Juan Gómez Dávila, Manuel Gómez Dávila y doña María de Olaso y Salgado, viuda de José Gómez Dávila, vecino que fue de esta villa de Córdoba, todos vecinos de ella y albaceas testamentarios y fideicomisarios nombrados por José Gómez Dávila en cláusula de poder que otorgó en esta villa el 22 de noviembre de 1702; en virtud de dicho poder ordenan su testamento en la manera siguiente: Declaran que José Gómez Dávila falleció en esta villa el 27 de noviembre de 1702 y su cuerpo sepultado en la iglesia parroquial de esta villa. Dijeron que el difunto ordenó se dieran 100 pesos para la fábrica material de la iglesia parroquial de esa villa y 100 pesos para el convento de San Antonio de esta villa. Declaran que el difunto contrajo primeras nupcias con doña María de Leiva Esparragosa, con quien procreó a Catalina de San José, Religiosa Profesa en el convento de Santa Clara de la ciudad de la Puebla; a José Gómez, de diecisiete años; a Juana María, niña de trece años, que también está en dicho convento; a María Teresa, de once años. Asimismo, declaran que estuvo casado por segundas nupcias con María de Olaso y Salgado, con quien procreó a Diego, de cuatro años, y a Ciprián Francisco, de catorce meses. Declaran que dicho difunto quedó a deber 300 pesos al Señor Marqués de la Colina; 656 pesos a la santa iglesia catedral de la ciudad de Puebla, de los diezmos de la de hacer azúcar que tuvo; a Manuel de Santayana, vecino de Orizaba; las alcabalas que causó la venta del trapiche de beneficio de hacer azúcar nombrado San José; entre otras deudas que se mencionan. Declaran que el difunto tenía vendido al Capitán don José Amaro Bocarando seis esclavos, de los cuales no le entregó escritura ni recibo de venta. Asimismo, el difunto tenía vendida al Secretario Juan de Espinosa, la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrado San José, en cantidad de 26 000, de la cual no le había hecho escritura y de cuya cantidad había recibido en diferentes partidas 11 000 pesos poco más o menos, y el resto lo pagaría Espinoza de la siguiente manera: 3 000 pesos al convento de Santa Clara por la dote de su hija Catalina de San José; 1 400 al Capitán don Lucas de Acosta, Factor de Asiento de Negros, por los esclavos que le compró; y 3 690 pesos quedaran impuestos sobre dicha hacienda a censo redimible a favor de varias obras; y los 6 000 pesos restantes los pagaría dicho Espinoza en plazos de 2 000 pesos cada año. También les comunicó de un censo a su favor, con el principal de 1 000 pesos cargados sobre la hacienda que quedó por bienes de Pedro García de Meza, del cual le deben los réditos de año y medio. Declaran sobre el valor de una casa en el pueblo de Orizaba, el difunto fundó una capellanía de misas rezadas de 3 000 pesos de principal por su alma, de la cual nombró por capellán propietario al Bachiller don José de Olaso, estudiante del colegio de San Juan de la ciudad de los Ángeles. Los otorgantes se nombran albaceas como consta en dicho poder para testar. Y nombran como herederos a los hijos del primer y segundo matrimonio. Y por tutor y curador ad bona de los hijos menores a Juan Gómez Dávila. Y el remanente que quedase del quinto de sus bienes y de todos que importare, se le den los réditos a Catalina de San José y por su fallecimiento deberán entrar al tronco y participación de los demás hijos del difunto.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICORELIGIOSAS
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El Regidor Francisco Valero de Grageda [Grajeda], hijo del Alférez Mayor Juan García Valero y de doña Josepha [Josefa] de Grageda [Grajeda], vecino de esta villa y natural de la ciudad de los Ángeles, otorga poder al Doctor Joseph [José] Valero [de] Grageda [Grajeda], Cura por Su Majestad de esta villa, y al Licenciado Juan Valero [Grajeda], sus hermanos, para que hagan y ordenen su testamento con el número de mandas, legados, disposiciones, cláusulas y condiciones, conforme a lo que les tiene comunicado. Por otra parte, señala que cuando fallezca sea sepultado en la parroquia de esta villa [roto]. Declara que fue casado con doña Teresa Ximenes [Teresa Jiménez Blanco] que llevó al matrimonio [6 000 pesos], durante el matrimonio procrearon a la Madre Cathalina [Catalina] de San Francisco [Valero Blanco], Religiosa del convento de [San Gerónimo] de la ciudad de los Ángeles]; a don Joseph [José] y a don Juan Valero que están en edad pupilar; y disuelto dicho matrimonio pasó a segundas nupcias con doña Beatriz de Estrada [y Espinosa], quien llevó a su poder 2 000 pesos, con ella procreó a Isabel y a Francisco. Nombra por albaceas testamentarios a los dichos sus hermanos Joseph [José] Valero [Grajeda] y al Licenciado Juan Valero [Grajeda]; y por sus herederos nombra a la Madre Cathalina [Catalina] de San Francisco, don Joseph [José], don Juan, doña Isabel y Francisco Valero. Por último nombra por tutor y curador de los bienes y personas de sus hijos a Miguel Valero [Grajeda], su hermano.
JUAN MALDONADO, ALCALDE ORDINARIODon Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; Don Diego Valero Grajeda y don Juan Valero Grajeda, Regidores por Su Majestad de esta villa de Córdoba; otorgan que dan poder general al Doctor don José Valero Grajeda, hermano de Miguel y Diego y tío de Juan, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de Guaxaca [Oaxaca], su Provisor y Vicario General, para que en su nombre pueda buscar a su crédito de las personas, conventos, monasterios y obras pías que quieran dar hasta en cantidad de 3 000 pesos, los cuales los obligue como principales o fiadores a que darán y pagarán en la fecha que ajuste. Dicha cantidad es para la dote de Isabel de San Juan, sobrina de Miguel y Diego y hermana de Juan, religiosa novicia en el convento de San Jerónimo de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, hija legítima de Francisco Valero y doña Beatriz de Estrada, difuntos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJuan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto Juan de Miranda y Leiva, vecino que fue de esta villa, otorgó escritura de venta a favor de Pedro García de Meza, su suegro, vecinos que fueron de esta villa, de una hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción en el paraje que llaman la Piedra Gorda, en cantidad 5 000 pesos, los 1 300 que quedaron impuestos a censo redimible sobre dicha hacienda, otros 1 000 a favor de don José Gómez Dávila y los 300 a favor de los herederos de doña Ana González de Velilla Blanco y la restante cantidad [roto] a diferentes plazos. Asimismo, declara que por remate público le fue otorgada la citada hacienda con el cargo de dichos censos y los 1 000 pesos en la hijuela de partición que se hizo de los bienes que quedaron del Regidor don José Gómez Dávila, los cuales le tocaron a la Madre Catalina de San José, Religiosa Profesa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, cuyos réditos ha pagado a don Juan Gómez Dávila, tío de la dicha religiosa y albacea que fue del difunto. Por otra parte, señala que Juan Gómez Dávila le ha solicitado otorgue reconocimiento del censo, por lo que en aquella vía y forma otorga que reconoce como dueño de los 1 000 pesos a la Madre Catalina de San José y se obliga de pagar los réditos desde hoy día de la fecha.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOJosé de Olaso y Salgado, poderhabiente de la Madre Catalina de San José, Religiosa Profesa de Velo y Coro del convento de [ilegible] de la ciudad de los Ángeles, exhibió una escritura otorgada por el Capitán don Juan Gómez Dávila, difunto, vecino que fue de esta villa, dueño de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, de traspaso de censo de 1 000 pesos de principal a favor de dicha religiosa, los cuales tenía sobre su casa que poseía en esta villa, y porque la tenía muy deteriorada y para tenerlos más asegurados los traspasó sobre su hacienda Santa Teresa y en el ínterin que no los redimiera se obligó y obligó a sus herederos a pagar sus réditos a la dicha Madre Catalina, y para que conste hace el presente registro. La escritura fue otorgada el 22 de mayo de este presente año.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon José de Olaso y Salgado, curador ad lítem de doña Juana María y doña María Teresa Gómez Dávila, recluidas en el convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, hijas y herederas del Regidor don José Gómez Dávila, difunto, exhibió una escritura de reconocimiento de 2 500 pesos que otorgó don Diego de Altamirano, vecino de esta villa, a los 12 de febrero de este presente año, dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar, por la cual consta y parece habérsele rematado en Manuel Francisco de Urquía, una casa de piedra y madera, cubierta de teja, y medio solar eriazo, que quedó por bienes del Regidor don José Gómez Dávila, difunto, en 3 000 pesos, los 500 de contado para el vestuario de dichas menores y los 2 500 pesos restantes que quedaron sobre dicha casa a favor de las citadas herederas, para seguridad del principal hipotecó dicha casa y su hacienda, y para que conste dicha escritura la firmó.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Lope Antonio de Iribas, Regidor de esta villa por Su Majestad y Depositario General, exhibió una escritura de obligación otorgada por el Capitán don Miguel de Guevara, vecino y del comercio de la Nobilísima ciudad de los Ángeles, en nombre y con poder de dicho Lope y de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su esposa, por la cantidad de 25 000 pesos de principal a favor de la obra pía que para dote de religiosas fundó el Señor Maestre de escuela don Diego Peláez Sánchez, para pagarlos dentro de nueve años y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento en cada un año, para cuyo seguro obligó el dicho Capitán don Miguel de Guevara generalmente los bienes de sus partes e hipoteca especial y expresamente dos haciendas del beneficio de hacer azúcar que en esta jurisdicción poseen ambos, una nombrada San Joseph [José] de Omealca perteneciente a dicho don Lope y de cuya venta procede este débito; y la otra nombrada San Miguel Guegueapa [Huehueapa] perteneciente a doña Agustina; siendo de advertir que estos réditos se han de pagar adelantados; y de su pedimento puso este registro en el libro del becerro.
FRANCISCO ESTÉVEZ, JUEZ RECEPTOREl Teniente de Infantería española don José Mateos Navarro, vecino de esta villa, en nombre del Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, vecino y labrador en provincia de la ciudad de Tehuacán, registró una escritura otorgada por don Juan de Briones, dueño de la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Teresa y Panzacola, que se halla en esta jurisdicción, por la cual parece que dicho don Juan de Briones se obligó a pagar a dicho Capitán don Francisco de Meza y Mendoza 1 000 pesos de oro común, por los mismos que por hacerle buena obra le había prestado en reales de contado y para asegurar el pago hipotecó la dicha hacienda, la cual está grabada a 1 000 pesos de censo redimible en favor de la Reverenda Madre Catalina de San José, Religiosa Profesa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles [roto].
BERNARDINO DE TOVAR Y SOTELO, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODomingo Mucio, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Señor San José [alias Panzacola], en jurisdicción de esta villa, dijo deber al Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario de esta villa y Juez Eclesiástico, 1 470 pesos de oro común, los cuales dicho cura tiene destinados para la dote de su sobrina doña Josefa de Origuela, niña doncella, novicia del convento de la Santísima Trinidad. Y por cuanto Mucio no ha podido pagar dicha cantidad por los gastos que ha hecho para poner al corriente a su hacienda y por el poco precio que ha tenido el azúcar. Y para que no se detenga la profesión de dicha novicia, ha suplicado al Ilustrísimo Señor don Pedro de Nogales Dávila, del Consejo de Su Majestad, Obispo de dicha ciudad, se sirva mandar un plazo para el entero pago de dicha cantidad y réditos, con obligación de pago a favor de dicho convento. Y por cuanto dicho Señor Obispo ha decretado el plazo de un año para el pago del principal, por la presente, Domingo Mucio, se obliga a pagar al convento de señoras religiosas de la Santísima Trinidad de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, la cantidad de 1 470 pesos de oro común en reales dentro de un año a partir de esta fecha y con hipoteca de su hacienda.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad; don Nicolás Rodríguez Dávila, Capitán de una de las compañías milicianas española de ella; y el Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; otorgan poder especial al Alférez don José Gómez Dávila, residente en la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa, para que en sus nombres los obligue como sus fiadores en la compra del trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrado San José de Omealca, hasta en cantidad de 31 000 ciento y más pesos y obligándolos al reconocimiento de ellos, quedando sobre dicho trapiche impuestos a favor del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles y Maestrescuela de ella. Para seguridad de dicho débito, don Antonio de Leiva hipoteca su hacienda nombrada San Juan Bautista que posee en esta villa y vale más de 28 000 pesos, sobre la cual tiene 2 000 pesos de censo a favor de la Madre Gertrudis de San Miguel, su hermana, Religiosa del convento de Santa Clara de dicha ciudad, cuya hacienda linda por un lado con tierras del Regidor don Francisco de Aguilar y por otro lado con tierras del Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, y por el frente y fondo con tierras de los propios de esta villa; don Nicolás Rodríguez hipoteca su hacienda nombrada San José que vale más de 30 000 pesos, sobre la cual están 2 000 pesos de capellanía favor del Bachiller don Nicolás de Barrios, Presbítero, y como 4 000 pesos de algunas hipotecas, cuya hacienda linda por un lado con tierras del Tesorero don Amaro José Bocarando, por otro lado con tierras del Capitán don Manuel Gómez Dávila, y hace frente con la sierra de Tepexilotepeq [Tepexilotepec]; y Juan de los Santos hipoteca su hacienda nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora que vale más de 30 000 pesos, sobre la cual están como 17 000 pesos de principal a favor de diferentes censualistas, y se compone de cinco sitios y 6 caballerías de tierra, linda por una parte con tierras del pueblo de San Francisco Chocamán, y por otro lado con tierras de esta villa, el río de Metlac y el de Tlapa [Tleapa].
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO