PRESBÍTEROS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0120 · Pièce · 1715/11/17
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Ana Francisca de Carvajal y Contreras, natural y vecina de esta villa de Córdoba, mujer de don Juan del Castillo de Altra, hija de don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y de doña Juliana de Contreras y Cid, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia del convento de San Antonio de esta villa, en la forma de entierro y acompañamiento a voluntad de sus albaceas. Hace dos años contrajo matrimonio con don Juan del Castillo, en el que ella llevó de dote la cantidad de 4 708 pesos de legítima paterna y materna, y su marido llevó 2 700 pesos, durante el matrimonio procrearon a Juana Josefa. Nombra por sus albaceas a Juan del Castillo, su marido, a don José de Carvajal y Contreras, su hermano, y al Bachiller don Pedro Franco de Guzmán, Presbítero, a todos juntos de mancomún y a cada uno insolidun, y por sólo tenedor de bienes, tutor y curador a su marido. Nombra por heredera a su hija.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0128 · Pièce · 1715/12/31
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller Juan Estévez de Laguarda, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder al Licenciado don Antonio de Vargas, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y vecino de la ciudad de México, para que en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tenga con cualesquier personas hasta el día de hoy y en adelante, así demandando como defendiendo, en las audiencias, juzgados y tribunales superiores e inferiores de los fueros eclesiásticos y seculares. Para lo antes mencionado, haga los pedimentos, requerimientos, protestaciones, presente testigos, escrituras, papeles, pida términos, ofrezca y pida fianzas, oiga autos, sentencias y para su dependiente y anexo se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0014 · Pièce · 1716/02/08
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Francisco Valero y Espinosa, vecino de esta villa de Córdoba y Alcalde Ordinario de ella por Su Majestad, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, se obliga de pagar al Licenciado don José Valero Grajeda, Presbítero, su hermano, vecino de la ciudad de Los Ángeles y residente en esta villa, a saber 500 pesos de oro común en reales, mismos que le prestó para avío de su hacienda en reales de contado y de los que se da por entregado. Cantidad que tendrá en su poder por tiempo y espacio de cuatro años, que han de correr y contarse desde hoy día de la fecha en adelante, con el 5 por ciento de réditos anuales, para cuyo cumplimiento obliga su persona y bienes habidos y por haber.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0079 · Pièce · 1716/07/28
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco de Aguilar, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, se obliga de pagar a los señores jueces hacedores de la masa capitular de la iglesia Catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 76 pesos y 5 reales de oro común en reales, mismos que debe por resto de diezmos a la iglesia del tiempo que tuvo hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción. Cantidad que pagará en plazo de siete años a razón de 25 pesos anuales, y el primero empieza a correr y contar desde hoy día de la fecha en adelante sin pleito, pena de la ejecución y costas de su cobranza, para lo cual da por su fiador al Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0124 · Pièce · 1716/11/21
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel García de Monzaval, don Joaquín José, don Alonso Gómez Dávila y doña Josefa de Pedraza, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y en nombre del Capitán don Juan Gómez Dávila, difunto, en virtud del poder para testar que les otorgó, el cual usan para señalar su testamento en la forma siguiente: Declaran fue sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco. Mandó se diesen 50 pesos de sus bienes para que se repartan entre las cofradías de esta villa, que son: el Santísimo Sacramento, Nuestra Señora de la Concepción, Señor San José, el Santo Cristo, Jesús Nazareno, Nuestra Señora de la Soledad, Nuestra Señora de Guadalupe, Tercera Orden de Penitencia y Nuestra Señora del Rosario. También, les comunicó el difunto que habiendo otros hermanos que apoyen y se fervoricen a hacer algún altar al Señor San Joaquín y Santa [roto] Ana en la parroquia de esta villa, se saque de sus bienes la cantidad que faltare para el cumplimiento de dicho altar, y en él pidió y suplicó se coloque la imagen del Señor San Nicolás, donde permanezca perpetuamente. Mandó se le den 500 pesos a doña Gertrudis Gómez Dávila, su sobrina, hija de su hermano Alonso Gómez Dávila, mismos que están prontos a entregarle por haber contraído matrimonio con don Miguel García de Monzaval. Ordenó que del remanente de sus bienes se impusiese una capellanía de 3 000 pesos de principal y como capellanes a Alonso, a Ventura José y a Nicolás Gómez Dávila y a falta de estos a los parientes más cercanos, y nombró por patrona de la capellanía a doña Josefa de Pedraza, por capellán interino al Bachiller don Juan Gómez Dávila, Presbítero, su sobrino, y en caso de que en el quinto de sus bienes no quepan los 3 000 pesos, se saquen 150 pesos y con ellos se compren hasta donde alcanzare unos mantos, y que éstos se [repartan] entre pobres de esta villa. Mandó se den 100 pesos para que se le entreguen a Josefa hija de Clemente José Hidalgo, difunto, en el ínterin que no tome estado se les entreguen a sus albaceas, cantidad que es en cuenta de 1 000 pesos que le habían ofrecido a Francisca Gómez, su madre, a quien ya le había entregado 900 pesos. El difunto mandó se paguen 50 pesos a Juan de Orantes por concepto de un solar que le compró hace 10 años. Dicho difunto tenía deudas con el Bachiller don Esteban Lambert, Nicolás de Leiva, el Alguacil Mayor don Gregorio Martínez de Solís y otros más que se mencionan en esta escritura, las cuales mandó se paguen de sus bienes; y a él le debían don Lope Antonio de Iribas, Nicolás Campos y Pedro Zacarías, manda se les cobre. También, les comunicó fue albacea del Regidor don José Gómez Dávila y dentro de sus bienes quedó un negro nombrado José, Congo, que vendió al Capitán Manuel de Rosas en cantidad de 300 pesos, mismos que mandó se entreguen a sus hijos don Diego y don Ciprian; y estando en dicho cargo algunos vecinos le quedaron debiendo cantidades de pesos que constan por autos e inventarios, y de las diligencias que hizo entregó algunos pesos a los herederos del regidor, y aunque se había hecho cargo de todo el caudal en las aplicaciones y partes que les tocaba a los susodichos, les comunicó que del caudal le debían 2 500 pesos [roto] que el Alférez José Gómez Dávila, su sobrino, a quien se le aplicaron en las casas de su morada, y habiéndolos necesitado el dicho su sobrino, él se los dio de su propio caudal, y los otros 1 500 pesos fueron por la venta que como tal albacea hizo con doña Micaela Ramos, del potrero que llaman El Novillero, pero salió que por el precio del novillero estaba mal vendido, y así Juan Gómez devolvió los 1 500 pesos de su propio caudal, mismos que manda se rebajen a los menores de dicho su hermano. El difunto les comunicó tenía poder para testar de doña Marina Gómez Dávila, su difunta hermana, cargo que usó para administrar todos sus bienes y especialmente la hacienda nombrada Señor San Joseph [José], que quedó por bienes del Capitán don Juan Rodríguez Durán, de lo cual ajustó y liquidó todas las cuentas y salió alcanzado [roto] por mano del Sargento Agustín de Villavicencio, quien ajustó y asistió a las cuentas, mismas que dejó en manos de la susodicha, y fue su voluntad se cobrase la cantidad de sus albaceas y herederos, rebajándosele un cofre pequeño viejo que tenía dado al Capitán Nicolás Rodríguez, que importó 150 pesos, asimismo, el valor de 80 arrobas de azúcar que de orden de dicho difunto remitió a la Nueva ciudad de la Veracruz, cuya venta fue a 11 reales arroba. El difunto señaló se debían 300 pesos de los bienes del Regidor don José Gómez Dávila a doña María de Olaso y Salgado. Asimismo, mandó se saquen de sus bienes 300 pesos, de los que hace manda a doña Catalina Muñoz de Pedraza, hija del Alférez Antonio Muñoz de Anaya y de doña Ana de Pedraza, y mujer de don Juan de [Meza] y Ascanio, Alcalde la Antigua Veracruz [roto]. El difunto tenía sobre la hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada Santa Theresa [Teresa] [roto] de principal a favor de la Madre Catalina, hija del Regidor don Juan Gómez Dávila, reclusa en el convento de Santa Clara de la ciudad de la Puebla. También les comunicó, que el Regidor don José Gómez Dávila, difunto, fue albacea del Alguacil Mayor Juan de Soto Noguera, y tutor y curador de sus menores hijos y herederos, cuyo cargo recayó en él, y entró en su poder unas tierras que están en el pago de Tlacomulco, cuyo valor Juan Gómez tiene satisfecho a los herederos de Juan de Soto, y después apareció otro dueño reclamando derechos sobre dichas tierras en virtud de títulos que él volvió a comprar, y mandó que la cantidad que tenía suplida a los herederos de Soto se cobre de sus bienes. Por bienes del difunto, los otorgantes declaran la hacienda nombrada Santa Theresa [Teresa] en el pago de Tlacomulco que se compone de 21 caballerías de tierra y sobre éstas un censo a favor del Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, vecino de la Puebla. Y usando del poder para testar, señalan que se constituyen albaceas. Del remanente de sus bienes nombran por herederos a Alonso, doña Ana María, Ventura José y Juan Gómez Dávila, sus hijos; y nombran a doña Josefa de Pedraza por tenedora de bienes, tutora y curadora de sus personas y bienes.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0133 · Pièce · 1716/12/29
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Presbítero, vecino de esta villa de Córdoba y Comisario del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, otorga poder general a don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, su hermano, para que en nombre y en representación de su persona busque a su dita y crédito de las personas que le quieran [roto] hasta en cantidad de [roto], de lo cual entregue escritura de obligación que le fueren pedidas y que para su validación convengan; por lo que le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir, de manera que por falta de poder no deje de hacer todo cuanto se ofrezca.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0082 · Pièce · 1696/08/13
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              [El Capitán don Miguel de Leiva Esparragosa], Regidor Perpetuo y vecino de esta villa, dijo que [queda] en este registro el recibo y finiquito de [deuda que otorgó a favor del otorgante] el Licenciado don Juan Valero Gragera, Clérigo Presbítero Domiciliario de esta obispado de la Puebla, en la ciudad de los Ángeles el 13 de julio de este corriente año, ante Miguel García Fragoso, Escribano Real y Público, que con efecto queda protocolizado para su permanencia y dar de él las copias que se pidieren.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0021 · Pièce · 1698/03/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Doctor Joseph Valero Cavallero Graxera [José Valero Grajeda], Cura Foráneo, Juez Eclesiástico de esta villa y su partido, otorga poder al Doctor don Phelipe Varrales [Felipe Barrales], Presbítero Domiciliario de este obispado y vecino de la ciudad de los Ángeles, Catedrático de Código para la Real Universidad de esta Nueva España, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, con cualquier persona.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0025 · Pièce · 1698/03/12
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Joseph Tiburzio [José Tiburcio] Valeriano, vecino del pueblo de Orizaba y residente en esta villa, maestro de calderero, dijo que por cuanto hace más o menos tres años pasó a segundas nupcias con doña Josepha de Villa Araus [Josefa de Villarauz], natural del pueblo de Orizaba, hija legítima de Bernardino de Villaraus [Villarauz] y de doña María de Estrada y Barba, y respecto a que por haberse acelerado el casamiento no otorgó recibo de la dote, por la presente otorga haber recibido en dote 500 pesos de oro común en reales, de mano del tío de su esposa, el Bachiller don Francisco de Villaraus [Villarauz], Presbítero Domiciliario de este obispado y vecino del pueblo de Acasingo [Acatzingo], que junto con otros 500 pesos que le dio el otorgante a su mujer en arras propter nuptias, suman 1 000 pesos que se obliga a tener en su poder por dote de su mujer.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0007 · Pièce · 1699/01/21
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Theresa [Teresa] Catalina de Prado, de estado doncella, y Miguel de Prado, su padre y legítimo administrador, ambos dijeron que por cuanto el Licenciado Juan Sánchez Niño de Guevara, Presbítero de este obispado, difunto, vecino que fue del pueblo de Orizaba, por cláusula de su testamento que otorgó en el dicho pueblo el 27 de abril de 1697 ante el Capitán Diego Antonio Maderazo [Madrazo] Escalera, Alcalde Mayor que fue de dicho pueblo, le dejó y legó a la dicha Teresa Catalina la cantidad de 300 pesos de oro común para ayuda al estado que Dios Nuestros Señor sea servido encaminarle, con la calidad de que pasando de los veinticinco años de edad se le entregarían. Por lo tanto, Teresa Catalina de Prado otorga poder especial a Clemente García del Toxar [Tojar], vecino del pueblo de Orizaba, para que en su nombre cobre y reciba del secretario Juan de Espinosa, albacea testamentario y tenedor de bienes de dicho difunto, los 300 pesos del legado.

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