PODERES

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

  • Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.

Nota(s) sobre el origen

  • Real Academia Española.
    Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
    Madrid .
    Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
    1737.
    Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.

Mostrar nota(s)

    Términos jerárquicos

    PODERES

      Términos equivalentes

      PODERES

        Términos asociados

        PODERES

          10 Descripción archivística resultados para PODERES

          10 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0081 · Unidad documental simple · 1706/07/24
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          El Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de esta villa, dijo que por cuanto el Doctor don Diego de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia, vecino de la ciudad de los Ángeles, su hermano legítimo, como hijo primogénito de don Francisco de la Veguellina y Sandoval y de doña Jerónima de Chávez, su legítima mujer, está en posesión del mayorazgo que fundaron [roto] Veguellina y Benavides y doña Ana Enríquez, sus tatarabuelos, en la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San Juan Bautista, en jurisdicción de Teopantlán en la gaya [sic] que llaman de Quasingo [Coatzingo]. Asimismo, dijo que dicho su hermano le tiene informado y reconocido que al tiempo y cuando pasó a poseer la citada finca estaba sumamente deteriorada y que el empeño que ha puesto para su reedificación no ha sido suficiente; también, le ha dicho que para convertir en utilidad dicha finca es necesario hipotecarla o gravarla para su reparo, ya que de no hacerlo irá a mayor ruina, con el peligro de perderse en el todo. Y en atención a que el presente otorgante es el inmediato en grado sucesor en dicho mayorazgo, por ser hermano de Diego de la Veguellina y Sandoval, y debido a que éste no tiene hijos y es soltero, para que no le sirva de impedimento el hallar reales, otorga que le da todo su poder para que pueda hipotecar dicha hacienda, vendiéndola a censo o su producto, y poniéndolo para que tenga subsistencia y permanezca de los susodichos.

          JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0126 · Unidad documental simple · 1711/10/07
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad; don Nicolás Rodríguez Dávila, Capitán de una de las compañías milicianas española de ella; y el Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; otorgan poder especial al Alférez don José Gómez Dávila, residente en la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa, para que en sus nombres los obligue como sus fiadores en la compra del trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrado San José de Omealca, hasta en cantidad de 31 000 ciento y más pesos y obligándolos al reconocimiento de ellos, quedando sobre dicho trapiche impuestos a favor del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles y Maestrescuela de ella. Para seguridad de dicho débito, don Antonio de Leiva hipoteca su hacienda nombrada San Juan Bautista que posee en esta villa y vale más de 28 000 pesos, sobre la cual tiene 2 000 pesos de censo a favor de la Madre Gertrudis de San Miguel, su hermana, Religiosa del convento de Santa Clara de dicha ciudad, cuya hacienda linda por un lado con tierras del Regidor don Francisco de Aguilar y por otro lado con tierras del Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, y por el frente y fondo con tierras de los propios de esta villa; don Nicolás Rodríguez hipoteca su hacienda nombrada San José que vale más de 30 000 pesos, sobre la cual están 2 000 pesos de capellanía favor del Bachiller don Nicolás de Barrios, Presbítero, y como 4 000 pesos de algunas hipotecas, cuya hacienda linda por un lado con tierras del Tesorero don Amaro José Bocarando, por otro lado con tierras del Capitán don Manuel Gómez Dávila, y hace frente con la sierra de Tepexilotepeq [Tepexilotepec]; y Juan de los Santos hipoteca su hacienda nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora que vale más de 30 000 pesos, sobre la cual están como 17 000 pesos de principal a favor de diferentes censualistas, y se compone de cinco sitios y 6 caballerías de tierra, linda por una parte con tierras del pueblo de San Francisco Chocamán, y por otro lado con tierras de esta villa, el río de Metlac y el de Tlapa [Tleapa].

          JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0141 · Unidad documental simple · 1823/08/21
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          El presbítero don Gabriel Palacio y Acosta, vecino de esta villa, otorga poder especial a don José Vicente Cagigas, secretario del Seminario de la Puebla de los Ángeles, para que en su representación, comparezca en aquel Juzgado General de Capellanías y con documentos necesarios solicite, pida y promueva que se le declare por capellán propietario de dos capellanías siguientes: la primera que fundó doña Elvira Vargas con el principal de 3 000 pesos, que están cargados sobre la hacienda titulada San Juan Bautista, ubicada en doctrina de Huamantla, que la posé el presbítero don José María González de la Cruz y de la que fue último capellán, su hermano, don Antonio Palacio, que falleció el 17 de diciembre de 1817. Y la segunda que fundó su padre, don Manuel María Palacio y Soto Carrillo, con el principal de 3 000 pesos que reconoce sobre una de sus casas en la Nueva Veracruz don Antonio de Zúñiga, de la fue el último capellán don José Francisco Palacio, asimismo su hermano, que falleció el 31 de enero de 1819. Desde cuyas fechas están vacantes ambas capellanías. Haciendo al intento de todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales que convengan hasta tomar colación de ambos beneficios y, le brinden de ellas, los títulos o despachos para su uso y ejercicio. Dicho poder lo confiere sin limitación alguna y con facultad de sustituir.

          JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0068 · Unidad documental simple · 1712/07/18
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          Los Capitanes don Antonio de Leiva Esparragosa y Juan de los Santos Cubillos, dueños de haciendas y trapiches de hacer azúcar en esta jurisdicción de la villa de Córdoba, otorgan poder general a Diego Manuel de Ayala, Escribano de Su Majestad en la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en sus nombres [pida] a crédito 1 000 pesos de oro común. Y para mayor seguridad de dicho débito, hipotecan sus haciendas y trapiches, nombrados Juan Bautista y La Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora.

          JERÓNIMO DE ACOSTA, JUEZ RECEPTOR
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0086 · Unidad documental simple · 1703/06/16
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor en ella por Su Majestad, dijo que por cuanto el 31 de mayo de 1697 en la ciudad de México, su apoderado otorgó escritura ante Francisco de Valdés, Escribano Real de dicha ciudad, obligándose a hacer la iglesia y convento de Señor San Antonio de esta villa de Córdoba, logrando ser patrón de ella. Y habiéndolo puesto en ejecución, con los deseos eficaces de concluir dicha obra, teniendo levantadas las cuatro paredes de la iglesia, los arcos para sus bóvedas y la mayor parte del convento, como es público y notorio que poco le falta; ha sido Dios Nuestro Señor servido con los malos tiempos de azúcares, que son notorios de atajarle las fuerzas para continuar como antes y acabar con lo poco que le falta, por cuya causa ha habido demora en ello. Y deseando dicho patronato, comunicó al Reverendísimo Padre Fray José de Melluegui, Provincial actual de la provincia de Señor San Diego, quien con la experiencia y reconocimiento de la obra le pareció justo la cantidad de 12 000 pesos para la consecución y obligación de dicho patronato, y conociendo los atrasos en los que se halla el otorgante, convino en que entregara dicha cantidad en el periodo de cuatro años, en cada uno 3 000 pesos, con lo cual reconocería al otorgante, a su esposa doña Juana de Gatica y Aguilar y su hija doña Águeda María de Solís y Gatica, casada con don Juan Antonio de la Veguellina y Saldoval, y a sus descendientes, por patrones de dicho convento, quedando el otorgante sin obligación de dar más que los 12 000 pesos. Y para la cancelación de la anterior escritura y otorgamiento de la nueva obligación de los 12 000 pesos, el Padre Provincial le pidió acudir a la ciudad de la Puebla de los Ángeles, al convento de Santa Bárbara de Religiosos Descalzos de la provincia de San Diego, donde tiene convocado al Definitorio para que ahí se celebre dicha escritura. Y para que tenga efecto lo referido, otorga poder especial al Doctor don Diego de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de este reino, vecino de dicha ciudad de los Ángeles, para que en su nombre pueda parecer y parezca ante dicho Reverendísimo Padre Provincial y Venerable Definitorio, a cuyo favor y especialmente a la del convento de esta villa, otorgue escritura de obligación por los dichos 12 000 pesos, con el cargo de que dicha provincia le ha de mantener en la gracia de tal patrón, guardándole los fueros y preeminencias que como tal debe gozar. Y para cumplimiento de dicha escritura, obligue todos sus bienes, especialmente, hipoteque una hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada San Juan Bautista, que posee en esta jurisdicción, que linda por la parte del oriente con tierras de doña Josefa García de Miranda; por el norte con tierras de don José de Segura y Ceballos y las del dicho don Juan Antonio de la Veguellina, su hijo; por el sur con la barranca que llaman de Tleapa.

          JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0112 · Unidad documental simple · 1709/09/16
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          José de Aldaraca, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Tecamachalco, en nombre del Capitán José López de Priego, vecino y labrador de la jurisdicción de la ciudad de los Ángeles, en virtud de su poder; y el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada San Juan Bautista en su jurisdicción; dijeron que por cuanto don Antonio de Leiva posee una esclava nombrada Gertrudis, negrita criolla de doce años, y la parte de José de Aldaraca una esclava negra nombrada Úrsula, de treinta años de edad, la cual vale 300 pesos y la negrita Gertrudis 225 pesos; por la presente hacen trueque y cambio el uno al otro de dichas dos esclavas, entregando Leiva 75 pesos a Aldaraca en cumplimiento de los 300 pesos del valor de la esclava Úrsula.

          JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0085 · Unidad documental simple · 1710/09/06
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrado San Juan Bautista, en su jurisdicción, otorga poder general al Doctor don José Valero Grajeda, Presbítero Canónigo Penitenciario de la santa iglesia catedral de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre lo pueda obligar como principal fiador, juntamente de mancomún con los demás que dicho su apoderado tenga, a que pagaran 7 875 pesos 6 reales que el susodicho está debiendo al Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, por cantidad de lo que se le rateare con los demás principales y fiadores a razón de 2 000 pesos en cada un año, con hipoteca de su hacienda de hacer azúcar cuyo valor es de 20 000 pesos poco más o menos.

          JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0107 · Unidad documental simple · 1711/08/27
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario en ella por Su Majestad y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, nombradas San Juan Bautista y Nuestra Señora de los Dolores, otorga poder general al Capitán don Pedro Ignacio Rodríguez, vecino de esta villa y dueño también de haciendas del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, residente en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre busque a su dita y crédito de la persona o personas que los quieran dar, cajas reales, el cofre o de cualquier convento, monasterio u otras partes, hasta cantidad de 600 pesos, obligándolo a que los pagará dentro de dos años con sus premios a razón de 5 por ciento anual y con hipoteca de sus haciendas, nombradas San Juan Bautista, en el paraje de Sacatepeque [Zacatepec], y Nuestra Señora de los Dolores, en el paraje que llaman del Ojo de Agua, fundación nueva.

          JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0082 · Unidad documental simple · 1706/07/24
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          El Licenciado don Juan de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, vecino de esta villa, dijo que por cuanto el Doctor don Diego de la Veguellina y Sandoval, Abogado de la Real Audiencia, vecino de la ciudad de los Ángeles, su hermano legítimo, como hijo primogénito de don Francisco de la Veguellina y Sandoval y de doña Jerónima de Chávez, su legítima mujer, está en posesión del mayorazgo que fundaron [roto] Díaz Veguellina y Benavides y doña Ana Enríquez, sus tatarabuelos, en la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San Juan Bautista, en jurisdicción de Opantlan [Teopantlán] en la gaya [sic] que llaman de Qoasingo [Coatzingo]. Asimismo, dijo que dicho su hermano le tiene informado y reconocido que al tiempo y cuando pasó a poseer la citada finca estaba sumamente deteriorada, y que para su reedificación no ha sido suficiente el empeño que ha hecho; también, le ha dicho que para convertir en utilidad dicha finca es necesario hipotecarla o gravarla para su reparo, ya que de no hacerlo irá a mayor ruina, con el peligro de perderse en el todo. Y en atención a que el presente otorgante es el inmediato en grado sucesor en dicho mayorazgo, por ser hermano de Diego de la Veguellina y Sandoval, y debido a que éste no tiene hijos y es soltero, para que no le sirva de impedimento el hallar reales, otorga que le da todo su poder para que pueda hipotecar dicha hacienda, vendiéndola a censo o su producto [ilegible].

          JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0085 · Unidad documental simple · 1699/09/26
          Parte de Archivo Notarial de Córdoba

          El Regidor Joseph de Leyva [José de Leiva], vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de fabricar azúcar en esta jurisdicción, dijo que por cuanto su hacienda de trapiche nombrada San Juan Bautista se halla gravada con un censo a favor de la obra pía que instituyó y fundó el Licenciado don Diego Jaimes Ricardo [Villavicencio], difunto, cura que fue del partido de Santa Cruz Tlacotepeque, y para que haya persona que por el otorgante cancele esta escritura de imposición, otorga poder al Capitán Joseph de Leyva [José de Leiva] Esparragosa, su hijo, vecino de esta villa, para que en su nombre parezca ante cualquier juez y justicia eclesiástica y secular y pida se le reciban las cantidades de pesos por razón del censo o censos cargados e impuestos sobre dicho trapiche a favor de cualquier obra pía, convento o comunidad, quedando libre de todo gravamen su hacienda.

          JUAN GÓMEZ DÁVILA, JUEZ RECEPTOR