PODERES

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  • Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.

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  • Real Academia Española.
    Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
    Madrid .
    Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
    1737.
    Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0048 · Stuk · 1827/12/22
          Part of Archivo Notarial de Xalapa

          Don Manuel Manuel Antonio del Valle y Vieyra y don Juan Bautista de Lezama Antonio del Valle y don Juan Bautista Lezama, apoderado éste de don Pedro Pablo Bandala, del comercio de Papantla, dijeron que usando de las facultades que le están conferidas al citado Lezama por el poder que le dio para el establecimiento de una compañía, su término y condiciones, han deliberado hacer y establecer dicha compañía bajo las condiciones siguientes: 1ª Que la compañía subsistirá por el término de dos años, y durante ellos no se extraerá cantidad alguna, ni del principal, ni de las utilidades, y concluido el término se hará un balance para hacer partibles las cantidades producidas. 2ª Si conviniere a ambos otorgantes, seguirán la compañía bajo nuevas condiciones, capital y demás circunstancias, y no queriendo alguno de los socios continuar, se dará en el acto mismo por concluida la compañía. 3ª Que el capital ha de ser de 6 206 pesos 4 y cuartilla real que pone el socio don Manuel Antonio del Valle y Vieyra, uel Antonio del Valle, que es el importe de dos remesas que le entregó en Tampico y una hecha desde Veracruz. 4ª Que el producido de utilidades que de la compañía será divisible por mitad entre el socio Bandala y el capitalista. 5ª. Que los gastos del comercio saldrán del fondo de la compañía, y los particulares del socio Bandala se los cargará en una cuenta corriente, donde se abonará las utilidades que le corresponden. 6ª. Llevará Bandala con toda exactitud sus apuntes y libros como previene la ordenanza. 7ª. En caso de mala versación del socio Bandala, podrá el socio capitalista intervenir y separar a aquel, mirando a la seguridad de los intereses. Con cuyas calidades y condiciones el apoderado don Juan Barrientos y don Manuel Antonio del Valle, establecen esta compañía y se obliga a observar las condiciones en las que se instituye.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0039 · Stuk · 1828/04/17
          Part of Archivo Notarial de Xalapa

          Don Salvador Pérez, vecino de Tampico y residente en esta villa, otorga poder general a don Juan Nepomuceno de Urquía, administrador general de las rentas de este Estado de Veracruz, para que en nombre y en representación de su persona, deudas, derechos y acciones, demande, cobre y perciba judicial o extrajudicialmente de los bienes, herederos, o de quien más haya lugar, las cantidades de dinero, joyas u otras especies que le estuvieren debiendo o en adelante se le debieren. Asimismo, le da éste para lo defienda en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, así demandando como defendiendo para todo lo cual le otorga poder.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0125 · Stuk · 1837/10/21
          Part of Archivo Notarial de Xalapa

          Doña María de Jesús Hidalgo, cuya identidad testifican don Bernardo Sayago y don Manuel Cosa, viuda que dijo ser de Bernardo Guevara, y madre de María de la Paz y de Hilario [Guevara], otorga poder al ciudadano José María Cao, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, y la de sus relacionados hijos recaude todos los bienes e intereses que por fallecimiento del nominado Guevara han quedado en Tampico, y lo que existan en cualquier otro punto.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0078 · Stuk · 1826/07/01
          Part of Archivo Notarial de Xalapa

          Don Antonio Guadalupe Cardona, diputado del Honorable Congreso del Estado Libre de Veracruz, vecino del pueblo Viejo de Tampico, otorga poder general a don Manuel López Salazar, residente en esta villa, para que en su representación haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de pesos, oro y plata, joyas y otros de cualquier especie o porción que le deban. De lo que recibiere, entregue cartas de pago y demás instrumentos que se le pidan. También, le confiere especial para que en la parte que le corresponda, continué hasta terminar el artículo que versa en este Tribunal de Segunda Instancia relativo a la sentencia que por él pronunció siendo Alcalde de Tampico, en un expediente sobre comiso de pesos. Así como para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales.

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