Carta de testamento otorgada por Antonio Rodríguez, natural de la ciudad de Lagos en Portugal, hijo legítimo de Manuel González y de Isabel González, donde declara a quien debe, quienes le deben y sus bienes. Nombra como heredera a su hermana Violante Moreira, como albaceas nombra a Juan Rodríguez, su primo, y a Luis de [Beristáin].
Portugal, Reino de
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Francisco Rodríguez, natural de Villa de Conde en los reinos de Portugal, hijo de Juan Rodríguez y de María Rodríguez, vecinos del pueblo de Huejutla, otorga su testamento donde ordena sea enterrado en el convento de San Agustín de dicho pueblo. Declara por bienes 35 o 36 mulas, las 30 aparejadas, un negro llamado Baltazar, de nación Bañón, y otro negro llamado José Díaz; cuyos bienes ordena se destinen para poner en estado a sus hijas Francisca, Isabel y a su hijo Juan Rodríguez del Patrón. Declara tener tres caballos mansos, una mula castaña y una caja de ropa. Asimismo declara que estuvo casado con Violanta Rodríguez, hija de Ana Díaz y de Juan Rodríguez del Patrón, natural de la ciudad de [Garachico en Isla de la Palma] y recibió en dote de parte de Ana Díaz, su suegra, 2 000 pesos de oro común en esclavos y otras cosas que lo valían. Declara que procreó con su esposa Violanta a Ana de Santiago, mujer de Miguel Raposo, Francisca Rodríguez, Isabel Díaz y Juan Rodríguez, a los cuales nombra como sus herederos universales. Nombra como albaceas a Juan Díaz y a Miguel Raposo, su yerno.
Josefa Pérez, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Francisco de Cala, difunto, dijo que en el año 1708 don Lucas de Acosta, residente en esta villa, Factor de la Junta de Negros en este reino por la Real Compañía establecida en el reino de Portugal, le hizo gracia y donación de una negra nombrada María, casta conga, que será de edad de veintiocho años poco más o menos, por el cuidado que tuvo en la curación de la susodicha esclava, en la enfermedad que por entonces padecía, su fecha de la donación a los 18 de febrero de 1708, por ante Juan Morera de Silva, Escribano Real, Público y de Cabildo. Y por justas causas que le mueven amor y cariño de haberse criado en su casa y compañía, y en remuneración de sus buenos servicios, le permite “librarle de la sujeción y cautiverio”, por lo que concede ahorría y libertad para que pueda hacer todos los actos de personas libres, desistiéndose y apartándose de toda acción, derecho y dominio que sobre dicha negra tenía.
Iribas, Lope Antonio deEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España, del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea y del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que ha recibido de Lorenzo de Guzmán, vecino de esta villa, 500 pesos de oro común en reales, que son los mismos que el susodicho se obligó a pagarle, por el valor de dos esclavos negros, de distintas edades y del armazón de su cargo.
Jiménez, JuanEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que ha recibido del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, que lo es de esta villa, 2 450 pesos de oro común en reales, de los cuales 350 pesos de ellos por el valor de una negra, y los 2 100 pesos por el valor de diferentes esclavos; por lo que da por rota, nula y canceladas dichas escrituras de obligación.
Jiménez, JuanDon Lucas de Acosta, residente en esta villa, Factor que fue del Asiento de Negros en este reino, celebrado con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal, otorga haber recibido de don Juan Valero Grajeda, Regidor perpetuo de esta villa, 3 180 pesos de oro común en reales por el valor de nueve esclavos piezas Indias, por escritura que a su favor otorgó el 10 de noviembre de 1700. De cuya cantidad se dio por entregado, otorgó carta de pago y dio por cancelada la citada escritura.
Morera de Silva, JuanLucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Factor del Asiento de Negros Esclavos en este reino celebrado por Su Majestad por la Real Compañía de Guinea establecida en Portugal, otorga que ha recibido de Juan Álvarez de Rivera y Diego de Altamirano, vecino de esta villa, 2 450 pesos de oro común en reales, los mismos que importaron nueve piezas de negros esclavos que sacó para su trapiche Pedro García de Meza, difunto, y se obligaron los susodichos de pagarle al otorgante y al Alférez Antonio González Candelas por escritura de 7 de julio de 1703. Por otra parte, declara que por cuenta de dicha cantidad le ha entregado al otorgante el dicho Juan Álvarez de Rivera tres esclavos de los nueve que se le vendieron al dicho Pedro García de Meza por no hallarse con su valor, por lo que de ellos y de la cantidad líquida de la citada escritura se dio por entregado, y otorgó carta de finiquito.
Morera de Silva, JuanEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal, para la introducción de negros esclavos en las Indias; otorga que ha recibido de Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa, 2 005 pesos de oro común en reales, los mismos que el susodicho se obligó a pagarle por el valor de cinco esclavos piezas y un mulecón de diferentes castas, de los del armazón de su cargo, en la escritura de venta que de ellos se hizo; por lo tanto, da por rota, nula y cancelada y de ningún valor ni efecto dicha escritura de obligación.
Jiménez, JuanEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal, para la introducción de negros esclavos en las Indias; otorga que ha recibido de Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa, 380 pesos de oro común en reales, los mismos que el susodicho se obligó a pagarle por el valor de una negra pieza con una cría negrito, del armazón de su cargo, en la escritura de venta que de ellos se hizo; por lo tanto, da por rota, nula y cancelada y de ningún valor ni efecto dicha escritura de obligación.
Jiménez, JuanEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General de este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros esclavos a las Indias; otorga que ha recibido de Diego de Rojas, vecino de esta villa, 140 pesos de oro común en reales, los mismos que el Rojas se obligó a pagarle por el valor de un muleque esclavo de los del armazón de su cargo, como consta en escritura con fecha en esta villa a 16 de diciembre de 1700; por lo cual, da por rota y cancelada dicha escritura de obligación.
Jiménez, Juan