El Señor don Pedro Pérez de Llera, Alcalde Ordinario menos antiguo de esta Villa, y don José Pérez de Llera, su hermano, de esta vecindad, otorgan poder especial al Licenciado don Francisco Javier de Gorospe Irala y Padilla, vecino de la Ciudad de la Puebla, para que en sus nombres se presente en el Juzgado del Señor Gobernador e Intendente de dicha Ciudad de la Puebla, donde se halla radicada la instancia que tienen promovida contra don Juan Pedro de Necochea, Subdelegado de la Ciudad de Tehuacán, sobre falta de cantidad de cobres que en su poder se hallaban en depósito, y siga, prosiga, fenezca y acabe dicha instancia.\t
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Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.
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Real Academia Española.
Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
Madrid .
Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
1737.
Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.