PODERES

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

  • Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.

Nota(s) sobre el origen

  • Real Academia Española.
    Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
    Madrid .
    Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
    1737.
    Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.

Mostrar nota(s)

    Términos jerárquicos

    PODERES

      Términos equivalentes

      PODERES

        Términos asociados

        PODERES

          24 Descripción archivística resultados para PODERES

          24 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0048 · Unidad documental simple · 1720/05/21
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción y en la de la Antigua ciudad de la Veracruz, otorga poder general a don Sebastián de Guevara y Lucio, su compadre, vecino de la ciudad de los Ángeles, [para que en su nombre haya, demande, reciba y cobre] todo lo que le deban. Y para que lo represente y defienda en todos sus pleitos civiles y criminales, movidos o por mover, con cualquier persona.

          JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0081 · Unidad documental simple · 1712/09/01
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          [Doña Inés Ruiz de Meza y Moral], vecina del pueblo de Tenexapa [Tenejapa], jurisdicción de la Antigua Veracruz, residente en esta villa de Córdoba, otorga poder especial a don Manuel de Acosta Sánchez, para que en su nombre parezca ante el Licenciado don Francisco Valenzuela Venegas, Caballero de la Orden de Santiago, del Consejo de Su Majestad, su Oidor de la Real Audiencia de esta Nueva España, Juez Privativo Superintendente de ventas composiciones e indultos, tierras y demás tocantes y pertenecientes al Real Patrimonio; y presente la composición que la otorgante tiene hecha con Su Majestad, por razón de las tierras que posee en el pueblo de [Tenejapa], sus títulos y mercedes, haciendo para ello suplicas, pedimentos, memoriales, autos y demás diligencias que convengan hasta su aprobación

          JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0088 · Unidad documental simple · 1712/10/05
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          El Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, Presbítero; don Francisco Valero y Espinosa y doña Juana Ramón y Espinosa, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Capitán don Manuel Gómez Dávila, difunto, vecino que fue de esta villa, en virtud de poder para testar que les confirió, por la presente otorgan su testamento de la siguiente manera: Declaran que el difunto dejó los siguientes débitos: 1 029 pesos que debía al Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, de cuentas de capellán de la capilla por doce años; 9 200 pesos de principal que está sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada San Antonio de Padua, y los debía a los menores hijos del difunto Capitán don Antonio de Brito Lomelín, y un año de sus réditos; debía de una capellanía que esta impuesta sobre dicha hacienda, de 2 000 pesos de principal a favor del Bachiller don Juan de Aranda Gómez, difunto; le debía a don Juan de Godoy, Secretario del Ilustrísimo Señor Obispo de este obispado, 100 pesos de réditos de dicha capellanía; al Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición, 2 000 pesos de principal que están sobre dicho trapiche, y sus réditos; a la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la parroquia de esta villa, 1 000 pesos de principal situados sobre dicho trapiche y un año de réditos; a los herederos del Capitán don Diego Salgado, difunto, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, 1 379 pesos 7 reales y medio de resto de cuentas como encomendero que fue de dicho difunto; al Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, 1 240 pesos de avíos para dicha hacienda; al Conde del Valle, don José Hurtado, 1 500 pesos; al Bachiller don Ambrosio Sarmiento de Figueroa, Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles, del diezmo del tiempo de su administración; al maestro José de Rivera, del arte de barbero, vecino de esta villa 100 pesos de una libranza; a don Miguel García de Monzaval, maestro de boticario, vecino de esta villa, por medicinas de su botica a dicha hacienda y gasto de casa; a Juan de Dios, maestro calderero, vecino de Orizaba, 16 pesos; entre otros débitos que se mencionan. Asimismo, declaran que al difunto le debían las siguientes personas: el Capitán Juan de Piña le debe 2 180 pesos procedidos del valor de la hacienda San José de Omealca, en la jurisdicción de la Antigua Veracruz, que le vendió el difunto; Antonio Riveron, vecino del pueblo de Orizaba, 500 pesos que quedaron debiendo los indios gañanes de la hacienda de Tecamaluca, que fue del dicho difunto; Diego Ventura Márquez, maestro calderero, vecino de esta villa; entre otros que se mencionan. Declaran que dicho difunto contrajo terceras nupcias con doña Juana Ramón y Espinosa, la cual declara haber llevado por dote 1 663 pesos como consta en recibo, más 300 pesos que le entregó el Marqués de Sierra Nevada, vecino del pueblo de Orizaba, albacea y heredero que fue de doña Clara de Mora y Medrano, de la obra pía que fundó la madre del Capitán don Juan González de Olmedo. Declaran que dicho difunto contrajo primeras nupcias con Juana de Gatica Padrón, y durante dicho matrimonio procrearon a doña Estefanía Gómez Dávila, mujer legítima de don Francisco Valero y Espinosa; y que también pasó a segundas nupcias con doña Gertrudis de Guzmán y Picasso, con quien procreó a don José Gómez, de dieciséis años de edad, y a don Pedro Gómez, de trece años. Declaran que procreó con doña Juana Ramón y Espinosa, su tercera esposa, a Manuel José, de cuatro años de edad; a Juan, de tres años; a doña Mariana Gómez Dávila, de un año; y al póstumo o póstuma de que se halla encinta. Declaran que, a dicho difunto, por ante Real Justicia de esta villa, le hizo cesión doña Marina Gómez Dávila, su difunta hermana, viuda del Capitán Juan Rodríguez Durán, de la hacienda de trapiche nombrada Señor San Antonio, que quedó por bienes del Capitán don Antonio de Brito Lomelín, difunto, habiendo reconocido las tutelas que sobre dicha hacienda estaban a favor de los hijos y herederos de dicho capitán y las dotes de doña Gertrudis García y acreedores que había sobre dicha hacienda. Declaran por bienes de dicho difunto la hacienda nombrada San Antonio y una casa principal en esta villa. Los otorgantes se nombran como albaceas testamentarios; y por tenedora de bienes a doña Juana Ramón. Nombran como herederos universales a los hijos del difunto, y como tutor y curador ad bona de los menores a don Francisco Valero y Espinosa.

          JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0051 · Unidad documental simple · 1714/04/21
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          Don Manuel de Garaita, vecino y mercader de esta villa de Córdoba; doña María Álvarez Ricardo, su mujer; doña Ángela Ricardo, mayor de veinticinco años; y dicho don Manuel, en representación de doña Josefa Ricardo, doncella y mayor de veinticinco años; todas hijas del Capitán don José Álvarez Ricardo y de doña Isabel Noroña y Palacios, difuntos, otorgan poder a don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepc] de esta jurisdicción, para que en nombre y en representación de sus personas pueda vender al contado o al fiado y por el precio que ajustare, un sitio de tierra de ganado mayor que poseen en jurisdicción de la Antigua Veracruz, propiedad que heredaron de sus padres.

          FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0010 · Unidad documental simple · 1708/01/20
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          Doña Inés Ruiz de Meza y Moral, vecina del pueblo de Tenejapa de la jurisdicción de la Antigua Veracruz, residente en la jurisdicción de la villa de Córdoba, viuda de Bartolomé Soriano Correa, dueña de hacienda de hacer azúcar, otorga poder general a don Carlos de Navia, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que en su nombre y representación parezca ante el Rey y ante su presidente, oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y pida se le despache Real Provisión inhibitoria por el caso que goza de corte para las justicias de Su Majestad que son y en adelante fueren del dicho pueblo de Tenejapa, para que no conozcan de mis causas [roto] los agravios que le asisten. También le da poder al susodicho para todos sus pleitos, causas, negocios civiles y criminales, así demandando como defendiendo que tenga contra cualquier persona.

          JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0125 · Unidad documental simple · 1719/12/11
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba, y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su mujer, dueños de haciendas del beneficio de hacer azucares en esta jurisdicción y en la de la Antigua ciudad de la Veracruz. Ella con licencia del susodicho, ambos en mancomún, otorgan poder a don Luis [José] Chacón [roto] [y por su] impedimento al Licenciado don Matías Navarro, Abogado de la Real [Audiencia] Fiscal en ella, para que en nombre y en representación de sus personas parezcan ante el Rey, señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y representen a Su [roto] que [respecto a] que doña Agustina fue casada en primer matrimonio con el Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, difunto, y en segundo matrimonio con el citado Capitán Lope Antonio, y de ambos matrimonios ha tenido hijos, a quienes les tienen enterado a cada uno lo que le toca [roto] y para saber el Capitán Iribas el caudal con que se halla liquido [roto] [dependencias] que tienen que ajustar las que antes del matrimonio tuvo doña Agustina, para evitar pleitos y discordias que entre los hijos de ambos matrimonios pueda acaecer por fallecimientos de alguno de ellos dos [roto] cediendo para ello inventario y [avalúo] jurídico que harán con cuenta y relación jurada por ambas partes [roto].

          JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0092 · Unidad documental simple · 1720/08/20
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          El Capitán don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, dueño de trapiches de hacer azúcar en esta jurisdicción y en la de Antigua Veracruz, otorgan poder general, en primer lugar, a don Alejo López de Cotilla, del Orden de Santiago, Contador, Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la ciudad de México, próximo a viajar a los reinos de Castilla en las naos de guerra de Su Majestad, del cargo del Señor Jefe de Escuadra don Baltazar de Guevara; y en segundo lugar, otorga su poder a don Ignacio de Lasarte; para que en sus nombres puedan parecer ante el Rey Nuestro Señor, en su Real y Supremo Consejo de Indias u otro cualquier tribunal, y pidan y supliquen a Su Majestad se sirva de honrarles y hacerles merced del empleo o empleos que fuere servido y que les comunicarán a sus apoderados mediante cartas y órdenes misivas. Asimismo, para que los representen y defiendan en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales, eclesiásticos y seculares, que al presente tienen o en adelante tengan en el Real y Supremo Consejo de Indias u otro cualquier tribunal.

          JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0093 · Unidad documental simple · 1720/08/24
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          El Capitán don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, dueños de trapiches de hacer azúcar en esta jurisdicción y en la de Antigua Veracruz, otorgan poder general, en primer lugar, al Señor don Francisco Antonio de Palacios y del Hoyo; en segundo lugar, al Señor don José de Cienfuegos, Inquisidores Mayores del Santo Oficio de la Inquisición de este reino de la Nueva España, residentes en esta villa y próximos a viajar a la Nueva ciudad de la Veracruz, para hacer viaje a los reinos de Castilla en las naos de guerra del cargo del Señor Jefe de Escuadra don Baltazar de Guevara; para que en sus nombres puedan parecer ante el Rey Nuestro Señor, en su Real y Supremo Consejo de Indias u otro cualquier tribunal, asimismo, en la Curia Romana, donde supliquen a Su Majestad se sirva de honrarles y hacerles merced del empleo o empleos que fuere servido y que les comunicarán a sus apoderados mediante cartas y órdenes misivas. También les otorgan dicho poder para que los representen y defiendan en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tengan o en adelante tuvieran en dicho Supremo Consejo e Indias o en otro tribunal.

          JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0045 · Unidad documental simple · 1706/05/07
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          Doña Margarita Jaimes Alfonso, viuda del Capitán don Diego Dávila Barrientos, don Antonio de Ugalde de Aróstigui, marido legítimo de doña Isabel Dávila Barrientos, una de las hijas y herederas del dicho Capitán Diego Dávila y de la citada Margarita Jaimes, y los tres de mancomún acuerdo dijeron que el citado difunto ganó mandamiento del Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey, Gobernador y Capitán General que fue de este reino, el 17 de septiembre de 1696, para que en su virtud se le hiciese merced de un sitio de tierra para ganado mayor, a la linde de un trapiche que tuvo en jurisdicción de la Antigua Veracruz. Asimismo, dijeron que al presente don Juan Dávila Barrientos, hijo de Margarita y hermano de Isabel, como uno de los herederos del citado difunto, por lo que le toca, pretende conseguir dicha merced para el uso de dichas tierras y en su efecto les pidió su beneplácito; quienes a su vez le informaron que no tenían intención de cultivar ni poblar dichas tierras. Por tanto, en aquella vía y forma, otorgan que dan su poder y es necesario al citado Juan Dávila Barrientos para que se presente ante el Excelentísimo Señor, Oidores de su Real Audiencia de esta Nueva España, y pida se sirva de hacerle merced de las tierras [que se citan] en dicho mandamiento, mandándole despachos, título real, para que pueda tomar posesión.

          JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0054 · Unidad documental simple · 1692/12/06
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          Don Diego Dabila Varrientos [Diego Dávila Barrientos], residente en esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San José de Omealca, situada en términos del pueblo de Cuesala [Coetzala], jurisdicción de la ciudad de Antigua Veracruz, otorga que vende al Licenciado Diego Xaimes [Jaimes] Ricardo Villavicencio, Cura Beneficiado, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de Santa Cruz Tlacotepeque [Tlacotepec], 93 pesos de censo en cada un año, los cuales impone sobre todo sus bienes, en especial sobre su hacienda. Dicha cantidad la pagará por sus tercios corridos fin de cada cuatro meses, por precio de 1 860 pesos de a 8 reales cada uno, que recibe de contado para ajustar la cantidad de pesos en que compró el trapiche. Dicho otorgante se obliga a guardar las condiciones que se mencionan en la escritura. Y estando presente Miguel de Leiva [Esparragosa], vecino de esta villa, Alcalde Ordinario, en voz y en nombre del Licenciado Diego Xaimes [Jaimes] Ricardo Villavicencio, dijo que aceptaba según como en ella se expresa y declara la presente escritura.

          NICOLÁS DE ESTRADA, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO