Don Manuel Morales, vecino de Perote, dijo que teniendo noticia de que la hacienda de Cuautotolapa, lo mismo que una casa y otros bienes muebles del finado don Francisco Antonio Cortina, salían a pública subasta para con su producto satisfacer a los acreedores que resultaron al tiempo de su muerte, hizo postura en forma legal el día 28 de junio último a los mencionados bienes en calidad de licitante, prometiendo dar por todos ellos 26 000 pesos, ofreciendo dar 500 al contado, igual cantidad anualmente para pago de réditos atrasados, reconocer los capitales que ha reconocido hasta ahora la finca, dejando la redención de los de plazo cumplido reservada a un convenio particular por no poder satisfacerlos desde luego, y pagar los réditos corrientes con toda exactitud, fuera de otras cosas que ofreció, que constan en el acta del remate celebrado judicialmente. Y para la mayor seguridad de todas estas promesas hipotecó todos sus bienes, después de haber dado los abonadores de estilo y ofreció presentar dos fiadores legos, llanos y abonados, que obligándose como principales pagadores gravarán con hipoteca especial sus bienes. Que vista esta postura por el Señor Diputado Licenciado don Manuel Fernández Leal que representa la mayoría de acreedores así en créditos como en personas; por don José Joaquín Cowley, síndico del concurso; por don José Ignacio Martínez, representante de otros acreedores; y por don Andrés Castillero, que obraba por la viuda de Cortina, pidieron al señor juez de los autos que diese por admitida esta postura y que se anunciara al público por si se presentase otro individuo que mejorara dicha postura, lo cual no se presentó, verificándose finalmente el remate en don Manuel Morales, a quien se la ha comenzado a dar posesión de los bienes y a cumplírsele lo que por parte de los acreedores se le había prometido. En cuya virtud, queriendo dar cumplimiento a lo que él prometió, otorga que ratifica de nuevo todas las promesas y estipulaciones con que se le remataron los bienes raíces, muebles y semovientes de que queda hecha relación, dando aquí por insertas e incorporadas todas las cláusulas de la referida acta de remate. Y para mayor seguridad hipoteca lo expresada hacienda de Cuautotolapa, asimismo, presenta como sus fiadores a don Marcelino de Rugama, de esta vecindad, y a don José Antonio Morales, vecino de Cruz Blanca, cantón de Jalacingo, quienes hipotecan sus haciendas nombradas Tenestepec [Tenextepec], que posee Rugama en el distrito de Perote, y don Antonio Morales la casa de comercio que posee en la ranchería de Cruz Blanca, edificada en tierras propias del pueblo de Tlacolulan.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOSÍNDICOS
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Benito Ortiz, síndico del pueblo de Santa María Tlacolula, y Francisco Antonio, del de Santiago Coacoatzintla, otorgan poder a don Juan Antonio Sánchez, de esta vecindad, para que en representación de su persona, derechos y acciones como síndicos personeros de los citados pueblos, los defienda de los pleitos que tengan o en adelante tuvieren, por cualquier razón, título o derecho; en especial, del litigio que sobre tierras se sigue con los pueblos de San Juan Chapultepec y San José Paxtepec. Para lo antes mencionado, preceda la conciliación, haga pedimentos, alegatos y cuantos actos, agencias y diligencias que se requieran, por lo que le conceden éste con libre y general administración y facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOLos ciudadanos José Sánchez y José Antonio Francisco, alcalde el primero, y síndico el segundo, en el pueblo de Tlacolulan de este cantón, dijeron que en este pueblo tienen en propiedad las tierras que comprenden los linderos siguientes: tomando desde el punto de Tlatepanoya, que es por el oriente, se toma para el sur hasta el paso de Sedeño, donde se da vuelta para el poniente, por los linderos nombrados Tacotomaloyan, Paderones, Huilotepec, Atopan, y Pescadillos hasta el Cofre, donde da vuelta, tomando la línea de sur a norte, por Cruz Blanca hasta el punto de Atzalan, y de ahí, dando vuelta hacia al oriente por los linderos de Misantla el viejo y Chapultepeque [Chapultepec] hasta el punto de Cuacuazintla [Coacoatzintla], donde da vuelta por Ixcatlan, a cerrar en el punto Tlatepanoyan, de donde se partió. Cuyas tierras deslindadas, dan en arrendamiento al ciudadano Mateo Sayas, bajo las siguientes condiciones: 1°, dicho arrendamiento será por tiempo de cuatro años forzosos, que empiezan a contarse desde esta fecha y concluirá en igual día del año de 1835. 2°, Sayas, pagará 300 pesos anuales. 3°, en el arrendamiento se excluyen las tierras que ocupan los pueblos de Cuacuatzintla [Coacoatzintla], San Salvador y San Pedro Tlatatila, un pedazo que está en el paraje de Atzalan, otro en Pastepeque, y otro en Chapultepec. 4°, Sayas, podrá cobrar y quedarse con lo que actualmente adeudan los anteriores arrendatarios, con arreglo a la lista que le ministrarán, sin que por ello se le descuente de los 300 pesos que debe pagar integro, cobre o no las expresadas deudas. 5°, Sayas podrá celebrar contratos de subarrendamientos a su cuenta y riesgo, sin exceder el tiempo que se le ha prefijado, procurando que quienes lo tengan en posesión no los destruyan, y sólo lo utilicen para cultivos. Ambas partes, señalan que se obligan a cumplir y pagar la presente escritura.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOLucas de la Cruz y Domingo Juan, síndicos procuradores de los pueblos de San Juan Chapultepec y Paxtepec, en jurisdicción de este cantón, dijeron que una de las facultades de que se hayan investidos, por sus respectivas representaciones para defender los intereses de sus pueblos y promover cuanto a ello pueda serles útil, han deliberado conferirle sus poderes general a don Manuel Patiño de esta vecindad, para que en representación de los pueblos demande y cobre de todas personas las cantidades de dinero, oro, plata, bienes muebles. Asimismo, se lo confieren especial para que continúe el artículo que dichos pueblos [tienen] sobre tierras y linderos con los de Tlacolulan, Coacoatzintla y San Salvador, y para ello practique lo conducente hasta su conclusión.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO DE CÁMARAComparecieron dos ciudadanos que expresaron llamarse José Jerónimo García y Miguel de la Cruz, alcalde el primero y síndico el segundo del pueblo de San Salvador, dijeron que en representación del común de su citado pueblo otorgan que dan todo su poder al licenciado don Sebastián Camacho, de esta vecindad, para que a nombre de dicha comunidad solicite se les consigne el terreno que les corresponde en las tierras que disfrutan los de Tlacolulan en comunidad con el referido pueblo y con otros, supuesto que los de San Salvador han contribuido para la conservación y defensa de las mismas tierras. Y se lo otorgan general para todos los pleitos, causas y negocios que al presente tiene y adelante tuviere.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOComparecieron dos ciudadanos que expresaron llamarse Lorenzo Mendoza, alcalde del pueblo de Tlacolulan y Eusebio de la Cruz, síndico del mismo, testificando en forma de la identidad de ambos los ciudadanos Francisco Enríquez y Francisco Perea de esta vecindad, y dijeron los primeros que en representación del común de su municipalidad otorgan que da su poder al licenciado don José María Aparicio, de esta vecindad, para que a nombre del mismo común de vecino de la referida municipalidad de Tlacolulan gestione en todos los negocios de tierras y cualesquiera otros que en la actualidad tiene pendientes o en lo sucesivo tuviere. Asimismo, para que demande y cobre las cantidades de pesos y bienes que se les deba y en adelante debieren.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO