El muy Ilustre Ayuntamiento, compuesto por don Ramón María de Villalba, Presidente; don Carlos Díaz y Herrero, Regidor Decano y Alguacil Mayor; don Francisco Sáenz de Santa María, Regidor Llano por Su Majestad; don José Fernández Castañeda, Diputado del Común; y don Eduardo de Alsasua, Síndico Personero, dijeron que por superior orden del Señor Virrey de este Reino, se les ha concedido la facultad de solicitar y tomar a réditos la cantidad de 24 431 pesos, de los cuales 18 000 son para satisfacer a don Juan de Bárcena, de esta vecindad y comercio, y al referido don Francisco Sáenz de Santa María, monto que ambos suplieron para costear la fábrica del Cuartel de Infantería de esta misma villa, y los 6 431 pesos restantes se ocuparán para invertirlos en la construcción de las dos cuadras que ha expresado el Señor Coronel, don Pedro de Alonso, ser indispensables agregar a dicho cuartel para el más cómodo alojamiento de su regimiento de infantería, cantidad impuesta sobre el producto anual que rinde el arbitrio que se recolecta, de un peso en cada tercio de harina de los que se introducen en este suelo para su consumo. Y haciendo uso de dicha facultad otorgada por el Virrey, otorgan poder especial a don Ignacio Antonio de Salamanca, Procurador del Número de la Real Audiencia y Cancillería de México, para que solicite del cofre de la santa iglesia catedral, conventos, cofradías y cualquier persona eclesiástica o secular, la cantidad de 24 431 pesos a censo redimible, a razón de 5% anual, sobre el arbitrio de harinas y sus productos y para seguridad de la deuda hipotecan los arbitrios de dicho ayuntamiento.
PROCURADORES DE LA REAL AUDIENCIA
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Don Antonio Arcos, de esta vecindad, otorga poder general a don Pedro Montes de Oca, Procurador de los del Número de la Real Audiencia de México, para que en su nombre y representación cobre todas las cantidades de dinero que le estuvieren debiendo.\t
Manuel Morera de Silva, residente en esta villa de Córdoba, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, otorga poder general a don Francisco Félix Díaz Hidalgo, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para todos sus pleitos, causas, negocios civiles y criminales que tenga contra cualquier persona.
LOPE ANTONIO DE IRIBAS, JUEZ RECEPTORGaspar Rendón, vecino y mercader de esta villa, dijo que por cuanto doña Josefa Rendón, su hermana, viuda del Capitán Diego Jacinto de Carmona, difunto, le otorgó poder en la ciudad de Sanlúcar de Barrameda el 3 de junio del presente año, y de dicho poder usando, otorga que lo sustituye en don Francisco Félix Díaz Hidalgo, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO[Antonio] Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, otorga que sale fiador a favor del Capitán Francisco de Messa y Mendossa [Meza y Mendoza], vecino de ella y dueño de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, en tal manera que seguirá el susodicho la instancia de la postura que tiene fecha a los 7 del corriente en los autos que se han fabricado de pregones dados a los oficios de depositario y demás regimientos que se hallan bacos [sic] en esta villa, hasta que se le celebre el remate de él y exhibirá en contado los 150 pesos en que se puso uno de dichos oficios o la cantidad en que se le rematare, donde no la pague, el otorgante como tal su fiador pagará la referida cantidad en que pareciere celebrado el remate. Y estando presente el dicho Capitán Francisco de Messa [Meza], otorga poder especial a Domingo de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia de la ciudad de México, para que en su nombre y presentación comparezca en la Real Almoneda de su corte ante los señores de la Real Hacienda y con derecho deba y siga hasta su fenecimiento la postura referida, que así tiene fecha a dicho oficio de regidor de esta villa, y hasta que consiga el remate y despacho, haga pedimentos, requerimientos, alegatos y demás que se requieran.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Capitán Diego Dávila Barrientos, vecino de ella y estante al presente en la ciudad de México, y por su ausencia u otro impedimento a don [roto] Procurador del Número de la Real Audiencia [roto], para que en su nombre y representación, haya, reciba y cobre del Capitán [roto] de la Lama, Alcalde Mayor por Su Majestad [de esta villa] y su jurisdicción, 785 pesos de resto de 965 que lo importaron la guarda de novecientos sesenta y cinco reses pertenecientes a dicho capitán, que tuvo de su cuenta en el rancho que fabricó en tierras que a él le tiene arrendada el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa en su jurisdicción. Dicha cantidad la quiere para pagar el arrendamiento de dichas tierras, que había de haberlo hecho el dicho capitán como quedó con él. Entendiéndose que de los dichos 965 pesos se rebajan 138 pesos, valor de veintitrés reses que se le quedaron en dicho rancho, 35 pesos que por el otorgante pagó dicho capitán a los indios del pueblo de Amatlán, y 27 a los negros del pueblo de San Lorenzo Serralbo [Cerralvo]. De manera que lo que a él se le debe líquido son los 785 pesos, de que uno y otro podatario pueda dar y de carta de pago y demás. Y si por dicha cobranza fuese necesaria contienda de juicio, comparezca ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de la ciudad de México, y para todo lo que fuere necesario, por lo que lo otorga éste con libre y general administración.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Gaspar de Carabajal y Venavente, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial a Juan Leonardo de Sevilla, vecino de la ciudad de México y Procurador del Número de la Real Audiencia, para que en su nombre y en representación de su persona, parezca ante los señores jueces oficiales reales de la Real Hacienda de la ciudad de México, y ante cualesquiera jueces y tribunales superiores e inferiores, y pida se saque a la almoneda uno de los oficios de regidores del número de esta villa, de los que actualmente están vacos, el cual compre para el otorgante, haciendo posturas y pujas hasta en cantidad que por bien tuviere, y acepte el remate que por dicho oficio se celebrare.
NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Miguel de Roxas [Rojas] y Amer, médico residente en esta villa, dijo que su apoderado Francisco Leandro, Procurador de la ciudad de la Nueva Veracruz, ha seguido pleito ante el señor Maestre de Campo don Francisco Lorenz de Herrada [Rada], Caballero del Orden de Santiago, Corregidor, Gobernador de las Armas y Teniente de Capitán General de dicha ciudad, y ante Joseph [José] de Orduña, Escribano Público; contra el Alférez Pedro Tudela, vecino de ella, por cantidad de 950 pesos 1 tomín y el importe de 30 arrobas de queso, 29 docenas de molinillo y la renta de una casa, y habiendo obtenido mandamiento de ejecución contra tres esclavos propiedad de Tudela y posteriormente apelando este último dicha ejecución, se condenó al otorgante a la paga de 82 pesos por costas de los autos efectuados. Por lo cual, se apeló ante Su Majestad y señores presidentes de su Real Audiencia, y para que se presente y siga la causa en el [juzgado] de apelación en representación de don Miguel Rojas y Amer, otorga poder a Domingo de [Córdoba], Procurador del Número de dicha Real Audiencia, para que en nombre del otorgante se presente con los autos que le remite ante dichos señores en grado y mejora de apelación, asimismo, pida a dichos señores revoquen el auto apelado y ordenen a Tudela pagar lo que debe.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOBalthazar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor perpetuo y Depositario General de esta villa, como Procurador nombrado por la Justicia, Cabildo y Regimiento de ella, dijo que por cuanto los naturales del pueblo del Naranjal, jurisdicción de Orizaba, han aprehendido posesión de tierras en la jurisdicción de esta villa de Córdoba en grave perjuicio de dicho Cabildo, por ser dichas tierras de las que le tocaron en su fundación a sus primeros pobladores. Y hallándose imposibilitado para ir personalmente a la ciudad de México donde está radicado este juicio, otorga poder al Regidor [roto], quien se halla en la [ciudad de Mé]xico, y a Domingo de Córdoba, Procurador [roto] de la Real Audiencia de esta Nueva España; para que puedan parecer ante Su Alteza y Señores de la Real Audiencia de esta Nueva España y hagan los pedimentos, requerimientos, citaciones, alegaciones, protestas suplicas, presenten escritos y demás pruebas, hasta lograr que los poseedores de dichas tierras lo están en quieta y pacifica posesión de ellas.
SEBASTIÁN DE LA PEÑA, ESCRIBANO REALNicolás Blanco, Alcalde Ordinario de esta villa, Juan García Valero, Alférez Mayor y Regidor más antiguo, Juan Francisco Ramírez, Regidor y el Alférez Pedro Gatica Regidor Depositario General, otorgan que dan su poder general a Juan de Escobar, vecino de la ciudad de México, Procurador del Número de la Real Audiencia de ella, para todos los pleitos, causas, negocios civiles y criminales que esta villa tiene y tuviere.
NICOLÁS BLANCO, JUEZ RECEPTOR