Doña María de León, viuda del Capitán Francisco de Brito [Lomelín], su albacea tutora y curadora de sus menores hijos, vecina de esta villa de Córdoba, vende a Hernando de Vetancur [Betancur], asimismo, vecino de esta villa, un solar de 50 varas y en él edificadas unas paredes de cal y canto, en esta villa, en la calle que llaman del Naranjo por el precio de 290 pesos de oro común. Linda con solar que fue de Isidro Medel por la parte del norte, dicha calle en medio; por el poniente con solar que fue de Enrique Francisco y hoy poseen sus herederos; cuyo solar es el mismo que el marido de la otorgante compró a Gaspar Merino Pimienta.
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Gaspar González, vecino y natural de la villa de Córdoba, hijo legítimo de Gaspar González y de Francisca de Chávez, otorga su testamento donde declara estar casado con doña Ana de Meza [Solano], con quien no tuvo hijos. Declara por bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción de la villa de Córdoba, nombrada San Miguel, una casa en esta villa y un solar a la linde de ella, en la calle que sale de la plaza para el pueblo de San Juan Cuezcomatepec [Coscomatepec]. Nombra como albaceas al Regidor Joseph [José] de Leiva, su tío, y al Capitán Joseph [José] Blanco, vecinos de esta villa de Córdoba, y como heredera universal a su mujer.
Sans titreAna [María] Martínez [Romano], viuda de Pedro Rodríguez, vecina de esta villa, dijo que respecto a que mañana 6 del presente ha de casarse Juan de Soto Noguera, residente en esta villa, con Tomasa Rodríguez, su hija, tiene convenido con éste que en el ínterin que hace casa de vivienda en medio solar que para ello le da en dote a su hija, por esta escritura, en precio de 20 pesos de oro común, el susodicho ha de vivir en su casa y tienda, quedando a la otorgante el aposento de dicha casa para su vivienda y la panadería. El dicho medio solar linda con otro medio solar en que está fundada su casa de vivienda, haciendo esquina por el oriente con solar de Joseph [José] Rodríguez de [Castro]; en cuya casa ha de vivir el susodicho hasta tiempo de cinco años, y si éste no hubiera hecho casa o antes de cinco años si se casara con dicha María y quisiera vivir en dicha su casa, en cualquiera de los dos casos, la ha de dejar [desocupada].
Sans titreJuan Juárez, Alcalde del barrio de los indios de San Juan Teteltitlán [Tetitlán] de esta villa de Córdoba, y Ana María su mujer; por otra parte Francisco Sánchez, vecino de esta villa; los primeros con licencia previa del alcalde mayor declaran que poseen a la salida de esa villa dos solares, los cuales lindan por la parte del oriente con solar que era de Juan Matías; por el poniente con la sabana; por el sur con el camino que sale de la presente villa para el pueblo de San Juan Cuescomatepec [Coscomatepec]; asimismo, dijeron que en uno de dichos solares tienen fundados dos jacales viejos. Finalmente, señalan que por la presente, marido y mujer, otorgan que venden a Francisco Sánchez, los mencionados solares, en precio de 75 pesos de oro común, de los cuales se dan por recibidos 45 pesos.
Sans titreCristóbal Moreno [roto], vecino de esta villa de Córdoba, vende a Benito Rendón, vecino de esta villa, medio solar de 50 varas de largo y 25 varas de ancho, que linda por el oriente con solar de Juan Antonio [roto], calle en medio; y por el norte con solar de Francisca [roto]. Declara que el solar lo heredó de Ana, niña, hija legítima del otorgante y de Melchora de los Reyes, su difunta esposa, asimismo, Melchora lo heredó de su madre Josepha [Josefa de] Brito, la cual lo recibió en forma de dote por parte de Joseph [José] de Brito [Lomelín] “el Viejo”, por haberla criado en su casa cuando contrajo matrimonio con Nicolás de Sierra, padre de Melchora.
Sans titreJuan Luis, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a [roto] medio solar que linda por el oriente con solar que fue de Joseph [José] de Brito [Lomelín] “el Viejo”, calle en medio; por el norte con el de Domingo [de] Merodio, intermedia la calle Real; por el poniente con otro medio solar del Alguacil Mayor Francisco de Solís; por el sur con solar de Juan Hernández. Lo vende en precio de 20 pesos de oro común.
Sans titreJuan de Betancur [Letancur], vecino de esta villa de Córdoba, a nombre propio y en el de sus hijos y herederos, otorga que vende a Antonio Muñoz, vecino de esta villa, medio solar de tierra que posee en esta villa, ubicado en la calle Real, que por la parte del oriente linda con casa y solar suyo; por la del poniente con otro medio solar y casa de Ana García; por el sur con casa y solar de don Gaspar del Monxe [Gaspar del Monge y Mendoza], la calle Real en medio; y por el norte con casa y solar del Regidor Joseph de Leyva [José de Leiva], calle Real en medio. Dicho solar hubo y compró de Fernando Nieto [Solano], vecino de la ciudad de Teguacan [Tehuacán], el cual es libre de censo, empeño e hipoteca. Lo venden en precio de 30 pesos de oro común, que tiene recibidos a su satisfacción.
Sans titreSalvador Pérez [Milián], mayordomo de la cofradía de Jesús Nazareno, otorga que vende realmente a [roto] un medio solar que dicha cofradía posee, linda por una parte con solar y casa del compareciente, calle en medio; y por otra parte con solar y casa de Diego Bautista; el cual dicho medio solar lo vende por libre empeño en precio de 50 pesos de oro común.
Sans titreGonzalo Rodríguez, vecino de esta villa de Córdoba, natural de San Lorenzo de Belesar, junto a Bayona de Galicia en los Reinos de España, hijo legítimo de Rodrigo de Fuentes y de María de Acosta, ya difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, ordena su testamento en la forma siguiente: Declara que debe a Luis García, vecino de Tascalaque [Tlaxcalaque], 12 pesos. Menciona por sus deudores a Diego, indio; Jusepe [José] Martín Durán, vecino del pueblo de Orizaba; Bartolomé Martín, vecino de esta villa; Dionisio Francisco, vecino de esta villa; Francisco Díaz, vecino de la jurisdicción de San Juan, de los cuales se le han de rebajar 14 pesos de dos botijas de vino que le dio; [roto] de Porras; Jorge Díaz; el Licenciado Pedro Arias de Paz, vecino del pueblo de Orizaba; así como otros deudores que se mencionan en la escritura. Declara por bienes 230 pesos en reales que están en una caja cerrada; ropa y utensilios; catorce caballos de diferentes colores que están en el potrero de esta villa; la casa cubierta de paja, en que vive, “que está en un solar que por merced de Su Majestad se me repartió como a uno de los fundadores de dicha villa” con más caballería, tierra y una suerte para huerta, la cual linda con el ejido de ella hacia la parte del sur. Declara que es casado con Inés González, natural de San Lorenzo de Belesar, durante el matrimonio tuvieron a María, niña, que quedó con la dicha su madre, “yo pasé habrá tiempo de cuarenta años y aunque he escrito a la susodicha algunas veces, no he tenido razón”. Nombra albacea al Alférez Gabriel Núñez de [roto], vecino de la jurisdicción de esta villa; y por su universal heredera a María, su hija legítima, o a sus herederos legítimos, de no haberlos, deja por su universal heredera a su alma.
Sans titreJuana Leonarda [Notaria], viuda de Fernando [Hernando de] Arellano, vecina del pueblo de Maltrata, vende al Bachiller Joseph [José] de Torres, Cura Vicario beneficiado de ella, un solar en esta villa en que estuvieron fundadas sus casas de vivienda. Linda por una parte, calle Real en medio, con solar de los propios de esta villa en que están fundadas casas del alguacil mayor de ella y por otra parte con solar de Hernando Esteban Abad. Lo vende en precio de 30 pesos de oro común.
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