El Reverendo Padre Fray Pedro Pérez de la Calle, Guardián del convento del Señor San Antonio de esta villa de Córdoba; Antonio de Villavicencio, Sotasíndico de dicho convento; y dicho padre guardián en voz y en nombre del Muy Reverendo Padre Predicador Fray Antonio Gamón, Provincial del mencionado convento en la ciudad de México, en virtud de su carta orden, su fecha en la ciudad de México a 4 de marzo de 1718, en que le ordena satisfaga al sayalero, para lo cual, venden a doña Josefa de Pedraza, viuda, vecina de esta villa, a saber un solar eriazo que el convento posee en esta villa y se compone de 50 varas de frente y 50 de fondo; que hace frente, calle en medio, con el mencionado convento de San Antonio; por la otra frente, calle en medio, con casa de los herederos de Antonio Millán Quijada, difunto; por el otro lado con casa de don José de Segura y Ceballos, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad; y por el fondo con [roto] errera. Solar que fue donado al convento [roto] Iribas difunto, y hoy lo venden con sus entradas y salidas, usos y costumbres, derecho y servidumbre, por libre de deuda, empeño e hipoteca, al precio de 200 pesos de oro común en reales.
UntitledSOTASÍNDICOS
2 Archival description results for SOTASÍNDICOS
El Capitán don Ambrosio Gómez del Corro, vecino republicano de esta villa, de su comercio, y Sotasíndico del convento de San Antonio de religiosos Descalzos de Nuestro Seráfico Padre Señor San Francisco, hizo exhibición de un testimonio de una escritura de imposición de censo otorgada por don Miguel de Salas, vecino de esta villa, para que se registre en este libro corriente de censos, por la cual consta que el referido don Miguel se obligó a reconocer a censo principal redimible la cantidad de 720 pesos que recibió del expresado Capitán don Ambrosio, a favor de los 600 de ellos de la fiesta anual que en el expresado convento de Señor San Antonio se celebra y acostumbra hacer en honras y memoria de los Dolores de la Santísima Virgen María Nuestra Señora, conforme a la voluntad de doña Josefa Gómez Dávila, quien para este piadoso destino dejó determinado se impusiese de sus bienes; y los 120 restantes a favor de una misa, que con el rédito se ha de cantar cada año en dicho convento al Glorioso San Francisco de Paula, según disposición de doña Gertrudis María del Castillo de Altra. Y dicha cantidad de 720 pesos la situó a censo principal redimible sobre el valor y precio de una casa, la cual se compone de sala, recamara, tienda, bodega, zaguán, dos hornos de pan coser y un pozo, fundado todo en medio solar de tierra propia, con 25 varas de frente y 50 varas de fondo, ubicado en esta villa, y se obligó a satisfacer los réditos correspondientes de 5 por ciento en cada un año.
Untitled