Don Francisco Pibot y Tapia, como principal deudor, en voz y nombre del General don Sebastián de Plaza y del Capitán don Pedro de Irigoyen, vecinos de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, como sus fiadores; y los Capitanes don Lope Antonio de Iribas, don Manuel Sáenz de Rosas, Caballero de la Orden de Calatrava, Juan de los Santos Cubillos y Juan Álvarez de Rivera, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, también como sus fiadores y principales pagadores; dijeron que por cuanto el veintiocho de junio pasado se le remató a don Francisco Pibot y Tapia la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Santa Cruz de las Palmillas, que quedó por bienes del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, y que poseía don Francisco Javier Cruzado, su hijo, en cantidad de 22 000 pesos, de los cuales 3 300 pesos están cargados sobre dicha hacienda a censo redimible a favor de los Capitanes don Gregorio Martínez de Solís y don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vecino de la provincia de Tepeaca; y de los 19 000 pesos restantes deberá pagar a los acreedores y reconocer las tutelas de los menores hijos del difunto, habiéndole dado dos años de hueco y uno de paga, y cumplido este plazo 3 000 pesos en cada año. Por lo cual otorgan se constituyen como sus fiadores y principales pagadores de los dichos 19 000 pesos en los tiempos y plazos mencionados, y de no pagar el principal deudor lo harán ellos como sus fiadores.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOPROVINCIALES
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Don Francisco Nicolás de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la provincia de Tepeaca, uno de los albaceas y herederos del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, difunto, como apoderado de doña Francisca de Guzmán y Medina, viuda, mujer que fue del dicho difunto, dijo que por bienes de su padre quedaron 810 pesos de principal a censo redimible sobre la hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada Santa Cruz de las Palmillas, que quedó por bienes del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, y se remató con este cargo en pública almoneda a don Francisco Pibot y Tapia, vecino de ella, quien otorgó escritura de reconocimiento de dicho principal y se obligó a pagar sus rédito; y por cuanto tiene recibida dicha cantidad de mano del Capitán don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor por Su Majestad y Teniente de Capitán General, otorga por la presente que vende los dichos 810 pesos que están sobre la referida hacienda al General don Francisco de la Concha, para que pueda cobrar los réditos de dicho principal, de cartas de pago, redención y cancelación en caso de redimirse.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga poder general a don Tomás José Jiménez, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en su nombre como dueño y señor de la tierra en que está fundada la hacienda de trapiche del beneficio de hacer azúcar, nombrada Santa Cruz, que quedó por bienes del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, rematada en pública almoneda al Capitán don Francisco Pibot y Tapia; parezca ante los señores presidente y oidores de dicha Real Audiencia y pida se sirva Su Alteza de aprobar dicho remate en don Francisco Pibot, y en caso de haber otro postor lo contradiga por no ser de su satisfacción.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Juan Hurtado de Mendoza, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz y residente en esta villa de Córdoba, como tutor y curador ad bona de don Juan Ignacio y don José Prudencio Cruzado, hijos menores y herederos del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, vecino que fue de dicha ciudad y Regidor Perpetuo en ella; otorga poder general al Capitán don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa, para que en su nombre parezca ante el Señor Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa por Su Majestad, y en su juzgado donde paran los autos del testamento e inventarios de los bienes que quedaron por muerte de dicho don Francisco Cruzado y juicio divisorio de dichos bienes entre sus herederos y concurso de acreedores, que se han devuelto a su juzgado por mandado de los Señores Presidente y Oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España; los siga por todas las vías, instancias y sentencias por dichos acreedores y, siendo necesario, para cuenta de división y partición de dichos bienes entre los herederos.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de trapiche del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que por cuanto hoy día de la fecha don Dionisio Serrano y Perea, residente en esta villa y vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], apoderado del Señor Coronel de Caballería don Francisco de Aguirre y Gomendio, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad de México, por petición que presentó ante el Alcalde Mayor de esta villa en los autos del concurso de acreedores que se siguen contra los bienes del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, pidió se le pagasen a dicho coronel 768 pesos 5 reales, resultando ser el primero en la sentencia de graduación que se dio en dichos autos, ofreciendo como fiador al otorgante; por lo cual, otorga que sale y se constituye como fiador del dicho Coronel de Caballería don Francisco de Aguirre y Gomendio, en tal manera que si un juez competente le manda devolver los dichos 768 pesos 5 reales, o se revocase dicha sentencia, no haciéndolo dicho señor coronel, lo hará el otorgante luego que sea requerido, llanamente y sin pleito alguno.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOFrancisco Javier Cruzado, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar, otorga poder especial a Lázaro Francisco, su mayordomo, para que en su nombre aprehenda un negro su esclavo nombrado Sebastián, que será de más de treinta años, casta Congo, que es el mismo que entre otros bienes se le adjudicaron en remate público, junto con dicha hacienda, por el Provincial don Francisco Cruzado, su padre; y una vez aprehendido lo venda a la persona que hallare por el precio que ajustare.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto el 28 de junio pasado se le remataron en almoneda pública la hacienda de hacer azúcar nombrada Santa Cruz, alias Las Palmillas, que quedó por bienes del Provincial don Francisco Cruzado, difunto, en cantidad de 22 000 pesos, obligándose a reconocer los censos que sobre ella están cargados y pagar sus réditos. Por lo cual, otorga que reconoce 2 500 pesos a censo sobre dicha hacienda y sus 125 pesos de réditos anuales a favor del Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís, por traspaso que hizo a este último don Gaspar Carlos de Rivadeneira.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, vecino de esta villa, en voz y nombre del Capitán Bernardo Velázquez de Ladrada, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, otorga haber recibido de [roto] María Hurtado de Mendoza y Arriola, albacea tenedora de bienes del Provincial don Francisco Cruzado, 2 250 pesos de oro común en reales, los mismo que el dicho difunto le debía a su parte.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDOFrancisco de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil en ella y en San Antonio Guatusco [Huatusco], declara que habiendo pedido y rogado al Reverendísimo Padre Provincial de los religiosos Descalzos de la provincia de San Diego de la Nueva España, permitiera la fundación de un convento de dicha provincia en esta villa, y que para ello ofreció una casa y 2 000 pesos de oro común, bajo la condición de que debía emprenderse dentro de seis años. Y debido a que en la presente fecha se han cumplido los dichos años y aún no tiene efecto la fundación, otorga que da por nula y cancelada dicha escritura.
DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Bachiller Pedro de Montenegro, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, tutor y curador de don Juan Ignacio y José Prudencio Cruzado, menores hijos y herederos del Provincial don Francisco Cruzado, asimismo, en voz y en nombre de doña María Hurtado de Mendoza y Arriola, tía de los menores, y en virtud del poder que de ella tiene; otorga que se obliga de pagar a don Juan Hurtado de Mendoza, vecino de esta villa, la cantidad de 7 951 pesos y un real, porque aunque eran 8 951 pesos y un real en que alcanzó a la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Santa Cruz de las Palmillas, los 1 000 pesos se los dio de contado, los mismos que el susodicho tiene suplidos y prestados como tutor que fue de los menores al dicho trapiche que quedó por bienes de dicho difunto y pertenece a los susodichos. Cuya cantidad pagará en la forma siguiente: 1 000 pesos para la pascua de navidad del presente año, un año nuevo que empezará a correr y contar desde el primero de enero del año de 1715 en adelante, y después 1 000 pesos en cada uno de los años siguientes, contándose a partir del primero de enero de 1716 en adelante, y en el último año el resto de la cantidad cumplimiento a los 7 951 pesos y un real; y para seguridad hipoteca la hacienda de dichos menores junto con 6 400 pesos que doña María Hurtado de Mendoza tiene prestados a dicha hacienda para su avío.
JERÓNIMO DE ACOSTA, JUEZ RECEPTOR