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              1507 Descrição arquivística resultados para SOLARES

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              MX UV.USBIX ANC-P-0010-PC_0010_0010 · Item · 1673/02/16
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Olaya González, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Agustín de Alcalá, vende a Jacinto Pérez Padrón y Marcos Blanco, sus [roto], vecinos de esta villa, un solar de 50 varas en cuadro, que linda por el oriente con solar y casa del dicho Marcos Blanco; por el sur con solar y casa del Alférez don Tomás López de Sagade, calle en medio; por el norte con solar de los herederos de Pedro Hernández del Castillo; que ha de dividirse de norte a sur, siendo la mitad que queda al poniente la que vende a Jacinto Pérez y la otra mitad a Marcos Blanco. Vende dicho solar en precio de 20 pesos de oro común, y en caso de que tenga más valor hace gracia y donación a los compradores.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0012-PC_0012_0001 · Item · 1676/01/21
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Josepha [Josefa] Rodríguez Toscano, viuda de Mateo Díaz de Haro, vecino que fue de esta jurisdicción, declara que por cuanto su marido la dejó por su albacea testamentaria y en razón de haber quedado algunos bienes otorga que hace inventario de ellos en la manera siguiente: En primer lugar 3 suertes de tierra en esta jurisdicción que lindan por el sur con el río de Tleapa y por las demás partes con baldíos de dicha villa; un rancho que en dichas tierras está fundado; una “suertesuela” de mil matas de caña dulce vieja; mil matas de algodón en flor; un solar para casa de 50 varas; tres solares en el pueblo de San Cristóbal Naranjal, jurisdicción de Orizaba; una bazia [bacía] de barbero, una caja de barba con tres navajas, unas tijeras, una piedra de afilar y dos hierros para alzar el bigote; un baño de carpintería con sus husillos y puercas; un libro de comedias, otro pequeño de oración y uno de cocina, entre otros artículos que se mencionan en la escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0045 · Item · 1677/12/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Nicolás Ferrera Figueroa, vecino del pueblo de Orizaba, Escribano Público y de Registros en él y su partido y en el de San Antonio Guatuzco [Huatusco], como albacea testamentaria del Bachiller Juan Martínez de Tobar [Tovar], Presbítero, difunto, vecino que fue del pueblo de Orizaba, funda una capellanía de misas con el principal de 2 000 mil pesos de oro común, como lo manda en cláusula de su testamento el dicho bachiller. Nombra como primer capellán propietario a Joseph [José] Martínez de Tobar [Tovar], sobrino, hijo de Nicolás Pérez y Antonia Díaz de Tovar, su hermana, para que a su título se ordene y alcance el sacro presbiterato; han de suceder a éste Andrés del Moral, su sobrino, hijo de Andrés del Moral, vecino de la provincia de Tehuacán, y de María Díaz de Tovar, su hermana. Dicho capellán propietario ha de tener obligación de decir por su alma y las demás de su intercesión 75 misas cada año en la iglesia que le parezca. Nombra como primer patrono de dicha capellanía a Nicolás Ferrera, Escribano Público de Orizaba. En cuanto al principal de la fundación, 1 000 pesos sitúa y señala a censo redimible sobre un molino de pan moler, una venta y un solar que están en el pago de Acultzingo, propiedad de [Francisco] de la Serna. Los otros 1 000 pesos a censo sobre un rancho de labor que quedó por bienes de dicho bachiller, nombrado Tlaltzitlan, jurisdicción de Orizaba. El rancho se compone de 2 caballerías de tierra y linda por el oriente con tierras de los indios de dicho pueblo; por el sur con las de los herederos de Cebrián de la Plata; y por el norte con la cuesta del pueblo de Orizaba, propiedad de Gerónimo [Jerónimo] Sánchez, vecino y labrador del valle de San Agustín, provincia de Tepeaca.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0020 · Item · 1720/07/31
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, otorga que da en arrendamiento a Marcos Trujillo (alias) “Yslago” vecino de esta villa, dos terceras partes de una caballería y un solar de tierra laborea pertenecientes a los propios de dicha villa, por oriente linda con Joseph [José] González; por occidente con Pascual de Molina; por el norte con Pedro Ibáñez; y por el sur con María Benítez de Suerte; por las partes del norte y sur corren dos arroyos que se origina en Tlacotengo y corren por oriente y en medio de ellos están las dichas tierras de dicho “Yslago”. El arrendamiento lo hace por tiempo de nueve años en precio de 8 pesos y 3 reales cada uno, bajo las condiciones siguientes: Condición que no ha de sembrar caña dulce, más que tabacos y maíces; ni construir casas de cal y canto; ni meter otras personas más que la dicha; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo; y asimismo, es condición que el arrendatario debe satisfacer los costos de la escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0025 · Item · 1726/11/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Fernando de Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, otorga que da en arrendamiento a don Phelipe [Felipe] Fonte de las Cuevas, vecino de esta dicha villa, media caballería y siete solares de tierra de las pertenecientes a la villa de Córdoba, en el paraje nombrado la Mata del Coyote, por el oriente linda con tierras de los ranchos del Sargento Manuel González Bautista y Juan Íñiguez; por el occidente con la brecha de dicha villa; por el rumbo de dichos ranchos 15 cuerdas de a 50 varas cada una; y por la brecha de esta villa 10 de dichas cuerdas; por el norte con el rancho de Antonio Laboreiro, por cuyo lado tuvo 11 de las mencionadas cuerdas; por el sur 30 varas y 14 cuerdas. El arrendamiento lo hace por tiempo de nueve años a precio de 8 pesos y un tomín, bajo las condiciones siguientes: Que no ha de sembrar caña dulce, más que tabacos y maíces; ni haber casas de cal y canto; ni meter otras personas más que la dicha; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0001-PX_0001_0031 · Item · 06/10/1578
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El Gobernador, alcaldes y principales de Jalapa, venden a Francisco Ruiz, un solar junto al mesón del pueblo, al precio de treinta pesos de oro común.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0001-PX_0001_0032 · Item · 07/10/1578
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El Gobernador, alcaldes y principales del pueblo de Jalapa, se obligan de hacer en cuatro meses una casa de 12 brazas a Francisco Ruíz, en un solar que tiene en la plaza del pueblo

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              MX UV.USBIX ANX-P-0001-PX_0001_0035 · Item · 22/08/1581
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Tomás de Herrera, vecino de Jalapa, hace donación a Sebastián Díaz, morador también de dicho pueblo, de un solar para hacer casas en la Calle Real.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0051 · Item · 1717/06/28
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, su partido y jurisdicción, Teniente de Capitán General en ella; y el Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de primer voto de esta villa por Su Majestad, Jueces Comisarios nombrados por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán de esta Nueva España, y en virtud de su mandamiento con fecha en la ciudad de México a 22 de febrero de 1717, firmado [al] parecer de dicho Señor Excelentísimo y refrendado de don José de la Cerda, su Secretario, en el cual se les concede facultad para reconocer las tierras que gozan por propias el muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento y saber lo que han pagado, deben pagar y deben sus arrendatarios y hacerles escrituras de ellos con las solemnidades debidas para su seguridad como consta en dicho mandamiento. Facultad que usan, para dar en arrendamiento a Matías de Guzmán, vecino de esta villa, en el paraje que llaman El Pastorcillo, un cuarto de caballería de tierra y diecisiete solares, que por la parte del oriente linda con tierras del cabildo que tiene arrendadas Luis de Tejeda; por el poniente con tierras de José Martín, asimismo, dicho cabildo; por el norte con tierras de Juan Mitre, el sordo; y por el sur con tierras de José Beltrán, también del cabildo; por precio de 400 pesos anuales, por tiempo de nueve años, que empiezan a correr y contarse desde el día primero de marzo pasado del presente año. Los otorgantes se obligan a que las tierras no le serán quitadas, pena de darle otras en tan buena parte y lugar al mismo precio, cuya paga hará al mayordomo que fuere de los propios y rentas de este Ilustre Cabildo, y en caso de que se tenga que disponer de las tierras y rancho a otra persona tendrá que notificarlo al Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa para que den su consentimiento.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0005 · Item · 1718/01/31
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Nicolás de Armenta y Francisca Ruiz de Moscoso, marido y mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, ella con licencia del susodicho, ambos en mancomún, venden a Juan Montero, vecino de esta villa, un cuarterón de solar con 12 varas de frente y 50 de fondo, en la calle que sale de la plaza Pública para el camino y pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec]. El cual linda por una parte con solar de los otorgantes, por el otro lado con solar de Juan Prieto y hace frente, calle en medio, con casa de Juan de Figueroa, y por el fondo con solar de los otorgantes. Solar en el que hay un pozo de cal y canto que no está incluido en la venta, pero se da autorización al comprador de utilizarlo para consumo propio. La venta la hacen con sus usos y costumbres, derechos y servidumbres, libre de deuda, empeño e hipotecas, en precio de 25 pesos de oro común en reales horros de escrituras y alcabalas.

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