Domingo Mucio, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga haber recibido del Bachiller don Antonio de Lorza, Presbítero, vecino del pueblo de Orizaba, 225 pesos de oro común en reales, los mismos que se obligó a pagar por escritura hecha en esta villa el 9 de abril de 1709, por lo cual otorga carta de pago, finiquito y cancelación de dicha escritura.
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El Bachiller don Gaspar Durán de Huerta, Presbítero, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo de San Agustín Ystapan [San Agustín Ixtapan], patrón de la obra pía que instruyó y fundó el Licenciado don Juan Francisco Álvarez Ricardo, y albacea que es de Blas Francisco de Oropeza, otorga poder general a Miguel Íñiguez, residente en esta villa, para que en su nombre como tal patrón y albacea pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban a dicha obra pía, a los bienes del dicho Blas Francisco de Oropeza, y a él en virtud de escrituras, vales, cedulas, libranzas, conocimientos, donaciones, mandas, restituciones o por otra cualquier causa o razón.
Sem títuloEl Bachiller don Manuel de Prado, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino y natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo del Doctor don Miguel de Prado y de doña Agustina Vázquez, difuntos, otorga su testamento de la manera siguiente: Manda que la cantidad de pesos que le toca de legítima paterna y materna se reparta por iguales partes entre sus hermanos. Declara tener entre sus bienes dos esclavos negros nombrados María y José, los cuales es su voluntad queden libres. Declara por sus bienes la plata labrada y demás menaje que tal cual será inventariado. Nombra como albacea testamentario al Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad de esta villa, Vicario y Juez Eclesiástico. Nombra como única y universal heredera a su alma, para que la mitad de ello se convierta en misas por su alma y la otra mitad por las almas de las personas por las que pueda ser cargo.
Sem títuloEl Bachiller don José Mayorga Cervantes, vecino de esta villa de Córdoba, Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, Notario del Juzgado Eclesiástico de esta villa, dijo que por cuanto el 13 de febrero de 1708 otorgó poder general a don Juan Prieto de Ahedo, Caballero de la Orden de Santiago, Contador Mayor de las Ordenes Militares y Caballería de Santiago, Calatrava y Alcántara; y a don Diego Prieto de Ahedo, su hermano, vecinos de la villa de Madrid, Corte de Su Majestad; y porque en distintas ocasiones han venido embarcaciones de los reinos de Castilla y no ha tenido noticias de los susodichos, por la presente revoca dicho poder y lo otorga a don Juan Sáenz Viteri, Caballero de la Orden de Santiago y vecino de la villa de Madrid, para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor y en su Real y Supremo Consejo de las Indias u otro cualquier tribunal pida le honre con las mercedes que fuere servido en atención a sus méritos y servicios.
Sem títuloEl Licenciado don Gaspar Durán de Huerta, Presbítero, residente en esta villa, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de San Agustín Ystapa [Ixtapa], como patrón de la obra pía para casar huérfanas fundada por el Licenciado Juan Francisco Álvarez Ricardo, difunto; dijo que el 29 de agosto de 1680 el Regidor don José de Leiva, difunto, en la ciudad de los Ángeles otorgó escritura de reconocimiento de censo de 1 000 pesos a favor de dicha obra pía, quien los recibió del Bachiller don Diego Jaimes Ricardo Villavicencio, Presbítero, Cura Beneficiado del pueblo y partido de Tlacotepeq [Tlacotepec], patrón que fue de la citada obra pía, de que otorgó escritura a favor a los 24 de septiembre de 1691. Dijo también que don José de Leiva redimió dicho censo que tenía cargado sobre su hacienda, nombrada San Juan Bautista, y los entregó al Regidor don José Gómez Dávila y María de Leiva Esparragosa, su legítima mujer, como parece en la escritura citada, y dicho Gómez Dávila los cargó sobre su hacienda nombrada Señor San José. Y ahora el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa, albacea y uno de los herederos de del Regidor don José de Leiva, su difunto padre, le ha pedido al otorgante que en atención a las muchas ocupaciones que tuvo su padre y por no haber cancelado dicha escritura por parte legítima, le otorgue cancelación y redención de dicho censo como patrón actual de dicha obra pía, y poniéndolo en efecto, otorga haber recibido del Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, los dichos 1 000 pesos, dando por rota, nula y cancelada la escritura de imposición de censo, por estar actualmente cargado su principal sobre el trapiche del Secretario Juan de Espinosa, que antes fue del Regidor José Gómez Dávila.
Sem títuloEl Bachiller Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, albacea testamentario y tenedor de bienes de doña Gertrudis Jaimes Navarro, difunta, tutor y curador ad bona de sus menores hijos; otorga poder general al Capitán don José de Carvajal y Contreras, vecino de esta villa, para que en su nombre, como tal tutor, administre los bienes de dichos menores, su rentas y la cobranza de réditos, y con ello alimente y mantenga a dichos menores en el pupilaje donde los tiene puestos, y de lo que reciba y cobre de dichos réditos otorgue cartas de pago y demás instrumentos que se le pidan; y si en razón de dichas cobranzas hubiera contienda de juicio, lo represente y defienda en ella.
Sem títuloAutos por los cuales Francisco de Rocha, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepec, como albacea testamentario de Manuel Carmona, difunto, suplica al Capitán de Artillería don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de la villa de Córdoba, su partido y jurisdicción, tenga por presentada una memoria testamentaria que otorgó dicho Carmona ante el Licenciado don Francisco Antonio de la Cruz, Cura Beneficiado de este partido y Juez Eclesiástico de dicho pueblo, en presencia de siete testigos, el día 2 de enero de 1711, asimismo, pide se sirva autorizar y mandar protocolar. Por lo cual, el Alcalde Mayor declaró dicho testamento por última voluntad y testamento nuncupativo y ordenó se ponga junto con sus autos de comprobación en el archivo del presente escribano. En dicho testamento Manuel Carmona, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepec [Coscomatepec], hijo legítimo de Francisco de Carmona y de Tomasa de Guzmán, difuntos, ordena lo siguiente: Manda se den 10 pesos a la cofradía de Jesús Nazareno, fundada en Coscomatepec. Manda se den de limosna a la fábrica de la iglesia parroquial de dicho pueblo, 5 pesos para su obra. Declara estar casado con Rosa Domínguez, quien no llevó dote y él tenía de capital 300 pesos, de cuyo matrimonio no han tenido hijos. Declara por bienes veinte mulas de carpa aparejadas de lazo y reata; cuatro caballos mansos y una vaca; una casa pajiza en la que al presente vive, en dicho pueblo, con todas las alhajas caseras que en ella hay. También un negro nombrado Domingo Manfredo, como de treinta años de edad, que compró a don Lorenzo Antonio Blanco en 306 pesos de los cuales tiene pagados 100 pesos y aún no le ha otorgado escritura. Declara que le deben: Domingo Agustín, indio albañil vecino de Orizaba, 55 pesos; Juan de la Rosa Lobato, vecino de Xalapa [Jalapa], 90 pesos; y Miguel Blanco, vecino de Coscomatepec, 90 pesos. Y por cuanto ha criado en su casa a Ana Solís, niña de catorce años de edad, hija de Gertrudis Solís, vecina de dicho pueblo, es su voluntad que le den una mula y un macho de carpa aparejados. Nombra como albaceas a su mujer y a Francisco de Rocha, y como heredera a dicha su mujer.
Sem títuloEl Bachiller don Ambrosio Sarmiento de Figueroa, residente en esta villa y vecino de la ciudad de los Ángeles, Colector Mayor de la santa iglesia catedral de ella en esta villa y el pueblo de Orizaba, otorga haber recibido del Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa, 969 pesos 7 reales que importaron los diezmos causados en su hacienda y sus frutos durante los años de 1699, 1700 y 1701, los cuales se había obligado a pagar por escritura con fecha en esta villa a 9 de julio de 1702, por lo tanto le otorga carta de pago, finiquito y cancelación.
Sem títuloEl Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza [roto], Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder especial a don Manuel Muñoz, vecino del pueblo de San Cristóbal de Alvarado, jurisdicción de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente de doña Isabel de la Feria Jurado, Cristóbal de Valenzuela y Pascual de la Cruz, vecinos de dicho pueblo, albaceas de [roto] vecino que fue de dicho pueblo, 487 pesos que dicho difunto le debía de resto liquido de cuentas que tenían y de la venta de un esclavo negro y otras cosas. Y de lo que reciba y cobre, otorgue recibos, cartas de pago y demás instrumentos que se le pidan con renunciación de la excepción de la pecunia si la paga no fuera ante escribano, y si se pidiera rebaja de los 87 pesos por haber sido concierto el que se le pagarían dichos 400 pesos en la Pascua de Resurrección pasada, por el Licenciado don José Camanero de Rojas, Cura de dicho pueblo de Alvarado, lo cual no ha tenido efecto.
Sem títuloEl Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad; don Nicolás Rodríguez Dávila, Capitán de una de las compañías milicianas española de ella; y el Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; otorgan poder especial al Alférez don José Gómez Dávila, residente en la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa, para que en sus nombres los obligue como sus fiadores en la compra del trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrado San José de Omealca, hasta en cantidad de 31 000 ciento y más pesos y obligándolos al reconocimiento de ellos, quedando sobre dicho trapiche impuestos a favor del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles y Maestrescuela de ella. Para seguridad de dicho débito, don Antonio de Leiva hipoteca su hacienda nombrada San Juan Bautista que posee en esta villa y vale más de 28 000 pesos, sobre la cual tiene 2 000 pesos de censo a favor de la Madre Gertrudis de San Miguel, su hermana, Religiosa del convento de Santa Clara de dicha ciudad, cuya hacienda linda por un lado con tierras del Regidor don Francisco de Aguilar y por otro lado con tierras del Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, y por el frente y fondo con tierras de los propios de esta villa; don Nicolás Rodríguez hipoteca su hacienda nombrada San José que vale más de 30 000 pesos, sobre la cual están 2 000 pesos de capellanía favor del Bachiller don Nicolás de Barrios, Presbítero, y como 4 000 pesos de algunas hipotecas, cuya hacienda linda por un lado con tierras del Tesorero don Amaro José Bocarando, por otro lado con tierras del Capitán don Manuel Gómez Dávila, y hace frente con la sierra de Tepexilotepeq [Tepexilotepec]; y Juan de los Santos hipoteca su hacienda nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora que vale más de 30 000 pesos, sobre la cual están como 17 000 pesos de principal a favor de diferentes censualistas, y se compone de cinco sitios y 6 caballerías de tierra, linda por una parte con tierras del pueblo de San Francisco Chocamán, y por otro lado con tierras de esta villa, el río de Metlac y el de Tlapa [Tleapa].
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