Rosa María Jaimes, viuda del Capitán Antonio Cardeña, tutora y Curadora de sus menores hijos, y el Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, de la Orden de Santiago, ambos vecinos del pueblo de Jalapa, albaceas del mencionado Capitán, se obligan de pagar a doña Gertrudis de la Gala y Thormes, viuda del Alférez Sebastián de Flores Moreno, 1, 520 pesos 5 tomines y medio, mismos que le quedaron debiendo al Alférez, los 796 de ellos a los herederos de Juan de Thormes y el resto a la viuda de Sebastián de Flores Moreno, por haber sido condenados a su paga y satisfacción por sus bienes y herederos en sentencia hecha por la real justicia en el pleito que se ha seguido sobre ello. El pago se hará según los viajes que hagan las recuas que quedaron del Capitán Antonio Cardeña, de la Veracruz a la Puebla, México u otra ciudad.
RECUAS
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Don Francisco de Thormes, dueño de recua, vecino de Jalapa, se obligó en favor de la Cofradía del Santísimo Sacramento sita en la parroquia de este pueblo, y a las cofradías fundadas en las iglesias parroquiales y catedrales de las ciudades de Puebla de los Ángeles, México y Nueva Veracruz del Santísimo Sacramento, en tal manera que si dentro del tiempo de cuatro años, a partir de hoy día de la fecha, jugare a los naipes, dados, barras y bolillos, en este pueblo y sus alrededores, en las ciudades de Puebla, México y la Nueva Veracruz, incurre en pena de 200 pesos de oro común que aplicará para el aceite de lámpara, cera y otros gastos de dicha cofradía.
Doña Teresa de Córdoba y Arellano, mujer legítima del Capitán Don Lorenzo Romero Jurado, vecino de Jalapa, en virtud de la enfermedad que padece su marido y no estar capacitado para gobernar su recua, esclavos y sirvientes, solicitó al Capitán Don Nicolás Alejandro de Meza, Alcalde Mayor de Jalapa y de Jalacingo, se le reciba información al respecto y se le dé licencia para otorgar cualesquier escrituras de compra, ventas, poderes, así como la administración de la recua y de una tenería.
El Capitán Juan de Malpica, Escribano del Desierto de Perote, dueño de recua y labrador, dijo que por el amor que le tiene al Bachiller Antonio Zavala y Landa, Presbítero Teniente de Cura y por haber recibido de él buenas obras, hace gracia y donación pura, perfecta e irrevocable de 100 varas de tierra en términos de ese desierto, ubicada junto a las tierras del hospital. Dichas tierras las compró a la viuda de Pedro de la Almoguer Angulo, Alguacil Mayor que fue de la provincia de Jalapa.
Félix Diego y Castro, estante en Jalapa, ha recibido de doña Teresa de Córdoba y Arellano, mujer legítima de Juan Antonio Mosquera y Moscoso, 480 pesos que le debía del resto de las cuentas que ajustaron por el tiempo en que administró su recua, como consta en la escritura hecha el 24 de diciembre de 1701.
El Capitán Juan de Malpica, dueño de recuas, vecino del pueblo de Jalapa, vende a Francisco García Cano, labrador y dueño de hacienda en la jurisdicción de Jalacingo, una esclava negra nombrada María Josefa, que será de 24 años, que hubo en la ciudad de la Veracruz de don Juan Sáenz de Miera; cuya esclava se encuentra libre de empeño, hipoteca y enajenación, sin asegurarla de vicio, defecto ni enfermedad pública ni secreta, en 400 pesos de oro común los cuales se da por entregado a su voluntad.
El Capitán Juan de Malpica, dueño de recua y hacienda de labor en San Miguel de Perote, vecino de Jalapa, se obliga a pagar al Capitán José Camino y Velasco, residente en este pueblo, 4, 677 pesos, 6 tomines de oro común por otros tantos que le ha dado y suplido en reales y géneros a precios corrientes para el avío de la hacienda nombrada San Juan Alteyuca, el de su recua y el del sustento diario de su familia, cuya cantidad se obliga a pagar con trigo de la cosecha de este año y del año próximo de 1723 a precio corriente, y en caso de no cubrirlos de esta forma se los pagará en reales efectivos y de contado.
Don Cristóbal Benítez de Lara, vecino de la Ciudad de México, otorga poder especial a Juan Eugenio Hernández y a Tomás García, vecinos de la jurisdicción de Jalapa, para que en su nombre puedan administrar las recuas cargándolas en las formas que hallaren y por los precios que asentaren otorgando conocimientos, obligaciones e hipotecas que se acostumbra y a entregar las mercaderías en las partes que asienten.
José Antonio Rincón, vecino del pueblo de Jalapa, dijo que el Alférez Juan José Rincón, su hermano, le confirió poder en la Ciudad de México el 23 de agosto de 1725, para la administración de su recua, mozos de servicio y demás que le pertenece, fletándola en cualquier parte en la forma que se practica y entregar la carga que reciba, cuyo poder lo sustituye en Sebastián Barradas, de esta misma vecindad, para los efectos que menciona.
María de la Cruz,viuda, vecina de Jalapa, dijo haber arrendado unas mulas con sus aparejos a Bernardo Velázquez, dueño de recua, vecino de este pueblo, el 2 de julio de 1667, y por la presente escritura, se dio por entregada, pagada y satisfecha de los arrendamientos.