El presbítero don Narciso de Olartegoechea y Acosta y María Josefa Bonilla, mayor de edad y libre de ajena administración, dijeron que por muerte de Rafael Adame quedó una casita ubicada en esta ciudad en la calle que del templo de Señor San José conduce al camino Nacional de Veracruz, cuyo sitio tiene 18 y media varas de frente hacia dicha calle por el rumbo del sur, y del otro lado el pasamano; y de fondo tiene 48 varas hacia el norte, por donde linda con la plazuela de Señor San José; por el oriente linda con casa alta que fue de Trinidad Téllez y hoy es de un señor Portilla de Veracruz; y por el poniente con el referido templo mediando la calle que atraviesa para la mencionada plazuela. Cuya casita dejó dispuesto Adame le fuese vendida al nominado señor presbítero para que se cumpliese lo que dejó declarado por no tener herederos forzosos, y solo nombró de heredera en una parte a su hijastra la nominada Bonilla. Por lo cual, María Josefa Bonilla en representación de su padrastro, Rafael Adame, otorga que vende al presbítero don Narciso de Olartegoechea la casita que va deslindada, en precio de 124 pesos.
Sem títuloPRESBÍTEROS
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Doña Margarita Rebolledo, de esta vecindad, mayor de edad, albacea que expresó ser del finado presbítero don Andrés Domínguez y Rebolledo, dijo que este señor le vendió en vida al presbítero don Mateo Domínguez, de esta misma vecindad, un solar con unas cuantas ruinas destruidas, ubicadas en este propio pueblo, en la calle del Calvario, con la cual hace su frente de 66 varas al sur; y 62 de fondo al norte, por donde linda con solar de María Juana; por oriente con otro de Isabel Gorrón; por poniente con el callejón del Cerro; la cual venta hizo el expresado señor Domínguez en cantidad de 200 pesos, no habiendo formalizado la respectiva escritura. Y como la otorgante está plenamente satisfecha de todo ello, otorga como albacea del nominado presbítero don Andrés Domínguez, ratifica la venta que éste le hizo del expresado solar y ruinas al presbítero don Mateo Rebolledo.
Sem títuloDiligencias sobre apertura de testamento cerrado del presbítero don Félix Ruiz Ortiz de Zárate, cura de la doctrina de Tlacolulan, otorgado en esta ciudad de Xalapa el 5 de julio de 1832; primeramente, se presenta la solicitud de los albaceas, que lo son el presbítero don José Joaquín Ortiz, cura de la doctrina de Zacatlán de las Manzanas, y don José María R[odríguez] Roa, de esta vecindad, nombrados por codicilo, donde suplican se abra el testamento, se les devuelva el testimonio de codicilo para evitar confusiones; que los ciudadanos Florencio Aburto y José María Guerra, testigos de dicho testamento, reconozcan sus firmas y den testimonio de su presencia en el otorgamiento del testamento; que se presenten ciertas personas para reconocer las firmas de los testigos que están ausentes y de los que ya fallecieron; para que en presencia de los testigos se proceda abrir el testamento; y finalmente, abierto dicho testamento se sirva el alcalde a reducirlo a escritura pública, agregándolo el escribano a su registro. Posteriormente, se cita el codicilo y se presentan los testimonios de los testigos: José María Guerra, Florencio Aburto, Joaquín Guevara, Manuel Cosa, Ángel de Ochoa, Pedro Figueiras, José Manuel Laredo, Bernardo Sayago, José María Ruiz, Juan Nepomuceno César. Hecho esto se realizan los autos para abrir el testamento, en el cual el presbítero don Félix Ruiz Ortiz de Zárate dice ser originario de esta ciudad de Xalapa, hijo legítimo de don Félix Ruiz y de doña María Teresa Ortiz de Zárate, ya difuntos, en cuyo testamento ordena lo siguiente: Declara por bienes 2 800 pesos en poder de don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio; la casa de su habitación, ubicada en esta ciudad en la calle Nueva; otra casa chica en situada en la misma calle, cerca de la esquina que da vuelta para la de Belén; otra casa situada en la calle de la Caridad, de esta ciudad, que reconoce 380 pesos a favor de la cofradía de Ánimas de esta parroquia; la mitad del valor de la casa que actualmente habita su hermano, el presbítero don José María Ruiz, en esta ciudad, en la calle el Ganado, entre otros bienes. Manda que de sus bienes se den 200 pesos para ayuda en la construcción del templo que se está reedificando en el pueblo de las Vigas de la doctrina de Tlacolulan. Ordena se den 200 pesos para los pobres de la feligresía del Chico; 100 para los de Tlacolulan; 100 para los de la doctrina de Xicochimalco; y 100 para las mujeres pobres del pueblo de la Joya, de la referida doctrina de Tlacolulan. Ordena que a Teresa Ramírez, a María Gertrudis y a Carmen Hernández, sus sirvientas, se les den a cada una 200 pesos. Manda que a su compadre, Mariano de la Cruz, vecino de la Vigas, hijo de tío Santiaguito, se le den 150 pesos en legado. Ordena que las tres casas queden a disposición de su hermano, presbítero don José María Ruiz, para que disfrute de sus rendimientos, y luego que fallezca su hermano quedará la casa chica de la calle Nueva a beneficio del Beaterio de esta ciudad, para que sirva de auxilio a las niñas pobres que carezcan de recursos para permanecer en dicha casa de recogimiento. Y la casa de su morada y la de la calle de la Caridad, se consignen a la cofradía de Ánimas de esta parroquia, con la condición de que por cada casa digan por su alma doce misas cada año. Ordena que la mitad de la casa que le pertenece, una vez que fallezca su hermano se reparta entre sus tres sirvientas y entre Feliciana Díaz de Párraga y Juana Delgado, hija de doña Josefa Delgado. Y del remanente de sus bienes nombra como heredero a su hermano. Nombra como albacea testamentario a don Francisco Díaz Rosas, vecino y del comercio de esta ciudad, y a su hermano presbítero don José María Ruiz. Finalmente, se ordena registrar dicho testamento en el registro del escribano.
Sem títuloEl presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, dijo que está declarado capellán de la capellanía que disfrutó el doctor don José Nicolás Maniau y Torquemada, establecida con el capital de 3 000 pesos, de los cuales se reconocen 1 000 pesos sobre una casa de don Cirilo González, ubicada en la ciudad de Puebla en la calle de las Vacas, y 2 000 pesos se reconocen sobre un rancho nombrado San Miguel, propio de don Pablo Marín, situado en las cercanías del pueblo de San Agustín del Palmar. Asimismo, dijo que se le están debiendo al comparente los réditos vencidos desde el 17 de octubre de 1834 que murió dicho señor Maniau, y para recaudarlos ha decidido facultar a una persona de su confianza, por lo cual, otorga poder al licenciado don Juan Nepomuceno Estévez Rabanillo, vecino de dicha ciudad de la Puebla, para que en su nombre haya, perciba, demande y cobre las cantidades que importan los expresados réditos.
Sem títuloEl señor coronel don José Julián Gutiérrez, de esta vecindad, dijo que por escritura otorgada en esta ciudad el 18 de enero de 1836, le vendió don Francisco Fernández y Agudo una casa de altos y bajos, ubicada en esta ciudad, en la calle Principal, con la cual hace su frente al norte; lindando por oriente con casa alta de los herederos de don José Antonio de la Peña; por poniente con casa baja de doña Manuela de Bárcena; y por el sur con edificio perteneciente a la cofradía de Señora Santa Ana, de esta parroquia; siendo las dimensiones de la expresada casa 28 varas de frente y 55 y tres cuartas de fondo. De cuya casa el comparente quedó reconociendo sobre la propia finca 9 600 pesos, de los cuales pertenecen 2 600 a favor del convento de San Francisco de esta ciudad; 6 000 al Beaterio de la misma; y 1 000 pesos a un ramo de capellanía que sirve el presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa. Cuya casa vende por la presente a don Anselmo Zurutuza, vecino de México, en precio de 12 000 pesos de los cuales exhibe al contado 2 400 pesos, y el resto lo continuará reconociendo a favor de los mencionados interesados.
Sem títuloDon José Antonio Franceschi y Castro y su hermano don Domingo [María Franceschi y Castro], hijos ambos y herederos del finado don Domingo Franceschi; don Juan Hilario de Echagaray como hijo y heredero de doña Antonia Franceschi y Castro, que lo fue de dicho finado don Domingo, y como representante de los demás herederos de dicha señora en virtud de poder que le tiene otorgado don Domingo y don Gaspar Echagaray en 7 de febrero del presente año en la ciudad de Veracruz, del que le confirieron don Francisco Germán, doña Dolores y doña Carmen Echagaray [y Franceschi] en esta ciudad en 3 de febrero último, y de la curaduría que por doña Amada María y don Camilo Echagaray [y Romano], hijos de don Gabriel [Echagaray] le fue discernida por el señor alcalde tercero de esta ciudad en 13 de diciembre pasado; doña María Josefa Monroy de Franceschi, como viuda y albacea de don Francisco de Paula Franceschi y Castro, hijo del finado don Domingo; y don Bernardo Sayago por sí; dijeron que según escritura otorgada en esta ciudad a 12 de septiembre de 1804, el Muy Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad recibió del presbítero don José Mariano González de Castro 6 000 pesos de capital con pensión de réditos de un cinco por ciento anual, para emplear esa suma en aumentar la construcción del cuartel que hoy lleva el nombre del Vecindario, habiéndose impuesto dicho capital sobre el arbitrio impuesto al consumo de harinas de este suelo. Que en catorce de julio de 1807 subrogó dicho presbítero en su lugar al ya nombrado don Francisco Franceschi, endosando a favor de éste aquella escritura en la misma copia, según consta de una anotación puesta por el escribano en la matriz, y quedó por consiguiente acreedor de dicha suma don Domingo Franceschi en lugar del presbítero Castro. Que por muerte de don Domingo y hecha partición de sus bienes entre sus herederos se aplicaron también a los mismos los relacionados 6 000 pesos, distribuyéndose según convinieron, que según esa distribución se han redimido ya lo siguiente: a la parte de doña Antonia Franceschi, 937 pesos; a la de don Domingo María Franceschi hijo, 387 pesos; a la de don Francisco Franceschi, 662 pesos; a la de don José Antonio Franceschi [y Castro], 605 pesos; y a la de don Manuel [Ignacio] Franceschi [y Castro, 662 pesos, siendo el representante de esta última partida don Bernardo Sayago por haberle traspasado este crédito el referido don José Antonio a quien lo cedieron los herederos de don Manuel [Ignacio] Franceschi como parte que le tocó. Y debiéndose formalizar la respectiva cancelación, los ya citados don José Antonio y don Domingo Franceschi, doña María Josefa Monroy, don Juan Hilario de Echagaray y don Bernardo Sayago, por si los unos y por las representaciones que les competen a los otros, confesando que están cubiertas las partidas que les corresponden a cada uno, que todas unidas componen 3 253 pesos, otorgan que formalizan a favor del Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad el más amplio recibo y carta de pago.
Sem títuloFray Rodrigo de la Fuente, Prior del Hospital del pueblo de Jalapa, de la Orden de la Caridad del Señor San Hipólito, otorga poder al Bachiller Manuel del Pozo, Presbítero residente en la Ciudad de la Puebla, para que en su representación reciba y cobre del mayordomo que es del Hospital de San Pedro de esa ciudad, 100 pesos de oro común del noveno y medio que se adjudicó al Hospital de Jalapa desde 1637, en cuya razón le entregó escritura de transacción y concierto entre la parte del Hospital Real del Señor San Pedro y la del pueblo de Jalapa, fechado el 16 de enero de 1706 con obligación de pagar 100 pesos en cada año.
Doña Ignacia María de Herrera Espinar y Ugarte, viuda de don Francisco García de Mendoza, vecina del pueblo de Jalapa, tutora y curadora de sus menores hijos, como tal, otorga poder al Licenciado Luis de Quintana, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla, residente en la Ciudad de la Veracruz, para que en su nombre y la de sus hijos pida, reciba y cobre de cualquier persona las cantidades de pesos y otras cosas que le toquen de los bienes que quedaron de su marido; asimismo para que pueda vender cualesquier bienes muebles y raíces; para todos sus pleitos, causas y negocios que tiene o tuviere y especialmente para que la defienda en el reintegro de su carta de dote.
El Bachiller Manuel de Estrada, Presbítero residente en el pueblo de Jalapa, dijo que el Capitán Antonio de Campo, con poder del Capitán Juan de Malpica, su yerno, le vendió un esclavo nombrado Nicolás de Campos que será de 50 años, en 330 pesos de oro común, 180 de ellos le pagó de contado y los 150 restantes los debía haber pagado a los 8 meses después de su venta, pero no ha cumplido con ello, por tanto han convenido en transigir y cancelar la escritura de venta y que el esclavo vuelva a restituirse al dominio del Capitán Juan de Malpica devolviendo los 180 pesos.
El Capitán don Manuel de Olmedo, hijo legítimo de los difuntos don Manuel de Olmedo y doña Francisca Martínez, natural de la Villa de Tudela del Duero, Obispado de la Ciudad de Valladolid en Castilla la Vieja; junto con doña María Josefa de Araciel, hija legítima de don Francisco de Araciel y doña María de Zintra, natural de la Nueva Veracruz, marido y mujer, se otorgan poder para testar y nombramiento de albaceas, este ultimo en compañía de doña Josefa, los Presbíteros don Manuel y don Juan de Dios, doña Antonia, don Francisco y doña Teresa, sus hijos legítimos, a los cuales designan como herederos, mencionando entre sus bienes una tienda mestiza de géneros y comestibles, una casa de paredes cubierta de tejas con gravamen de 1, 000 pesos a favor de la capellanía que tiene su hijo el Licenciado Francisco de Olmedo y Araciel, y otras propiedades.