Don Manuel Fernández de César, Cabo de Escuadra, distinguido del Regimiento de Dragones de España, otorga poder a don Manuel Torija, Procurador de la Curia Eclesiástica y vecino de los Ángeles, para que en su nombre comparezca ante el Juzgado de Capellanías y Obras Pías y consiga la colación, importe lo que pida y saque poder de quien lo tuviere, lleve escritos, testigos, demandas, súplicas, etc., por lo que se le confiere este poder con libre y general administración con facultad de sustituir.
PROCURADORES ECLESIÁSTICOS
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Don José Pérez de Llera, vecino y del comercio de esta Villa, padre político de don José Manuel Cardel y Fentanes, mayor de 17 años de edad, otorga poder especial a don Cristóbal Rendón Palomino, Procurador de la Curia Eclesiástica de la Puebla de los Ángeles, para que a nombre de él, se presente en el juicio ante el Juez Ordinario de Capellanía y Obras Pías de dicha ciudad, a deducir los derechos que al mencionado su hijo político le correspondan a las capellanías, que con el principal de 8 000 pesos fundaron don Alonso Pérez de Bocanegra y el padre Fray Alonso de Villaseca; lo que habiendo hecho constar con los documentos necesarios y declarado que sea el derecho que a ellas le asiste, pida se fijen los edictos acostumbrados, y pasado el término prevenido por derecho, no comparecido otro interesado con mayor piedad, se le declare por tal capellán propietario de ambas capellanías, y en tal virtud se le dé colación de ello.
El Presbítero don Blas Nicolás Cortés, Clérigo Domiciliario de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta Villa, otorga poder especial a don Vicente de la Barreda, Pértigo de la Catedral de la Puebla de los Ángeles y Procurador de Curia Eclesiástica, para que perciba y cobre judicial y extrajudicialmente de aquella Junta Subalterna de Consolidación los réditos devengados y los que se devengaran en lo sucesivo, de la Capellanía que sirve; dando así de lo que percibiere los réditos y cartas de pago que lo acrediten con fe de entrega y renunciación.
El Presbítero don José Mariano Ladrón de Guevara, Cura del pueblo de Xilotepec, de esta Jurisdicción, otorga poder general a don Vicente de la Barreda, Procurador de la Curia Eclesiástica de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares.
Don Andrés Rodríguez Rojo, Labrador y vecino de Jalapa, dijo que hallándose 3, 000 pesos de principal en el Cofre de la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de la Puebla, de una capellanía de la que es capellán don Francisco Ángel del Camino, Presbítero, otorga poder especial a don José Mariano Rendón Palomino, Procurador de la Curia Eclesiástica de la Puebla, para que en su nombre proceda a otorgar la escritura de imposición del enunciado principal, que impondrá y cargará a censo redimible sobre una casa que tiene en este pueblo en la Plazuela del Rey y calle de la Amargura.
Doña María, doña Josefa, doña Antonia y doña María Anna Díaz Mier, junto con doña Anna María Durán y Mier, vecinas de Jalapa, doncellas mayores de 25 años, hijas, nietas y herederas de don Domingo Díaz Mier, otorgan poder especial a don José Mariano Rendón Palomino, Procurador de la Curia Eclesiástica de la Ciudad de la Puebla, para que en unión de don Juan Bernardo Díaz Mier, hermano y coheredero de las otorgantes, haga una escritura de imposición de censo por la cantidad de 10, 000 pesos, cantidad que han de recibir de don Carlos Suárez, Presbítero del Obispado de Puebla y se cargará a las fincas de las otorgantes a favor del Beaterio de este pueblo.
Don Juan Cardeña, vecino del pueblo de Jalapa, a nombre de don José María Durán y de doña Anna María Durán, de la misma vecindad, doncella de 25 años y con licencia concedida por la Real Justicia, otorga poder especial a don José Mariano Rendón Palomino, Procurador de la Curia Eclesiástica de la Ciudad de Puebla, para que otorgue escritura de imposición de censo por la cantidad de 1, 000 pesos, la cual ha de entregar el Licenciado Carlos Suárez, Presbítero de este Obispado.
Don José Zavalza, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla, vecino del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don José Rendón Palomino, Procurador de los Juzgados Eclesiásticos, vecino de la Ciudad de la Puebla, para que compre cualquier finca de manera judicial o extrajudicial, haciendo pujas, posturas y mejoras, con las calidades y condiciones que asienten.
“El Capitán de Caballos Corazas don Ambrosio Gómez del Corro, de esta vecindad y comercio, Comisario Causionero, como consanguíneo del Licenciado don Juan Gómez Dávila, Presbítero, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de Jalapa, jurisdicción [roto] del obispado de la ciudad de Antequera, valle de Oaxaca, exhibió un testimonio de una escritura su data en la Nobilísima ciudad de los Ángeles de 31 de diciembre de 1745, y de él consta que don Antonio de Vértiz, Procurador de los Juzgados Eclesiásticos de dicha ciudad, en nombre de dicho licenciado puso la cantidad de 3 000 pesos de oro común a censo principal redimible en el mismo lugar y grado que gozaban los que cargó sobre el trapiche de San Miguel Quimiapa como dueño el Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, cuyas tierras especialmente hipotecadas a favor de dicha capellanía, y de que fue capellán propietario e interino de ella don Andrés de Meza y Mendoza, y en actualidad obtenía el Licenciado don Manuel José Rodríguez de Abouza [y Meza], la fecha de dicha escritura en la ciudad de los Ángeles a 26 de septiembre de 1703, [roto] por principio de dicha escritura de subrogación o substitución, hipotecando por especial además de dichas tierras, dicha su hacienda de San Juan para que los 3 000 pesos ya expresos y de que por decreto de su Ilustrísima otorgó cancelación dicho don Manuel José Rodríguez de Abouza, el día antecedente a la subrogación en nombre de su parte los colocaba y colocó en el primer lugar y grado los ya dichos 3 000 redimidos para que gocen de su antelación y preferencia, y en su conformidad dicho Vértiz en nombre de su parte instituyó y fundó por la citada escritura una capellanía de misas rezadas, dotándolas en la misma cantidad de 3 000 pesos ya expresas, que asienta haber subrogado por obligación que de ellos hizo por memorial que presentó ante don Domingo Pantaleón Álvarez de Abreu, Meritísimo Arzobispo Obispo, y en la Secretaría de Cámara y Gobierno de este obispado, y obligó a su parte y a sus sucesores en el dominio de dicha hacienda a la satisfacción de los vencidos réditos, y en favor de los capellanes que fuesen de dicha capellanía”.
Sem títuloEl Capitán don Ambrosio Gómez del Corro, exhibió una escritura su data en la ciudad de los Ángeles a 12 de septiembre del año que corre, y de ella se percibe el que don Antonio de Vértiz, vecino de dicha ciudad, Procurador de los Juzgados Eclesiásticos, en voz de doña Juana de Garaita y del Bachiller don Fernando de Carvajal, Clérigo de menores órdenes de este obispado, en virtud de los poderes de ambos, con presencia de don Juan Antonio Carrillo Cisneros, procedió a instituir y fundar una capellanía de misas rezadas, que por su alma y por sus bienes decidió se fundase dicho don Fernando, quien asignó número de misas, como también capellanes propietarios, con principal de 3 000 pesos que se impusieron por vía de depósito irregular, sobre dos casas de cal y canto que por suyas propias posee doña Juana de Garaita, quedando propensa la susodicha por haber recibido el principal de dicha capellanía y a ellas ligar el valor de dichas casas.
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