El Presbítero José María Rubín de Celis, Cura del Pueblo de San Francisco Actopan, otorga poder especial a don Vicente de la Barreda, Pértigo de la Catedral de la Puebla de los Ángeles y Procurador de la Curia Eclesiástica, para que se presente ante el Obispo de la Puebla y en todos los demás tribunales, a tratar la permuta que tiene hecha con el Presbítero José Mariano Campos, cura de Ixhuacán de los Reyes.
PRESBÍTEROS
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Don José Mariano Florido, de esta vecindad y hacendado en su jurisdicción, otorga que se constituye fiador principal pagador del Presbítero don Manuel José de Campo, para que tome colación del curato del pueblo de Ixhuacán de los Reyes, quien deberá asegurar la satisfacción de los señores Ministros de las Cajas Reales de la Puebla de los Ángeles, la cantidad que en cada bienio importan las Bulas de la Santa Cruzada, las de difuntos y las del nuevo indulto de carnes saludables que ha de expender en su feligresía, así como también la seguridad de las Mesadas Eclesiásticas, en el tiempo que dicho presbítero sirva el indicado curato y sean aquellas a su cargo.
El Lic. Andrés Juárez [de Arce], Presbítero, vecino de la Puebla de los Ángeles, con poder de Ana Márquez de Amarilla arrendó a Miguel de Casanova, vecino de la provincia de Jalapa, un sitio de ganado mayor ubicado en términos del pueblo de Ixhuacán de los Reyes, junto al ingenio que fue de Tomás [de la Madriz] Alavez, por tiempo de cuatro años y al precio de cien pesos de oro común anuales.
El Capitán don José Robledano de Cardeña, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Juan de Lucena, Clérigo Diácono domiciliado de este Obispado de la Puebla de los Ángeles, junto con el Brigadier don José de Lucena, Clérigo Presbítero, para que lo obliguen como fiador en la venta y remate de los diezmos de Ixhuacán de los Reyes.
El Presbítero don Manuel José de Campo, Cura por Su Majestad del pueblo de Ixhuacán de los Reyes, de esta jurisdicción, otorga poder especial a don Gregorio Santos de Iglesias, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre practique cuantas diligencias sean conducentes al despacho completo del curato que Su Señoría Ilustrísima tenga a bien destinarlo en el próximo concurso de ellos, tomando colación del que así fuere y nombrando un eclesiástico que en su nombre haga el juramento de estilo, así también para que en su nombre como actual párroco propietario, pueda subscribirse o firmar a tres curatos de los que a resultas del concurso han de vacar por promoción de sus propietarios.\t
El presbítero don Manuel José de Campo, natural de esta Villa, Cura de Ixhuacán de los Reyes, de esta Jurisdicción, hijo legítimo de los difuntos don Pablo de Campo y de doña Isidora Martínez Vélez, otorga poder especial a favor del Presbítero don Joaquín Ortiz, para que después de sus días, como tal su albacea, cumpla y ejecute cuanto le deja encargado de palabra y le encargó por escrito; asimismo recaude sus dependencias activas, enajene sus cortos bienes, en el orden que estime más racional, y con el producido de unas y otros satisfaga sus deudas.
El Lic. Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, beneficiado del partido eclesiástico de Jalapa, dijo haber comprado a censo redimible del Lic. Don Hernando de la Barrera, presbítero de la Diócesis del Arzobispado de la ciudad de México, dos sitios de ganado menor para agostadero, en términos de los pueblos de Teocelo y de Ixhuacán de los Reyes, en la cantidad de 3400 pesos de oro común de principal y la fundación de una capellanía de misas; y ahora, por la presente escritura traspasa y vende dichos sitios de ganado menor a Don José de Armenta, vecino de Teocelo.
Doña Rosa Quiroz, vecina de Coatepec y residente en este suelo, dijo que tiene vendido al presbítero don Mateo Rebolledo un solar en el que construyó un templo en que se venera a la imagen de la virgen de Nuestra señora de Guadalupe. Dicho solar está ubicado en el expresado pueblo de Coatepec, en la calle de Carretas a dos cuadras de la plaza hacia el lado del sur, lindando dicho solar por norte con la propia calle por donde tiene 26 varas, por el oriente linda con la calle cercada de Cantarranas con 50 varas, por el sur con solar de Marcos Méndez con 26 varas, y por el poniente con solar del ciudadano José María Pérez, con 50 varas. El cual dicho solar y unas paredes viejas que existen en él vendió en precio de 200 pesos, y al presente ratifica en venta al susodicho presbítero Mateo Rebolledo, quien por estar ocupado en su ministerio en el pueblo de Ixhuacán, dio poder para acudir a la aceptación de la presente escritura, al ciudadano Narciso Sanabria.
UntitledEl presbítero don Manuel José de Campo, Cura del Pueblo de Ixhuacán de los Reyes, de esta Jurisdicción, otorga poder especial a don Vicente de la Barreda, Pértigo de la Catedral de la Puebla de los Ángeles y Procurador de la Curia Eclesiástica, para que se presente ante el Obispo de la Puebla y en todos los demás tribunales, a tratar la permuta que tiene hecha con el Presbítero José María Rubín de Celis, Cura del Pueblo de San Francisco Actopan.
El Lic. Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, beneficiado del partido eclesiástico de Jalapa, dijo que por cuanto compró a censo redimible del Lic. Hernando de la Barrera, presbítero, domiciliario del Arzobispado de la ciudad de México, que ya es difunto, dos sitios para agostadero de ganado menor, en términos de los pueblos de Ixhuacán y Teocelo en la cantidad de 3400 pesos de principal y la fundación de una capellanía de misas que como capellán propietario servía su tío Juan de Torres Pozo Antiguo, con la renta de 170 pesos anuales, en cuyo derecho sucedió el Lic. Alonso Samusgado, clérigo del Arzobispado de México, a quien ha pagado su renta y al presente le debe algunos réditos. Y en virtud de haber traspasado el otorgante en forma verbal los mencionados sitios a José de Armenta, vecino de Teocelo, y respecto de haber venido a este pueblo con carta de justicia para su cobranza Diego González de Peñafiel, vecino de la ciudad de México, el dicho beneficiado vende, cede y traspasa realmente los dos sitios de agostadero a José de Armenta, según en la forma que los está poseyendo el otorgante, y pagará la renta que le tocare de los réditos que hasta el 20 de febrero del presente año está debiendo al Lic. Alonso Samusgado.