Damián Carrera, estante en este pueblo, da su poder a Juan Carrera, su hermano, vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda [en los reinos de Castilla] para que pueda poseer y posea unas casas que le dejó su padre Bartolomé Carrera, difunto, las cuales ha tenido y poseído Simón Pérez, como tutor y curador de su persona y bienes.
Sanlúcar de Barrameda, Ciudad de
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Miguel Carrera, natural de Sanlúcar de Barrameda, hijo legítimo de Bartolomé Carrera y de Magdalena Martín, difuntos, otorga su testamento.
Carta de codicilo de Miguel Carrera, natural de Sanlúcar de Barrameda. Se citan a Juan Blanco y a Simón de Prado, vecinos de Orizaba, como albaceas testamentarias.
Don Fernando de Reina Morales, uno de los cargadores matriculados de la presente flota que vino al cargo del Señor Jefe de Escuadra don Joaquín de Villena, mostró una escritura otorgada por don Francisco de Barreda, vecino de Sevilla y del Comercio de España, hecha el 29 de noviembre de 1756, por la que se obliga a pagar a don Jacinto Mateo Hernández, vecino de la Ciudad de Sanlúcar de Barrameda, y en su nombre a dicho don Fernando en la ciudad de Veracruz, la cantidad de 531 pesos escudos de plata mexicana, que le suplió para la habilitación del viaje, cuya cantidad se da por entregada, por lo que cancela dicha escritura.
Cardeña, DiegoDon Diego de Vargas, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, Soldado de la Compañía de Caballos de Coraza del presidio de dicha ciudad, del Capitán don José Gaspar de Angulo y Valenzuela; como apoderado de don Felipe Vélez de Quintana, Presbítero, Capellán del navío nombrado Nuestra Señora del Rosario del Capitán don Eugenio Martínez de Rivas, surto en la isla de San Juan de Ulúa; y de don Rodrigo de Vargas, su tío, residente en dicha ciudad y vecino de Sanlúcar de Barrameda en los reinos de Castilla; otorga que ha recibido de don Clemente de Cabrera y Ceballos, residente en esta villa y vecino de la ciudad de Sevilla, los géneros que le habían entregado sus poderdantes al susodicho para que las llevara a beneficiar a la ciudad de los Ángeles por cuenta de éstos, cuyos géneros que recibe son los siguientes: 62 varas y media de encaje fino angosto; 133 varas menos tercia de cinta de raso de Sevilla, labrada, regulada en cinco piezas verde, amarilla, azul; una pieza de cinta de Sevilla negra de colonia con cabos blancos, con 17 varas y media; un librito de memorias guarnecido de plata; ocho imágenes doradas con sus relicarios; veintiocho cajitas de palo doradas; una imagen de Nuestra Señora de Belén, guarnecida de plata; una imagen del Pilar de Zaragoza, chica, de plata, sobre dorada; diecinueve sortijas de siete piedras falsas; tres pares de tijeras de despabilar con sus pies de metal; cinco vidrios de cristal con sus boquillas y cadenillas de plata; 24 pares de botones de piedras y plata; cuatro higas de coral; una muerte de coral; una cabeza de lo dicho; una caja de tripe azul, donde venían los botones; veintitrés papeles de lunares; cuatro cajas de hilo de muñequilla; doce papeles de alfileres; una caja de olores; siete guespiles [sic] de seda labrados finos de algodón; diez papeles de seda floja carmesí con 5 libras; 629 papeles de notura [sic]; diez pares de tijeras de Madrid; 5 libras de hilo del negrillo; 12 docenas y nueve tijeras de Barcelona; entre otros géneros que se mencionan, por lo cual otorga carta de pago y recibo en forma.
Acosta, Jerónimo deDoña Francisca de Vieyra y Sousa, natural de Sanlúcar de Barrameda, vecina de la Ciudad de Veracruz, con testamento otorgado el 10 de octubre de 1804, añade a él por vía de codicilio, a la cláusula tercera referente a los encargos que le dejó su difunto hermano don Juan de Vieyra y Sousa, que la capellanía que se ha de fundar con el principal de 2 000 pesos, se deberán imponer en finca segura en este suelo o donde pareciere a sus albaceas, la cual deberá recaer siempre en sujeto pobre, virtuoso y de buena conducta. Y si por falta del principal completo su capellanía no pueda ordenarse, nombra por patrón de ella a su albacea, don Manuel Antonio del Valle, quien precisamente deberá hacer la primera fundación y nombrar por primer capellán al que le pareciere. Y en el caso de no querer continuar con el patronato, nombrarán a la Venerable Mesa de la Orden Tercera de Penitenciaria de esta Villa, y recayendo en ella, nombraría ésta en lo sucesivo al capellán que deba sostenerla, el cual deberá no estar ordenado de presbítero y que no lo hagan por falta de capellanía, pues teniendo ésta no se les aplicará la que se ha de fundar, prefiriendo a cualesquiera de la línea sanguínea de su hermano don Juan de Vieyra y Sousa.
Bello, José MarianoEl Capitán don José de Arias, vecino de esta Villa, y don Pedro López Gómez de Herrera, originario de Sanlúcar de Barrameda en los Reinos de Castilla, declaran que hacen disolución de una compañía celebrada en 1782 sobre el ingenio San Pedro Buena Vista (alias Orduña) y de otras tierras. Acordaron que ni uno ni otro pueden en ningún tiempo demandar, con sus bienes habidos y por haber, renunciando respectivamente cualquier derecho y acciones que tengan o puedan tener. Para ello el citado don Pedro López recibe del ingenio de la Orduña sus tierras, casas, siembras, oficinas, aperos y reconoce el pago de 45 500 pesos de hipoteca, libre de toda obligación a dicho señor Arias. Por su parte, don José de Arias queda en posesión y propiedad del Potrero y sitio de Zimpizahua, libre de todo cargo, bajo los linderos del campo de caña nombrado San Fabián, correspondiente al ingenio de la Orduña.
Cardeña, Juan FranciscoPedro Suárez, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Pedro Suárez, difunto, y de Francisca Tomasina, vecinos de Sanlúcar de Barrameda, en los Reinos de Castilla, dijo que por fin y muerte de su padre le tocan y pertenecen algunos bienes por herencia, asimismo, cuando su madre fallezca también le tocaran por herencia otros bienes, y en atención a no tener hijos y hallarse con bienes suficientes para su congrua sustentación, no necesitando de dichas herencias y estando como está Luisa Suárez, su hermana, mujer legítima de Francisco de Ojeda, vecinos de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda, pobre, con hijos y otras obligaciones, hace gracia y donación a su hermana de todos los bienes muebles, raíces y semovientes que le pertenecen por dichas herencias.
Gómez, Domingo AntonioDon Miguel Sánchez Méndez, natural de Sanlúcar de Barrameda en los Reinos de Castilla, vecino de la Ciudad de México y residente en este pueblo de Jalapa, viudo de doña Petra Galiano, e hijo legítimo de don Cristóbal Sánchez y doña María Méndez, dijo tiene tratado contraer matrimonio con doña Juana de Salas, española doncella, vecina de este pueblo hija de don Juan García de Salas y de doña Atanasia Ortiz, por lo que es su voluntad dotarla en honra a su virginidad y limpieza con la cantidad de 1, 000 pesos, mismos que se obliga a tener en su poder el otorgante.
Sánchez Pereyra, Diego JoséAgustín Ruiz de Villanueva, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto en la cárcel pública de ella está preso Joseph [José] Rodríguez, por cantidad de 160 pesos de oro común que le está debiendo a [Juan] Roballo, vecino de la ciudad de Sanlúcar de Barrameda de los Reinos de Castilla, residente en esta villa, quien le ha pedido salga como su fiador; por lo que a través de la presente se obliga de dar y pagar a Roballo, dentro de veinte meses, que empiezan a contarse desde hoy día de la fecha en adelante, a cuya firmeza obliga su persona y bienes habidos y por haber.
Maldonado, Juan