SÍNDICOS

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              129 Archivistische beschrijving results for SÍNDICOS

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              MX UV.USBIX ANX-P-0064-PX_0064_0057 · Stuk · 05/04/1800
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Jacinto Mora, vecino de esta Villa de Xalapa, se obliga a pagar a los síndicos de la quiebra de Manuel Antonio González, de esta vecindad, la cantidad de 1 746 pesos y 2 reales en que los dichos síndicos don Domingo Franceschi y don Manuel Garcés, de esta vecindad, le han vendido una casa, tienda y panadería de que hizo cesión dicho González a favor de sus acreedores, cantidad que se obliga a pagar el día 3 de febrero de 1801, como seguro de la deuda hipoteca una casa ubicada en la Calle del Ganado de esta Villa.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0064-PX_0064_0205 · Stuk · 20/06/1800
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Manuel Vela, vecino del pueblo de Apazapa y residente en esta Villa, ha recibido de los síndicos de la quiebra de don Manuel Antonio González la cantidad de 300 pesos, correspondiente al resto del valor de una casa, ubicada en la Calle de la Raqueta, que le vendió el otorgante a dicho don Manuel Antonio González.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0060-PX_0060_0087 · Stuk · 10/09/1795
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Baltazar Ruiz Fernández, vecino de la Nueva Veracruz y residente en la Villa de Xalapa, otorga que se obliga a pagar y satisfacer a sus acreedores y en sus nombres a los síndicos, lo que montare el descubierto según la cuenta que produjeren dichos síndicos con anuencia de los acreedores y del otorgante.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0057 · Stuk · 1828/05/12
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Francisco de Bárcena, vecino y del comercio de esta villa, dijo que como apoderado general de don Agustín Mendiola Veitia, vecino de Veracruz, síndico depositario de los bienes de la testamentaria concursada del finado don Miguel Ignacio de Miranda, nombrado en el juzgado mercantil en junta de acreedores, tiene recibidos en este día del licenciado don Ramón Ruiz, albacea de doña Gertrudis Noriega de Zárate y Sandria, la cantidad de 835 pesos cuatro reales, del resto de 1 000 de réditos que ésta declaró deber a don Miguel Ignacio de Miranda, en la cláusula de su testamento que otorgó en el año de 1810. Habiendo acreditado al otorgante el mismo albacea, con documentos que ha visto y de cuya validación se halla satisfecho el pago de la referida su parte había hecho a doña María Francisca Gil, viuda y albacea de don Miguel Ignacio de Miranda, de la cantidad de 164 pesos con que se completan los 1 000 relacionados, en la forma siguiente: 150 pesos en cantidad de a 5 pesos mensuales desde julio de 1814 diciembre de 1816; 2 pesos en enero de 1817; y 12 pesos cuatro reales en importe de un recibo original de doña María Francisca Gil, valor de 5 varas de sarga que entregó el presbítero don Ildefonso Moreno por cuenta de la Noriega; dándose como se da el otorgante de recibido del albacea de la enunciada cantidad de 835 pesos cuatro reales, de lo cual entregó carta de pago.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0157 · Stuk · 1833/12/24
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Bernardo Sayago, Sindico actual del Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad y don Félix Lucido, vecino de la misma, dijeron que, con aprobación del Gobierno de este Estado, tiene acordada el mismo ayuntamiento, la contrata de alumbrado, de esta ciudad, con el nominado Lucido bajo las condiciones siguientes: 1.ª Que el alumbrado permanecerá toda la noche, desde el toque de las oraciones hasta el amanecer. 2.ª Que se ha de pagar al contratista 290 pesos mensuales por el puntual servicio del alumbrado. 3.ª Que esta contrata se fija por solo el término de tres años, que comenzarán a correr y a contarse desde el primer día del año próximo entrante de 1834. 4.ª Que, para el cumplimiento de lo términos, el contratista da por fiadores a los ciudadanos José María Rivera y Joaquín Lucido. Entre otras condiciones que se mencionan en el acta. Por tanto, los nominados Bernardo Sayago y don Félix Lucido, otorgan, el primero a nombre de la ilustre corporación a que pertenece y el segundo por sí, que será exactamente cumplida dicha contrata, como queda estipulado. Por otra parte, estando presentes, los nominados don José María Rivera y don Joaquín Lucido, ambos de esta vecindad, otorgan que se constituyen fiadores por don Félix Lucido.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0099 · Stuk · 1825/07/11
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Mariano Hernández y don José Joaquín Álvaro, síndico procurador y secretario del Ayuntamiento Constitucional del pueblo de Yzhuacan [Ixhuacán] de los Reyes, y comisionados por aquella corporación, otorgan poder especial al bachiller don Ramón María de Terán, vecino de esta villa, para que en nombre de la mencionada corporación, conteste y continué todos los trámites en el juzgado de primera instancia de este partido, el artículo que tiene intentado don Marcelino de Rugama contra dicho pueblo de Yzhuacan [Ixhuacán] y su anexo Santiago Ayahualulco sobre términos y linderos de sus terrenos, haciendo para tal efecto todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales que convengan.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0023 · Stuk · 1827/07/02
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Mariano Lagunes, síndico procurador del lugar de Nuestra Señora del Chico, en jurisdicción de este cantón, dijo que penetrados los vecinos y moradores de aquel distrito de los muchos y grandes beneficios que deben resultarles el que se constituya y erija en formal población el expresado lugar, han celebrado una junta precedida y autorizada por su alcalde constitucional don José Felipe Riveros, a la que concurrió la mayor parte de los individuos de que se compone en la actualidad, y en ella con toda la madurez y reflexiones de vida, discutieron largamente sobre tan interesante objeto; y considerando que para ello necesitaban de un individuo apto y capaz de desempeñarle, atendiendo a las recomendables circunstancias de don Juan de Quero, deliberaron todos de común acuerdo conferirle sus facultades y todo el poder bastante para impetrar de la superioridad esta merced y llevar a cabo el asunto hasta su perfecta conclusión, como todo se deja ver del documento dado por el enunciado Alcalde. Por lo que usando de las facultades que el vecindario le dio, otorga poder especial al citado Juan de Quero, para que por cuantas maneras le sean posibles, y en el modo y forma más conveniente, solicite del Honorable Congreso del Estado, Excelentísimo Señor Gobernador, Jefes de Departamento y de Cantón, la concesión de titularse formal y verdadero pueblo aquella reducción, y se le concedan todas las preminencias, franquicias y derechos que le son debidas; y al intento presente memoriales, suplicas, representaciones, escrito y escrituras que sean conducentes y favorables.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0081 · Stuk · 03/10/1820
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco González, de este comercio y vecindad, como síndico del concurso de acreedores formado a bienes de Valentín Luna, en esta Diputación Consular, dijo que en la almoneda celebrada en dicho tribunal para la enajenación de la casa y bienes del mencionado Luna, se remató en don José Antonio de Bárcena, para su hermana doña Manuela de Bárcena, mujer de Juan Bautista de Garaicoechea, a quien se le otorga en venta una casa de paredes de cal y piedra, situada en la primera cuadra de la Calle Real por donde hace su frente y del otro lado la boca del Callejón del Suspiro y casa esquina de los finados don Carlos Díaz y Herrero y don Domingo Franceschy, al sur linda con casa del finado Miguel Ignacio de Miranda, al oriente con la del finado don José de Arias y al poniente con otra que fue de don Mateo Badillo. La venta se hace en 6 225 pesos que por ella ha pagado, incluidos 1 000 pesos que debía a la Cofradía del Santísimo Sacramento, ya que entra en dicho valor.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0082 · Stuk · 04/10/1820
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco González, de esta vecindad, como Síndico del concurso formado en esta Diputación Consular, a bienes de Valentín Luna, dijo que en la junta de acreedores habida en dicho Tribunal el 12 de septiembre pasado, don José María Gutiérrez de Zamora, tiene la acción de 500 pesos que le entregó el deudor, valor de una casa, ubicada en el Callejón del Chorro del Poblano, cuya casa tiene hipotecada a favor de Ignacio Sánchez, vecino de Teocelo por mayor cantidad, quien le pagó dicha cantidad a Gutiérrez de Zamora, por lo que se otorga en venta a este último la mencionada casa de paredes, que hace su frente con dicho callejón y del otro lado casa de Juan Ladrón de Guevara, al norte linda con solar del presbítero José Alejandro de Campo, al oriente con solar de la viuda de Antonio Salado y al poniente son solar de Micaela Chávez; más otra casita ubicada en el mismo callejón. La venta se hace en 500 pesos la primera y de 44 pesos con 7 reales la segunda.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0069-PX_0069_0130 · Stuk · 23/08/1805
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Antonio de la Peña, Regidor Perpetuo y Alférez Real; don Carlos Díaz y Herrero, Alguacil Mayor; don Francisco Saenz de Santa María, don Diego Leño y el Licenciado don José María Durán, Regidores Llanos, con don José Fernández de Castañeda, don Santiago Sáinz Sarabia y don José Pérez de Llera, Diputados y Síndico Personero del Común, miembros del cabildo de esta Villa de Xalapa, por la presente se obligan a pagar la cantidad de 2,000 pesos a doña María Josefa Ladrón de Guevara, declarando que este capital con otros mayores que han solicitado imponer, son con el objeto de subvenir a las urgencias del ramo de abasto de carnes y hacer con ello las compras de ganados necesarios para el mejor éxito de la negociación, cuya cantidad se obligan a pagar en el término de 5 años a partir del día 7 del presente, así como también pagar los réditos del 5% anual, como seguridad de la deuda hipotecan todo el caudal, rentas y demás arbitrios de la referida negociación del abasto.