Don Antonio Sobrevilla, Reconocedor General de la Real Renta del Tabaco de ésta, en nombre de don Antonio de Sesma, vecino de Orizaba, hizo exhibición de una copia testimoniada de varias diligencias practicadas sobre el particular de la escritura también inserta en ella, para que se registren en este libro, de la que consta que, en la ciudad de los Ángeles en 24 de septiembre del próximo pasado, don Antonio de Sesma necesitando de 21 000 pesos para el giro de su comercio y aumentar el valor de sus tierra y solares, que por suyos propios posee del [vínculo] del Marquesado de Sierra Nevada, situadas en las jurisdicciones de dicha villa; y noticioso de que las arcas del convento de religiosas de la Santísima Trinidad existía crecida cantidad perteneciente a tres [roto] de las reverendas Madres María Antonia de los Dolores, Bárbara de los Corazones de Jesús y María y María Joaquina del Loreto, hermanas, Religiosas de Velo y Coro en dicho convento; presentó memorial ante el obispo para que sirviese mandar a entregar la dicha cantidad por cinco año y durante ellos sus réditos de 4 por ciento con hipoteca de sus bienes; y dicha solicitud fue admitida y se le mandó librar al citado Antonio, con especial hipoteca de las tierras que posee y de dos solares uno en Orizaba y el otro en San Andrés Chalchicomula. Por lo que, dicho Antonio de Sesma se obligó a pagar la cantidad a las referidas madres en el referido tiempo, y para su seguro hipotecó los citados solares y las tierras situadas en la jurisdicción de Orizaba, las cuales están compuestas de ocho sitios, conocidos los cuatro por el Golfo y Volcán en que se contienen los parajes Guilotla [Huilotla], el Jacale, el Rodeo Viejo, el Comedero Nuevo, la Perla, Oxocotlán, el Chico y el Grande, el Golfo, las Pilas, la barranca de Mala Cara y Tlacotlale; otros dos sitios nombrados Xochitepec y la Lagunilla, y la dos dichas caballerías restantes se hallan en las inmediaciones de Orizaba en el paraje que llaman Tlachichilco, y que dicha hipoteca la hace sin que se le impida vender, censare, gravar ni enajenar las fincas.
Zonder titelRELIGIOSAS
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Don Lope Antonio de Iribas, Capitán de una las Compañías Milicianas Españolas de esta villa de Córdoba, vecino de ella, dueño de haciendas de hacer azúcar en la jurisdicción de esta villa, otorga que se obliga de dar y pagar a doña Juana Sánchez Solano, niña doncella que se halla en el convento de la Santísima Trinidad de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para tomar el hábito de religiosa, hija legítima de Jerónimo Sánchez Solano, difunto, y de doña Sebastiana Mayorga Cervantes, vecina de dicha ciudad de los Ángeles, y en caso de no ser religiosa para cualquiera de sus hermanas, la que primero se inclinare a ser religiosa, por quien de ella fuera parte legítima, a saber 2 000 pesos de oro común, los mismo que le suplió don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado, Vicario Foráneo, Juez Eclesiástico, y Comisario de la Santa Cruzada en esta villa de Córdoba, tío de la citada Juana, de que se da por contento y entregado; y para seguridad del principal hipoteca una hacienda nombrada San Joseph [José].
Zonder titelAntonio de Olivera, vecino de esta villa de Córdoba y natural del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec] de esta jurisdicción, hijo legítimo de Simón de Olivera y de Petrona Gómez, difuntos, otorga poder a Ana Franco de Guzmán, su mujer, y a Luis y Julián Gómez, sus hijos y yernos, para que después de su fallecimiento hagan y ordenen su testamento como se los tiene comunicado. Declara que hace veinticinco años más o menos contrajo matrimonio con la dicha Ana Franco de Guzmán, quien trajo de dote 100 pesos en reales y un solar, y él tenía como 700 pesos de caudal. Declara haber procreado con Ana Franco a Antonia, de veinte años, mujer de Luis Gómez; Gertrudis, de dieciséis años, mujer de Julián Gómez; Rafael, de catorce años; José, de ocho años; y Miguel, de seis años. Declara que la Madre [Rosa] de San Miguel [mandó se le diesen] a su hija Antonia 200 pesos, los cuales paran en su poder y manda se le entreguen de sus bienes. Nombra por albaceas a Ana Franco de Guzmán, su mujer, y a Luis y Julián Gómez; y por tenedora de sus bienes a dicha su mujer, asimismo, la nombra tutora y curadora ad bona de sus menores hijos y sus bienes. Nombra como herederos universales a sus hijos. Fueron testigos Tomás Gómez, Manuel Francisco de Urquía y don Francisco Anzalón, maestro de cirujano.
Zonder titelEl Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y Vicario de la parcialidad del pueblo de Santiago Guatusco [Huatusco] de la doctrina de esta villa de Córdoba, dijo que como hijo de don Gregorio García de Zepeda y de doña Agustina Ladrón de Guevara, tiene como hermana a Isabel García de Zepeda, quien se halla en ánimo de tomar estado de religiosa y deseoso de que lo consiga y que por falta de dote no deje de lograr tan buen empleo, ha resuelto renunciar en la susodicha la parte hereditaria que le corresponde por muerte de sus padres, para que la utilice para el fin del estado que pretende y de no conseguirlo se entienda dicha renuncia por iguales partes entre la susodicha doña Micaela y doña María García de Zepeda, asimismo sus hermanas.
José Antonio de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre del Capitán Juan de los Santos Cubillos, su difunto padre, y en virtud del poder que para testar otorgó su padre a doña María Margarita de Rojas, su mujer y madre del otorgante, y en el cual nombró también al otorgante como albacea en concurso con dicha su madre. En cuya virtud dijo que habiendo fallecido su padre el día 10 de marzo del presente año, y estando impedida por enfermedad la dicha su madre, en conformidad de ella presentó poder y pidió, como tal albacea, se le concediese licencia para hacer inventario y avalúo de bienes y otorgar el citado testamento, la cual le fue concedida. Por lo que otorga testamento en la forma siguiente: Declara su padre fue amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa delante de la capilla de la Benditas Ánimas del Purgatorio. Declara debía al Capitán don Lope Antonio de Iribas su compadre, la cantidad de 5 000 pesos, 1 500 de ellos de venta que le hizo el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa al difunto del trapiche nombrado a Pura y Limpia Concepción, alías Acatengo, cantidad que el Capitán Leiva debía al Capitán don Lope que para poder pagárselos vendió a su padre dicha hacienda; 700 pesos que el Capitán don Lope Antonio de Iribas prestó a su padre para pagar una casa que compró de doña Marina Gómez Dávila; y los 2 800 pesos restantes, cumplimiento a los 5 000 pesos, que el Capitán don Lope Antonio de Iribas suplió a dicho su padre para avío de la hacienda después de que la compró del Capitán don Antonio de Leiva. También estaban cargados sobre la hacienda 1 000 pesos de principal a favor del convento del Señor San Antonio de esta villa, de los que se deben 50 pesos de réditos. Otros 1 000 de principal a favor del convento de Santa Clara de la ciudad de Los Ángeles. Asimismo, tenía cargados 6 000 pesos sobre la hacienda de principal, los 3 000 de una capellanía a favor de doña Nicolasa del Monge y Mendoza, difunta, y los otros 3 000 pesos a favor de don Hipólito del Castillo de Altra. Sobre el trapiche 2 000 pesos de principal a favor de don Francisco Javier de Rivadeneira, uno de los hijos y herederos de don Gaspar Carlos de Rivadeneira, difunto. Tenía las deudas siguientes: con las hijas y herederas del Regidor José Gómez Dávila, religiosas del convento de Santa Clara, la cantidad de 1 100 pesos procedidos de tres esclavos que le vendió el Capitán don Lope Antonio de Iribas, cuya cantidad cargó sobre la hacienda; a los bienes y herederos del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Maestrescuela que fue de la iglesia catedral, 9 000 pesos procedidos de la hacienda nombrada Tlacotengo que le compró el difunto; a doña Inés María de Serrano y Perea, viuda del Pagador don Juan de Buendía, difunto, resto de una escritura 2 357 pesos de principal con hipoteca de la hacienda. Tenía situados y cargados sobre la casa de su morada 345 pesos de principal al redimir a favor de la cofradía del Santísimo Sacramento sita en la parroquia de esta villa, procedidos del valor de un negro. El difunto tenía cuenta con el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, con el Alférez don José Gómez, con el Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, con Antonio Millán Quijada, su compadre, y otras cuentas con diferentes personas por diferentes cantidades que se menciona en esta escritura. Al difunto le debían algunas personas por arrendamiento de tierras en que tienen sus ranchos. Fue albacea del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, en compañía de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, del que tenía cumplido su testamento. El difunto dejó comunicado que el Regidor don Miguel de Leiva había sido albacea junto con Antonio de Olivera, de Nicolás de Olivera, difunto, y en su testamento don Miguel de Leiva encargó se cumpliera el testamento de Nicolás; y el dicho su padre usó de uno y otro albaceazgo de que hubo litigio con el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís sobre la cobranza de los 30 000 y más pesos del resto de los 55 000 pesos que dio por la hacienda de trapiche nombrada San Francisco de las Mesillas que quedó por bienes de Nicolás de Olivera que habiéndose ajustado la cuenta general, el difunto resultó de alcance de resto líquido 1 556 pesos 3 reales y medio de los cuales recibió el difunto 1 318 pesos, y quedó restando al alguacil mayor hasta el día de hoy 238 pesos 3 reales y medio. Don Juan fue casado con doña María Margarita de Rojas, procrearon al otorgante, José Antonio de los Santos Cubillos, que al presente es de más de 25 años; a Luis Fernando Cubillos; doña Beatriz Cubillos de Granados, mujer del Alférez don José Gómez Dávila; y a Juan Feliciano Cubillos. Declara por bienes de su padre la hacienda nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora, alías Acatengo, y la otra nombrada Nuestra Señora de Guía, alías Tlacotengo, que esta eriaza. Y por poder para testar que tiene el otorgante, señaló que se nombra por tenedor de bienes y heredero junto con Luis Fernando Cubillos, Juan Feliciano Cubillos y doña Beatriz Cubillos de Granados, que ya tiene recibida su dote.
Zonder titelDon Miguel García de Monzaval, don Joaquín José, don Alonso Gómez Dávila y doña Josefa de Pedraza, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre del Capitán don Juan Gómez Dávila, difunto, en virtud del poder para testar que les otorgó, el cual usan para señalar su testamento en la forma siguiente: Declaran fue sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco. Mandó se diesen 50 pesos de sus bienes para que se repartan entre las cofradías de esta villa, que son: el Santísimo Sacramento, Nuestra Señora de la Concepción, Señor San José, el Santo Cristo, Jesús Nazareno, Nuestra Señora de la Soledad, Nuestra Señora de Guadalupe, Tercera Orden de Penitencia y Nuestra Señora del Rosario. También, les comunicó el difunto que habiendo otros hermanos que apoyen y se fervoricen a hacer algún altar al Señor San Joaquín y Santa [roto] Ana en la parroquia de esta villa, se saque de sus bienes la cantidad que faltare para el cumplimiento de dicho altar, y en él pidió y suplicó se coloque la imagen del Señor San Nicolás, donde permanezca perpetuamente. Mandó se le den 500 pesos a doña Gertrudis Gómez Dávila, su sobrina, hija de su hermano Alonso Gómez Dávila, mismos que están prontos a entregarle por haber contraído matrimonio con don Miguel García de Monzaval. Ordenó que del remanente de sus bienes se impusiese una capellanía de 3 000 pesos de principal y como capellanes a Alonso, a Ventura José y a Nicolás Gómez Dávila y a falta de estos a los parientes más cercanos, y nombró por patrona de la capellanía a doña Josefa de Pedraza, por capellán interino al Bachiller don Juan Gómez Dávila, Presbítero, su sobrino, y en caso de que en el quinto de sus bienes no quepan los 3 000 pesos, se saquen 150 pesos y con ellos se compren hasta donde alcanzare unos mantos, y que éstos se [repartan] entre pobres de esta villa. Mandó se den 100 pesos para que se le entreguen a Josefa hija de Clemente José Hidalgo, difunto, en el ínterin que no tome estado se les entreguen a sus albaceas, cantidad que es en cuenta de 1 000 pesos que le habían ofrecido a Francisca Gómez, su madre, a quien ya le había entregado 900 pesos. El difunto mandó se paguen 50 pesos a Juan de Orantes por concepto de un solar que le compró hace 10 años. Dicho difunto tenía deudas con el Bachiller don Esteban Lambert, Nicolás de Leiva, el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís y otros más que se mencionan en esta escritura, las cuales mandó se paguen de sus bienes; y a él le debían don Lope Antonio de Iribas, Nicolás Campos y Pedro Zacarías, manda se les cobre. También, les comunicó fue albacea del Regidor don José Gómez Dávila y dentro de sus bienes quedó un negro nombrado José, Congo, que vendió al Capitán Manuel de Rosas en cantidad de 300 pesos, mismos que mandó se entreguen a sus hijos don Diego y don Ciprian; y estando en dicho cargo algunos vecinos le quedaron debiendo cantidades de pesos que constan por autos e inventarios, y de las diligencias que hizo entregó algunos pesos a los herederos del regidor, y aunque se había hecho cargo de todo el caudal en las aplicaciones y partes que les tocaba a los susodichos, les comunicó que del caudal le debían 2 500 pesos [roto] que el Alférez José Gómez Dávila, su sobrino, a quien se le aplicaron en las casas de su morada, y habiéndolos necesitado el dicho su sobrino, él se los dio de su propio caudal, y los otros 1 500 pesos fueron por la venta que como tal albacea hizo con doña Micaela Ramos, del potrero que llaman El Novillero, pero salió que por el precio del novillero estaba mal vendido, y así Juan Gómez devolvió los 1 500 pesos de su propio caudal, mismos que manda se rebajen a los menores de dicho su hermano. El difunto les comunicó tenía poder para testar de doña Marina Gómez Dávila, su difunta hermana, cargo que usó para administrar todos sus bienes y especialmente la hacienda nombrada Señor San Joseph [José], que quedó por bienes del Capitán don Juan Rodríguez Durán, de lo cual ajustó y liquidó todas las cuentas y salió alcanzado [roto] por mano del Sargento Agustín de Villavicencio, quien ajustó y asistió a las cuentas, mismas que dejó en manos de la susodicha, y fue su voluntad se cobrase la cantidad de sus albaceas y herederos, rebajándosele un cofre pequeño viejo que tenía dado al Capitán Nicolás Rodríguez, que importó 150 pesos, asimismo, el valor de 80 arrobas de azúcar que de orden de dicho difunto remitió a la Nueva ciudad de la Veracruz, cuya venta fue a 11 reales arroba. El difunto señaló se debían 300 pesos de los bienes del Regidor don José Gómez Dávila a doña María de Olaso y Salgado. Asimismo, mandó se saquen de sus bienes 300 pesos, de los que hace manda a doña Catalina Muñoz de Pedraza, hija del Alférez Antonio Muñoz de Anaya y de doña Ana de Pedraza, y mujer de don Juan de [Meza] y Ascanio, Alcalde la Antigua Veracruz [roto]. El difunto tenía sobre la hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada Santa Theresa [Teresa] [roto] de principal a favor de la Madre Catalina, hija del Regidor don Juan Gómez Dávila, reclusa en el convento de Santa Clara de la ciudad de la Puebla. También les comunicó, que el Regidor don José Gómez Dávila, difunto, fue albacea del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera, y tutor y curador de sus menores hijos y herederos, cuyo cargo recayó en él, y entró en su poder unas tierras que están en el pago de Tlacomulco, cuyo valor Juan Gómez tiene satisfecho a los herederos de Juan de Soto, y después apareció otro dueño reclamando derechos sobre dichas tierras en virtud de títulos que él volvió a comprar, y mandó que la cantidad que tenía suplida a los herederos de Soto se cobre de sus bienes. Por bienes del difunto, los otorgantes declaran la hacienda nombrada Santa Theresa [Teresa] en el pago de Tlacomulco que se compone de 21 caballerías de tierra y sobre éstas un censo a favor del Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, vecino de la Puebla. Y usando del poder para testar, señalan que se constituyen albaceas. Del remanente de sus bienes nombran por herederos a Alonso, doña Ana María, Ventura José y Juan Gómez Dávila, sus hijos; y nombran a doña Josefa de Pedraza por tenedora de bienes, tutora y curadora de sus personas y bienes.
Zonder titelDon Lope de Yribas [Iribas], natural del lugar de Artarcos en el Reino de Navarra y vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de don Juan Martín de Yribas [Iribas] Yrursum [Yrurzum] y de doña María de Yvero [Ibero], difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara haber estado casado con doña Ana González de Belilla Blanco, difunta, a cuyo matrimonio ninguno de los dos llevaba capital alguno, hasta que el tío de su mujer, el Capitán Nicolás Blanco, falleció y la dejó como heredera universal de todos sus bienes. Declara haber procreado con su esposa a Fermín, que murió a los cuatro años de edad, y a Lope Antonio de Yribas [Iribas], de catorce a quince años de edad. Declara que su esposa estuvo casada en primeras nupcias con don Antonio Sentís [de Ojeda] y que de dicho matrimonio procrearon a Joseph [José], difunto, y a Antonia de San Nicolás [roto] Religiosa profesa [roto] en la ciudad de los Ángeles. Dijo que como albacea de su mujer ha administrado y corrido con la hacienda de trapiche de beneficio de hacer azúcar nombrada San Miguel Asesenatl [Azezenatl]; con unas tierras nombradas Tocuila, de la otra banda de la barranca de Chocamán; y un sitio de ganado menor en el paraje nombrado Mazapa. Declara por bienes la casa que sirve de convento a los religiosos descalzos de la orden de San Diego en esta villa, mientras se acaba de construir el convento nuevo. Declara tener dado en administración a Juan García del Castillo, la dicha hacienda de San Miguel Asesenatl [Azezenatl], por tiempo de ocho años a partir del 10 de septiembre de 1696. Nombra como albaceas a Juan García del Castillo y al secretario Juan Godínez [Maldonado], vecino de la ciudad de los Ángeles; asimismo, nombra a Juan García del Castillo como tenedor de bienes, tutor y curador de su hijo don Lope [Antonio] de Yribas [Iribas]. Como heredero universal nombra a su hijo don Lope [Antonio] de Yribas [Iribas].
Zonder titelJuan Gómez Dávila, Manuel Gómez Dávila y doña María de Olaso y Salgado, viuda de José Gómez Dávila, vecino que fue de esta villa de Córdoba, todos vecinos de ella y albaceas testamentarios y fideicomisarios nombrados por José Gómez Dávila en cláusula de poder que otorgó en esta villa el 22 de noviembre de 1702; en virtud de dicho poder ordenan su testamento en la manera siguiente: Declaran que José Gómez Dávila falleció en esta villa el 27 de noviembre de 1702 y su cuerpo sepultado en la iglesia parroquial de esta villa. Dijeron que el difunto ordenó se dieran 100 pesos para la fábrica material de la iglesia parroquial de esa villa y 100 pesos para el convento de San Antonio de esta villa. Declaran que el difunto contrajo primeras nupcias con doña María de Leiva Esparragosa, con quien procreó a Catalina de San José, Religiosa Profesa en el convento de Santa Clara de la ciudad de la Puebla; a José Gómez, de diecisiete años; a Juana María, niña de trece años, que también está en dicho convento; a María Teresa, de once años. Asimismo, declaran que estuvo casado por segundas nupcias con María de Olaso y Salgado, con quien procreó a Diego, de cuatro años, y a Ciprián Francisco, de catorce meses. Declaran que dicho difunto quedó a deber 300 pesos al Señor Marqués de la Colina; 656 pesos a la santa iglesia catedral de la ciudad de Puebla, de los diezmos de la de hacer azúcar que tuvo; a Manuel de Santayana, vecino de Orizaba; las alcabalas que causó la venta del trapiche de beneficio de hacer azúcar nombrado San José; entre otras deudas que se mencionan. Declaran que el difunto tenía vendido al Capitán don José Amaro Bocarando seis esclavos, de los cuales no le entregó escritura ni recibo de venta. Asimismo, el difunto tenía vendida al Secretario Juan de Espinosa, la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrado San José, en cantidad de 26 000, de la cual no le había hecho escritura y de cuya cantidad había recibido en diferentes partidas 11 000 pesos poco más o menos, y el resto lo pagaría Espinoza de la siguiente manera: 3 000 pesos al convento de Santa Clara por la dote de su hija Catalina de San José; 1 400 al Capitán don Lucas de Acosta, Factor de Asiento de Negros, por los esclavos que le compró; y 3 690 pesos quedaran impuestos sobre dicha hacienda a censo redimible a favor de varias obras; y los 6 000 pesos restantes los pagaría dicho Espinoza en plazos de 2 000 pesos cada año. También les comunicó de un censo a su favor, con el principal de 1 000 pesos cargados sobre la hacienda que quedó por bienes de Pedro García de Meza, del cual le deben los réditos de año y medio. Declaran sobre el valor de una casa en el pueblo de Orizaba, el difunto fundó una capellanía de misas rezadas de 3 000 pesos de principal por su alma, de la cual nombró por capellán propietario al Bachiller don José de Olaso, estudiante del colegio de San Juan de la ciudad de los Ángeles. Los otorgantes se nombran albaceas como consta en dicho poder para testar. Y nombran como herederos a los hijos del primer y segundo matrimonio. Y por tutor y curador ad bona de los hijos menores a Juan Gómez Dávila. Y el remanente que quedase del quinto de sus bienes y de todos que importare, se le den los réditos a Catalina de San José y por su fallecimiento deberán entrar al tronco y participación de los demás hijos del difunto.
Zonder titelEl Regidor Francisco Valero de Grageda [Grajeda], hijo del Alférez Mayor Juan García Valero y de doña Josepha [Josefa] de Grageda [Grajeda], vecino de esta villa y natural de la ciudad de los Ángeles, otorga poder al Doctor Joseph [José] Valero [de] Grageda [Grajeda], Cura por Su Majestad de esta villa, y al Licenciado Juan Valero [Grajeda], sus hermanos, para que hagan y ordenen su testamento con el número de mandas, legados, disposiciones, cláusulas y condiciones, conforme a lo que les tiene comunicado. Por otra parte, señala que cuando fallezca sea sepultado en la parroquia de esta villa [roto]. Declara que fue casado con doña Teresa Ximenes [Teresa Jiménez Blanco] que llevó al matrimonio [6 000 pesos], durante el matrimonio procrearon a la Madre Cathalina [Catalina] de San Francisco [Valero Blanco], Religiosa del convento de [San Gerónimo] de la ciudad de los Ángeles]; a don Joseph [José] y a don Juan Valero que están en edad pupilar; y disuelto dicho matrimonio pasó a segundas nupcias con doña Beatriz de Estrada [y Espinosa], quien llevó a su poder 2 000 pesos, con ella procreó a Isabel y a Francisco. Nombra por albaceas testamentarios a los dichos sus hermanos Joseph [José] Valero [Grajeda] y al Licenciado Juan Valero [Grajeda]; y por sus herederos nombra a la Madre Cathalina [Catalina] de San Francisco, don Joseph [José], don Juan, doña Isabel y Francisco Valero. Por último nombra por tutor y curador de los bienes y personas de sus hijos a Miguel Valero [Grajeda], su hermano.
Zonder titelDon Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; Don Diego Valero Grajeda y don Juan Valero Grajeda, Regidores por Su Majestad de esta villa de Córdoba; otorgan que dan poder general al Doctor don José Valero Grajeda, hermano de Miguel y Diego y tío de Juan, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de Guaxaca [Oaxaca], su Provisor y Vicario General, para que en su nombre pueda buscar a su crédito de las personas, conventos, monasterios y obras pías que quieran dar hasta en cantidad de 3 000 pesos, los cuales los obligue como principales o fiadores a que darán y pagarán en la fecha que ajuste. Dicha cantidad es para la dote de Isabel de San Juan, sobrina de Miguel y Diego y hermana de Juan, religiosa novicia en el convento de San Jerónimo de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, hija legítima de Francisco Valero y doña Beatriz de Estrada, difuntos.
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