a otros negocios, por lo que para que siga habiendo justicia en dicho lugar, otorga comisión a Francisco Miguel Ferrera.
TEQUILA, PUEBLO DE
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El Capitán Gerónimo [Jerónimo] de Leza y Mancilla, Alcalde Mayor y Capitán a Guerra, Juez de Caminos y de Registros de Tributos, y otras comisiones, dijo por cuanto esta jurisdicción está muy distante y en ella suceden casos y cosas a las que él no puede asistir personalmente, por lo que es conveniente nombrar un lugarteniente en el pueblo de San Pedro Tequila, razón por la que nombra como Teniente General a don Juan de Velasco, vecino de este pueblo, para que como tal haga y ejerza justicia a las partes civil y criminal, actuando como juez receptor con dos testigos de asistencia no habiendo escribano público ni Real, sustanciando las causas que se ofrecieren y lo demás concerniente a lo referido.
El Capitán don Francisco de Aguirre, Alcalde Mayor, Juez de Caminos y Cobranza de los Reales Tributos, dijo que por cuanto tiene noticia que en la avenida del río Blanco ocurrida el 12 del presente mes y año, cuyo río pasa entre los pueblos de Orizaba, Tequila, Tilapa y Zongolica, se llevó el puente por donde transitan los indios de esos pueblos al de Orizaba para vender sus legumbres y semillas; por lo que los ministros de la doctrina y justicia mandaron a los mencionados indios a hacer y poner el dicho Puente. Y habiendo terminado el puente y aderezado la entrada y salida y estribado, los indios de Tequila y Zongolica dijeron por medio de un intérprete, que los indios, gobernadores y alcaldes de Orizaba, les impedían pasar por el puente para vender sus mercaderías y legumbres. Por lo que visto por el alcalde mayor, dictó auto en el que ordena que viniesen y pasasen libremente a vender sus mercaderías y legumbres, y que se notifique al gobernador y alcaldes de este pueblo para que no les impidan el trajino ni la venta de sus mercaderías.