Don Juan Antonio de la Riva, vecino de este pueblo, como su albacea dijo que don Fernando Fernández de la Perilla, Soldado de la Compañía del Capitán don Francisco Rodríguez, otorgo su testamento en una hoja de papel común debido a que se encontraba muy fatigado de su enfermedad de tal manera que falleció el mismo día en que otorgo dicha memoria, no teniendo efecto como testamento autentico, por lo que suplica a la justicia de vuestra majestad se sirva examinar bajo juramento a los testigos de su otorgamiento, si se hallaron presentes y si el difunto estuvo en su notorio acuerdo cuando la otorgo, como así mismo a Fray Manuel Melo, quien estaba presente en el momento en que firmo dicho difunto. Hecho todo lo anterior pide se valide dicha memoria como testamento nuncupativo y se protocolice.
SOLDADOS
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Don Francisco del Día, don Juan de Ariza, Antonio de Noriega, José Tavera, Francisco Javier López y Tomás de la Cruz, vecinos del pueblo de Jalapa, litereros y alquiladores de bestias para el Camino Real, otorgan poder especial a don Pedro Alcántara Barraza, Procurador del Número de la Real Audiencia de la Ciudad de México, para que comparezca ante el señor Virrey, donde haga presente los notables perjuicios, perdidas y atrasos que sufren, con los muchos bagajes que continuamente se les están pidiendo, por los diarios transportes de soldados, oficiales, cuerdas y otros que transitan por este pueblo por el cortísimo estipendio de medio real cada legua y para que alegue a favor de los otorgantes se tasen y paguen justos precios y conforme al estilo y costumbre del país que están regulados a proporción de los bastimentos y costos de la tierra.
Lucas Ochoa, Soldado de a Caballo de la Compañía del Presidio, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Lucas Ochoa y de Catalina Díaz, naturales de Jalapa, otorga poder para testar a Teodora Díaz, su mujer legítima, para que en su nombre y después de su muerte, ordene y haga su testamento.\r\n
Don Tomás de Santiago y Cruz, junto con doña Juana Núñez, viuda de don Antonio Vanegas, y don Juan de Ariza, dueños de Literas y Avíos de Ligera, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Pedro de Madera, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, para que pueda parecer ante el señor gobernador y oficiales reales de dicha ciudad, y solicite se rediman y libren de las notables pensiones que las tropas de soldados y oficiales que suben y bajan por este pueblo, les ocasionan al tomarles con violencia los bagajes que necesitan para sus transportes y el de sus cargas, por el ínfimo precio de 1 real por legua que por cada uno les pagan con notable pérdida y quebranto de sus haciendas.
Don Francisco Antonio Díaz y Herrero y don Carlos Díaz y Herrero, vecinos de España y residentes en Jalapa, apoderados de Bernardo Bustillo, Soldado de la Tercera Compañía del Segundo Batallón del Regimiento de Flandes, para el cobro de reales que le debían y que por ellos se presentó litis que siguió don Juan Francisco de Almanza, vecino de México, y en virtud de haber ganado el litis y haber fallecido dicho Almanza, por lo que sustituyen dicho poder en doña Josefa de Campos y Arraido, viuda de dicho Almanza, para que cobre dichos reales y en caso de existir algún inconveniente por su sexo u otra causa, lo sustituirán en la persona que dicha doña Josefa nombre.
Don Antonio de Sequeda, natural de la ciudad de Ronda, barrio del Mercadillo, en los Reinos de Andalucía y residente en este pueblo de Jalapa, donde es soldado Dragón de la Compañía de don Luis de Ullate del Regimiento de España, hijo legítimo de don Andrés de Sequeda y de la viuda doña Catarina de la Mota, otorga su testamento donde ordena se le den 100 pesos en reales al Venerable Padre Fray Andrés Granados, también se le den 100 pesos a su hermana Juana Gómez, vecina de la ciudad de Ronda, y a su hermano Andrés de Sequeda otros 100 pesos, nombra como albaceas a don José Arlegui, ayudante mayor de su Regimiento de Dragones residente en este pueblo, y a don Manuel Antonio de Arcos. Declara tiene entre sus bienes como 3 o 4, 000 pesos en efectos de fierro, aguardiente, vino, aceite, sedas, herraje mular y caballar y la herramienta de su oficio que paran en poder de don Manuel Antonio de Arcos.
Don Francisco Javier Santa Ana Cagigas, vecino de Jalapa, hijo de don José Antonio Santa Ana Cagigas y de doña Gertrudis Margarita Velázquez Zavala, difuntos, casado con doña Antonia Acosta de Romero, otorga su testamento donde hace su legado y nombra como albaceas testamentarios a don Antonio de Castro, su yerno, junto con don Francisco Santa Ana Cagigas, su hermano, y don Miguel Cagigas, su hijo, soldado del Regimiento de Granada, y como herederos universales designa a doña Bárbara Cagigas, doña Micaela Cagigas, casada con Antonio de Castro, doña Catarina Cagigas, don Miguel Cagigas y don José Antonio Cagigas, sus hijos legítimos.
Domingo Bonares, Soldado del Regimiento de la Corona del Segundo Batallón y Compañía tercera de don José Alcaraz, declara que debe y se obliga a pagar a su cuñado don Manuel María Lerrouz, su cuñado, la cantidad de 35 pesos, que recibió a cuenta de la legítima materna y paterna, cuya cantidad se da por entregada.
Francisco López de la Rosa, Alférez de la Compañía de Pardos Libres de esta villa de Córdoba y Cabo Superior de ella por ausencia de su Capitán Alonso de Vargas; José de Rivera y Juan Pascual de la Vega, Cabos de Escuadra; Andrés Márquez y Pedro Velázquez Camacho, soldados de ella; a nombre propio y en el de los demás compañeros y pardos libres de esta villa, dijeron que en atención a que los otorgantes están alistados debajo de bandera desde hace más de treinta años y con las armas en las manos, por los veranos a bajar al presidio de la Nueva ciudad de la Veracruz en cualquier llamamiento del gobernador de dicha plaza, asimismo, están prontos a la guarda y custodia de su real tesoro en las ocasiones que se conducen por esta villa de la ciudad de México a la de la Nueva Veracruz al despacho de las flotas. Otorgan poder a don Juan García de Jimeros, Procurador de Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en nombre y en representación de sus personas parezca ante el Rey y ante el Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, en su superior gobierno u en otro cualquier tribunal que con derecho deba y pida se les releve de sus reales tributos como lo están experimentando los pardos libres de la ciudad de la Nueva Veracruz, pueblo de Orisaba, Xalapa [Jalapa] y Cosamaluapa [Cosamaloapan] que, asimismo, están alistados debajo de bandera.
Sem títuloDon José Trillo, natural del pueblo de Santiago Ameixenda, Arzobispado de Santiago de Galicia en los Reinos de Castilla y residente en Jalapa, con testamento hecho, declara que por vía de codicilio se le cobre a José Soto, Soldado del Séptimo Regimiento del primer Batallón del Regimiento de Asturias, la cantidad de 16 pesos; a Saturno, ranchero de Jamapa, la cantidad de 5 pesos que debe a la tienda del declarante, que se le pague a Francisco o Pancho Oveja 1 peso que le debe el otorgante, que se le den 20 pesos de limosnas a los pobres así como su ropa blanca.