Manuel Rodríguez de Maya, vecino de Jalapa, dueño de sus recuas, se obligó a pagar a Fernando Rodríguez, mercader de negros, 1 050 pesos de oro común, precio de tres negros esclavos llamados Alejandro, Gaspar y Antonio, de nación Angola, de diferentes edades, a 350 pesos de oro cada uno, en esta manera: 525 pesos para fin del mes de marzo de 1622, y los 525 pesos restantes, para de allí en un año corrido.
RECUAS
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Juan de Pro y Francisco de Pro, su hijo, vecinos de Jalapa, dijeron que tiene una compañía sobre una recua de mulas desde hace seis años, la cual ha sido administrada por Francisco de Pro, quien ha pagado muchas deudas de ambos; y ahora se convinieron en esta manera: Francisco de Pro se queda con la recua en virtud de las pagas hechas y porque metió un mayor número de mulas; y el susodicho le dio a su padre para sustento, diez mulas y un negro llamado Antón Arará.
Nicolás García, dueño de su recua, vecino de Naolinco, se obligó a pagar a Lucas Marín, tratante de mulas cerreras, 102 pesos de oro común, precio de tres bestias mulares, a 34 pesos cada una, en esta manera: 34 pesos del precio tercio para el 18 de febrero del presente año, otros 34 pesos del segundo tercio, para de allí en siete meses, y los 34 pesos restantes, para de allí en otros siete meses.
Gonzalo de Córdova[Gonzalo de Córdoba], vecino de Jalapa, dueño de su recua, se obligó a pagar al Lic. Cristóbal de Pedraza, beneficiado del partido de Tlacolulan, 540 pesos de oro común, precio de 12 bestias mulares, a 45 pesos cada una, en esta manera: 180 pesos del primer tercio, para de la fecha de esta escritura en siete meses; otros 180 pesos del segundo tercio, para de allí en otros siete meses, y los 180 pesos restantes, para de allí en otros siete meses.
Melchor Felipe del Moral, vecino de Jalapa, dueño de su recua, se obligó a pagar al Lic. Cristóbal de Pedraza, beneficiado del partido de Tlacolulan, 504 pesos de oro común, precio de 12 bestias mulares, a 42 pesos cada una, en esta manera: 168 pesos del primer tercio, para de la fecha de esta escritura en siete meses; otros 168 pesos del segundo tercio, para de allí en otros siete meses, y los 168 pesos restantes, para de allí en otros siete meses.
Francisco de Pro, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a Melchor de los Reyes, dueño de su recua, de la misma vecindad, para que cobre de los jueces oficiales de la Real Hacienda de la ciudad de México los fletes de los azogues entregados en los reales almacenes. Asimismo, pague a Tomás de Soto, dueño de su recua, a Cristóbal Martín Matamoros y a Alonso Delgado las cargas que cada uno han llevado; y él tomara lo correspondiente a las cargas que entregaría.
Francisco Camacho, dueño de su recua, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Cristóbal de Lozana Salazar, mercader, vecino de Jalapa, 500 pesos de oro común, precio de 10 mulas de arria con sus aparejos, en esta manera: la mitad seis meses después de la fecha de esta escritura y la otra mitad de allí en otros seis meses.
Andrés Barrios, residente en esta provincia, como principal deudor, y Lázaro Francisco, dueño de su recua, vecino de esta provincia, como su fiador, juntos y cada uno de por sí, se obligaron a pagar a Jerónimo de la Vega, vecino de Los Ángeles, 180 pesos de oro común, precios de seis bestias mulares de arria en esta manera: 50 pesos para fin del mes de octubre del presente año, y los 130 pesos restantes, para de allí en un año corrido, todos juntos en una paga.
Andrés de Bustillos, Juez de Caminos, vecino de Jalapa, vende a Juan de Sosa del Castillo, vecino de este pueblo, 16 mulas de recua con sus aparejos, nueve mantas y un esclavo negro de nación Angola nombrado Francisco, en\r\n 1320 pesos de oro común.
Jerónimo González, vecino de Jalapa, dueño de su recua, se obligó a pagar a Jerónimo de la Vega, vecino de los Ángeles, 240 pesos de oro común, precio de seis bestias mulares con sus aparejos de enjalmas, lazos y reatas, a 40 pesos cada una, en esta manera: 120 pesos cinco meses después de la fecha de esta escritura y los 120 pesos restantes de allí en otros cinco meses corridos.