Don Manuel de Medina y Loranca, de este comercio y vecindad, como síndico del concurso formado a bienes del finado don Diego Leño, dijo que por el juzgado de Hacienda se celebró remate público en esta villa el 7 de octubre del año próximo pasado, de la hacienda nombrada Lucas Martín y sus anexos, a favor de don Luis García Teruel, en precio de 46 100 pesos, importe de los capitales escriturados que reporte en sí la finca como constan en el testimonio anexo a esta escritura. Por tanto, en representación de los acreedores escriturarios, otorga que vende, cede y traspasa en favor del mencionado don Luis García Teruel, a saber la hacienda de nuestra Señora de los Remedios, alías Lucas Martín, y paraje de Sedeño, que antes se titulaban rancho de San José y de Buenavista, ubicada hacia el norte y orillas de esta villa, que se compone de dos caseríos, un arruinado molino, trojes, capilla, macheros y otras oficinas, campos, montes, pastos, potreros cercados de piedra vana, aguajes, abrevaderos, caballerías de tierra, de que hay descripción de entre los títulos y escrituras primordiales, bajo los linderos y demarcaciones que en aquellos se perciben y en las posesiones y amparos que se han hecho a los anteriores dueños. Cuya finca es la misma que el citado Diego Leño hubo y compró de los cinco hijos y herederos de don Antonio Vázquez Ruiz y de doña María Antonia de Álvarez Guitián, consortes, por escritura pública en esta villa el 7 de septiembre de 1802. La vende en precio de 46 100, con tan solo 20 100 que están impuestos en la misma finca, entre otros que se redimen; a saber, 12 000 pesos pertenecen al hospital de mujeres de esta villa, de que es patrono la Venerable Orten Tercero de San Francisco y 8 000 pesos en favor de doña Ana María Vázquez Ruiz de Villamil. Y los 26 000 restantes al contado, 13 000 de ellos que pertenecían a la extinguida Inquisición y que ha sido el motivo al secuestro y enajenación de la finca y los otros 13 000 que puso en su poder, el mismo comprador, por lo que declara que de uno y otro otorga recibo en forma.
Zonder titelSÍNDICOS
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Don José María Bonilla y Flores, de este comercio y vecindad, síndico de este Ilustre Ayuntamiento, otorga poder especial a don Vicente Camacho, residente en la capital de la Federación, para que en su representación perciba y cobre de las Cajas Generales de la Federación, la cantidad de 450 pesos que en cobijas, zapatos y otros efectos que suministró para las tropas independientes en el año de 1821, por mano del tesorero o pagador que era don Juan Montoya, de acuerdo al certificado que libró este empleado.
Zonder titelMaría Antonia Josefa Fuentes, vecina de esta villa, otorga poder general a don José Mariano Lucido, actual síndico procurador de este Ilustre Ayuntamiento, para que en su representación haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de dinero, oro, plata, joyas o de cualquier otra especie y porción que le estén debiendo hasta esta fecha o en adelante. Y para que de todo en cuanto percibiere y cobrare otorgue recibos, cartas de pago, finiquitos y demás documentos que le fueren pedidos. Así como, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales.
Zonder titelManuel José, alcalde; Manuel Antonio García y Diego Manuel, regidores; y Mariano de Jesús Hernández, síndico; todos vecinos del pueblo de San Antonio del Monte, en jurisdicción de este cantón, otorgan poder especial a don Matías Espinosa, de esta vecindad, para que promueva y concluya el artículo que sea necesario para que les restituyan las tierras de su pertenencia el pueblo de Aguazuela de la misma jurisdicción y de las que se haya posesionado por acuerdo de la junta provincial, y al efecto parezca a juicio o fuera de él ante el excelentísimo señor Gobernador del Estado, tribunales superiores e inferiores y demás que sean necesarios, y haga en ellos pedimentos, representaciones, memoriales y cuantos papeles sean favorables, y en virtud de ello promueva la restitución de las tierras cuestionadas hasta conseguir la posesión y amparo.
Zonder titelDon José Manuel Cruz y Bremont, síndico menos antiguo del Ilustre Ayuntamiento de esta villa, segundo y único albacea de su difunto padre don Anastasio Cruz, por muerte de doña Catarina Bremont, su madre, primera albacea nombrada en la disposición testamentaria otorgada por aquel, y bajo cuya disposición falleció, otorga que da y confiere poder especial a don Dionisio Camacho, de esta vecindad, promueva y concluya la testamentaría de su cargo y cuanto anexo y dependiente a ella sea; promoviendo los artículos que se ofrezcan. En cuya virtud, pida cuenta y tome cuentas a las personas que se las deban dar, haciéndoles cargos y admitiendo sus descargos.
Zonder titelLorenzo Marquina, alcalde constitucional del pueblo de San Juan Chapultepec; Lucas de la Cruz y Agustín Ramírez, síndico procurador y secretario de dicho pueblo; por sí y en representación de los demás individuos que se compone aquel Ayuntamiento, otorgan poder general a don Nicolás Rodríguez Calvo, procurador del número de los Tribunales de la capital de la Federación, para que en su nombre y representación de los derechos del citado pueblo, los defiendan en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales; especialmente sobre tierras con cualesquiera persona, comunidades o cuerpos, así demandando como defendiendo.
Zonder titelDoña María Josefa Susana de Castro, viuda, mayor, bien instruida y sabedora de sus derechos hábil y don Miguel Palacio, Síndico actual del Ayuntamiento de esta villa, en la que ambos son vecinos, dijeron: la primera, que es propietaria de una casa, de edificio bajo, ubicada en esta villa, haciendo esquina a dos calles, la una que baja para Santiago y la otra que dirige al Molino, en la que tiene su frente al oriente con el cementerio de San Francisco, dicha calle en medio, por donde se le miden 24 varas y 32 y media de fondo al poniente, lindando por este viento con casa de don Francisco Velad; por el sur con casa que hoy es del Presbítero don José Manuel Casas y por el norte con la referida calle de Santiago. Cuya finca hubo por herencia de su difunto padre don José Cayetano de Castro y que, aunque en las escrituras de adquisición constan diversas dimensiones de longitud y latitud, que las que quedan explicadas ahora, éstas son las que efectivamente tiene la casa y no las que allí se refieren, sin duda con error o equivocación. El segundo, que es dueño de una casa ubicada también en esta misma villa, en la propia calle de Santiago, con un frente al norte por donde se le miden 22 varas y 62 y tercia de fondo al sur, por donde linda con solar de Jacinto Antonio de Mora; por oriente linda con casa de don Francisco Flores y; por el poniente con otra de Mariana González. Cuya finca la hubo, por compra que hizo a la relacionada señora María Josefa Susana de Castro en 850 pesos, como consta la escritura otorgada en esta villa el 16 de enero de 1828. Y que ambos comparecientes han convenido permutar dichas casas, la primera en precio de 1 850 pesos y la segunda en el de 850 pesos, quién para igualar el importe de aquella, da en reales de contado 1 000 pesos a la señora Castro, siendo a cuenta de él los costos de escritura y pago de alcabala. Por tanto, otorgan que dan recíprocamente en venta, trueque, permuta y enajenación, la nominada doña María Josefa Susana de Castro, la casa de la esquina de las dos calles del Molino y de Santiago en precio de 1 850 pesos a don Miguel Palacio, y éste a ella, la de la calle de Santiago en 850 pesos.
Zonder titelLos ciudadanos Miguel Ángel Ramírez y José Cornelio Ruiz, el primero Alcalde y Síndico el segundo del pueblo de San Miguel Aguasuelos; dijeron que por sí y a nombre de todos los vecinos del expresado pueblo, por quienes prestan voz y caución, otorgan poder a don Vicente Camacho, de esta vecindad, para que en representación de los expresado, los defienda en los pleitos que tengan o en lo sucesivo se les ofrezca.
Zonder titelLos ciudadanos Juan Manuel Rodríguez y Fabián Sebastián, Alcalde el primero y Síndico el segundo del pueblo de San Pedro Tonayán, y otros dos ciudadanos que expresaron llamarse Marcos Antonio y Pedro Nicolás, Alcalde el primero y Síndico el segundo del pueblo de San Marcos Atesquilapa, y de los cuales dieron conocimiento los de Tonayán; otorgan que dan todo su poder a don José María Campoverde, vecino actualmente del pueblo de Naolinco, para que a nombre de los comparentes y de los demás vecinos estantes y habitantes en los dos referidos pueblos, los defienda en todos los asuntos que les ocurra jurídica o extrajudicialmente, ya sea como actores o como demandados.
Zonder titelLos ciudadanos Pascual José de los Reyes y José Pascual Suárez, el primero Alcalde y el segundo Síndico en el pueblo de San Pedro Chiconquiaco, otorgan poder general a don Manuel Patiño para que a nombre de todos los vecinos estantes y habitantes del expresado pueblo cobre las cantidades que se les deban por cualquier título y defendiendo sus propiedad y derechos. En cuya razón, generalmente para todos los pleitos, causas y negocios civiles que al presente tenga o en lo sucesivo se movieren, así demandando como defendiendo.
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