Lorenzo Fernández, vecino de la ciudad de Sevilla, carpintero, residente en esta provincia, dio su poder cumplido a Domingo Alonso, piloto [de navegación], y a Pedro González Hurtado, vecinos de la villa de Ayamonte, y a cualquiera de ellos, para que traigan a su mujer Ana María, hija de Esteban Sánchez Falconete y de María Mata, vecinos de Sevilla, y a sus hijos, en la primera flota que parta para la Nueva España, y hagan los fletamientos y demás requisitos necesarios que para ello llevan 200 pesos de oro común; en caso de que su esposa e hijos ya se hubieren venido, les dio poder para emplear los 200 pesos en mercaderías.
SEVILLA, CIUDAD DE
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El Capitán Don Cristóbal de Esquivel y Rivera, Alcalde Mayor de Jalapa, natural de la ciudad de Sevilla, dio su poder cumplido a José de Torres, Teniente de Alcalde Mayor de Jalapa, para que en su nombre haga y ordene su testamento con las mandas, cláusulas y disposiciones que le tiene comunicadas.
El Licenciado Miguel Pérez de Medina, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico en el Pueblo de Jalapa, dijo que habiendo otorgado poder a José Julio Lospillosi, Agente de Negocios en el Real y Supremo Consejo de Indias, y que otorgó otro poder a Diego Verdugo y Ávila, vecino de la Ciudad de Sevilla en los Reinos de Castilla, con revocación de dicho poder que se notificó y en su virtud don Diego Verdugo le otorgó poder a Pedro Foronda para que lo sustituyera, quien ya tiene noticia de todo lo referido por Diego Verdugo, por lo que ahora otorga su poder a éste, para que en su nombre continúe en la pretensión del censo de prebenda de una de las iglesias catedrales metropolitanas de la Ciudad de México o de la Puebla de los Ángeles.
Francisco Montero y Rivas, vecino del pueblo de Naolinco, otorga poder especial a doña María Agustina González, su hermana, vecina de la Ciudad de Sevilla, para que en su representación reciba y recaude las legítimas de herencia que dejaron sus padres Antonio de Rivas y doña Catalina Montero que por su muerte hubieran quedado, y que en cualquier manera le toquen en cualesquier bienes muebles y raíces.
El Doctor Agustín Sánchez de Ledezma, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Jalapa, otorga poder en primer lugar a Marcos Antonio de Verástegui, Agente de los Reales Consejos, en segundo a Pedro Guerrero, vecino de la Ciudad de Cádiz, y en tercer lugar a Francisco Soto Sánchez, vecino de Sevilla, a los 3 con igual poder y facultad, para que en su nombre parezcan ante el Rey y su Real Consejo de Indias y pidan se le haga cualquier merced.
Don Juan Pérez de Cosío, Diputado de Flota, residente en el pueblo de Jalapa, vecino de la Ciudad de Sevilla en los Reinos de Castilla, ratifica el poder para testar que le tiene otorgado a don Mateo González de Cosío, vecino y encomendero de la Nueva Ciudad de la Veracruz, a don Juan Pérez de Cosío y a don Juan de Recabado, vecino de la Ciudad de México, personas de su mayor confianza, pero estando en riesgo de fallecer en este lugar y no hallándose ninguna de las personas a las que otorgó poder, nombra como albacea al Capitán José del Camino, Alcalde Mayor de esta jurisdicción para que lo use en todo lo que se ofrezca.
Don José Bernardo de Ogal, vecino de la Ciudad de México, reconoce que debe y pagará a don Martín de Castellanos, vecino de la Ciudad de Sevilla, 2, 940 pesos escudos de oro común, y a don José Antonio de Gracia, de esa misma vecindad, 2, 500 pesos escudos de oro común; los primeros son del importe de las mercaderías que le dejó en confianza y que ya debía haber cubierto, pero le ha concedido la espera hasta las banderas subsecuentes, pagándole por ello el 8% de premio. Los 2, 500 son los mismos que José Antonio de Gracia ha suplido y prestado en reales a su satisfacción, de los cuales se da por entregado a su voluntad.
Don Antonio Ventura de Parga, vecino de la Ciudad de Sevilla en los Reinos de Castilla, residente en el pueblo de Jalapa, dijo que el poder que le confirió doña María Ignacia Leal Tirado, mujer legítima de don Francisco Bernal, para cobrar su legítima materna de don Sebastián Leal Tirado así también de su legítima paterna, lo sustituye en primer lugar en don Agustín Suárez, de esta misma vecindad, y en segundo lugar en don Nicolás Pérez, vecino del pueblo de San Juan de los Llanos, para todos los efectos en él contenidos con las mismas cláusulas y firmezas.
Andrés Francisco de Escudero, vecino de la Ciudad de Sevilla y Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción, dijeron que se están siguiendo pleitos sobre pesos y cuentas que tiene con Bartolomé Pereton, y porque los pleitos son costosos y sus fines dudosos, otorgan que comprometen dicho pleito en manos de José Antonio de Acosta y José Ramos, vecinos de este pueblo, por parte de dicho Andrés y en las del Capitán Bartolomé de Castro y el Capitán Manuel de Olmedo, por la del dicho Juan de Quiñones a los cuales nombran por jueces, árbitros y componedores.
Antonio López, vecino de este pueblo, otorga poder especial a Diego Francisco Upton de Fuentes, junto con Andrés Francisco de Escudero, vecinos de la Ciudad de Sevilla, para que comparezca ante el Rey y demás justicias, donde pidan se le otorgue cualquier Alcaldía Mayor, Corregimiento u otro Oficio en este reino.