PODERES

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Nota(s) sobre el alcance

  • Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.

Nota(s) sobre el origen

  • Real Academia Española.
    Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
    Madrid .
    Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
    1737.
    Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.

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    PODERES

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          5 Descripción archivística resultados para PODERES

          5 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
          1584, Expediente 5
          MX UV.USBIX ANO-E-0016-EO_0016_0010 · Unidad documental simple · 31/08/1583
          Parte de Archivo Notarial de Orizaba

          José de Lugo, de camino para el Perú, da su poder a Marcos Rodríguez para que pueda cobrar de Alonso de Soto, vecino de Puerto Rico, que al presente está en la ciudad de la Veracruz, 2 560 reales de plata de buena moneda, que el susodicho le debe.\n\n

          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0055-PX_0055_0040 · Unidad documental simple · 15/03/1788
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Manuel Isidro Rodríguez de Carasa, natural de Guayaquil en el reino del Perú y vecino de Jalapa, hijo legítimo de don Manuel Rodríguez de Carasa y de doña María Rodríguez Plaza y Miranda, otorga poder especial al Doctor Francisco Javier Rodríguez de Carasa, tío del otorgante, Inquisidor de México y electo de la Villa de Llerena en la antigua España, para que en su nombre cobre lo que le pertenece por la herencia de su abuelo don Domingo Rodríguez de Carasa, presentándose en la Cancillería de Valladolid, y para que solicite y gane su Hidalguía que le pertenece.

          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0048-PX_0048_0004 · Unidad documental simple · 17/09/1776
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don José Isidro de Rivera y Mendoza, natural de la ciudad y corte de Lima, en el reino de Perú, residente en Jalapa, hijo legítimo de don Diego de Rivera y Mendoza y doña Manuela Maldonado, difuntos, dijo tener compromiso de matrimonio con doña María Balbanera Acipreste y Escontría, hija legítima de don Mateo Arcipreste Sáenz de Santa María y doña María Balbanera Arcipreste y Escontría, difuntos, pero que debido a las muchas ocupaciones que tiene, no puede asistir a la Ciudad de México a cumplir con el compromiso, por lo que otorga poder especial a don José Mateos, Regidor Perpetuo de dicha ciudad, para que en su nombre cumpla con el compromiso verbal del otorgante.

          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0004-PX_0004_0316 · Unidad documental simple · 10/05/1612
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Baltazar Vázquez de Herrera, vecino de la ciudad de Toledo, en los reinos de Castilla y residente al presente en este pueblo, dio su poder cumplido a Diego de Otrazu, vecino de la ciudad de Los Reyes, en los reinos del Perú, para que en su nombre pueda mandarle de aquellas partes, en uno de los navíos que vienen al puerto de Acapulco, 7 645 de plata ensayada que se cobraron de Luis Díaz de Lucena, vecino de la ciudad de Cartagena.

          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0006-PX_0006_0383 · Unidad documental simple · 10/01/1645
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Isabel de Vargas, mujer legítima de Don Mateo de la Madriz, teniente de Alcalde Mayor de esta provincia, natural de la ciudad de Trujillo, en Extremadura, hija natural de Don Diego de Vargas Carvajal, difunto, vecino que fue de la ciudad de Lima, y de Doña Ana de Laso de la Vega, vecina de la dicha ciudad, reino de Perú, dio su poder cumplido a su esposo para que en su nombre y pasado el término de la Ley de Toro, haga su testamento en la forma que le tiene comunicado.