PODERES

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Nota(s) sobre el alcance

  • Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.

Nota(s) sobre el origen

  • Real Academia Española.
    Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
    Madrid .
    Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
    1737.
    Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.

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    PODERES

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          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0002 · Unidad documental simple · 1829/01/07
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          El ciudadano Sebastián de Aguirre, otorga poder amplio, cumplido y bastante a la señora madama Mariana Martínez de Aguirre, su legítima esposa y conjunta persona, de esta vecindad, para que en su representación lo defienda en todos los pleitos, civiles y criminales que tenga al presente o en adelante tuviere.

          FRANCISCO FERNÁNDEZ Y AGUDO, ALCALDE CONSTITUCIONAL DE PRIMERA NOMINACIÓN INTERINO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0005 · Unidad documental simple · 1829/01/15
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          El ciudadano Bernabé de Elías Vallejo, vecino de esta villa, por cuanto tiene que separarse de la República, otorga poder general al ciudadano Francisco González, de la misma vecindad, para que en su nombre y representación dirija y administre, según tiene convenido con sus primas y consta en papel separado, la tienda mestiza de su propiedad cita en la esquina de la plaza Principal y hacienda de Mahuistlan [Mahuixtlán].

          FRANCISCO FERNÁNDEZ Y AGUDO, ALCALDE CONSTITUCIONAL DE PRIMERA NOMINACIÓN INTERINO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0027 · Unidad documental simple · 1829/02/27
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          El ciudadano Juan de Quero, vecino del Lencero, jurisdicción del Chico, otorga poder especial al ciudadano José María de Quero, vecino de la heroica ciudad de Veracruz, para que lo represente en el expediente que se sigue en la misma ciudad ante el alcalde primero a pedimento de varios acreedores de don Ildefonso Delgado y en el promueva todo lo que a su favor convenga.

          FRANCISCO FERNÁNDEZ Y AGUDO, ALCALDE PRIMERO INTERINO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0061 · Unidad documental simple · 1829/05/21
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Juan José de Ledezma, vecino de esta villa, otorga poder especial a don Marcos Díaz Aparicio, de la misma vecindad, para que cobre de la señora doña María Estrada, cantidad de pesos que la negociación de ésta le adeuda, que manejaba don Sebastián Solornon, y si buenamente no lo pudiere conseguir, parezca en juicio en los tribunales inferiores y superiores de este Estado y en los demás de la Federación seculares o eclesiásticos.

          FRANCISCO FERNÁNDEZ Y AGUDO, ALCALDE CONSTITUCIONAL DE SEGUNDA NOMINACIÓN
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0062 · Unidad documental simple · 1829/05/21
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Román Espinosa, vecino de Tepestlatoc [Tepetlaoxtoc], residente en esta villa, otorga poder especial a don José Vicente de las Casas, de esta vecindad, para que solicite dos cajones de libros que el año 1827 viniendo con su recua de Veracruz se le extraviaron entre el Lencero y Pajaritos. Y para que si fuere necesario parezca en juicio en los tribunales superiores e inferiores de este Estado y de los demás de la Federación seculares o eclesiásticos y presente cuantos papeles sean necesarios.

          FRANCISCO FERNÁNDEZ Y AGUDO, ALCALDE CONSTITUCIONAL DE SEGUNDA NOMINACIÓN
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0084 · Unidad documental simple · 1829/07/21
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Doña María Dolores Domínguez, viuda de don José Miguel Mirón, vecina en la población de San Miguel del Soldado, municipalidad Xilotepeque [Jilotepec] en el distrito de este cantón, de la cual da conocimiento con don Bernardo Sayago; dijo que su difunto marido tuvo comercios de mulada y caballada con don Diego Rul, hacendado en tierra dentro, quién igualmente falleció y, habiendo recibido el marido de la comparente las últimas partidas de ganado en 12 y 20 de febrero de 1809, según parece firmado en los dos recibos por Mirón y que se han presentado por parte de la Casa de Rul; que por los mencionados recibos se ve haber sido 166 cabezas mulares las que entraron en poder de Mirón, con un importe de 3 399 pesos a razón de 26 y medio pesos por cada cabeza, según el contrato que tenían hecho, sin incluirse utilidades, no obstante que el pacto que habían hecho era de que éstas serían divisibles entre Rul y Mirón, así como las pérdidas. Y que en descuento de esa suma se abonó una partida de 1 000 pesos y otra de 600 pesos, quedando reducida la deuda a 2 799 pesos, pero por los trastornos habido en los giros a virtud de los continuos contrastes políticos que desde aquella época se suscitaron, no pudo José Miguel Mirón saldar; y que reclamándose actualmente el saldo por doña María Ignacia Obregón de Rul, viuda de Rul, si halla sin numerarios la compareciente para hacer ese pago. Por cuya razón entró en conferencias con el citado don Bernardo Sayago a virtud del poder que sustituido a éste por don Francisco Badillo otorgó la señora Obregón de Rul en la ciudad de Aguascalientes; siendo el resultado de esas conferencias haberse transado bajo las capitulaciones siguientes: 1.ª Que los 2 799 pesos del adeudo quedan reducidos a 2 000 pesos. 2.ª Que los 2 000 pesos los ha de pagar la viuda de Mirón en el plazo de cuatro meses, contados de la fecha en adelante, a cuyo fin ha de proporcionar la venta de una casa que quedó por bienes de este finado, ubicada en el paraje de San Miguel del Soldado o ya agenciando el dinero por cualquier otro arbitrio que se le presente. 3.ª Que, si llega a verificar la venta de la casa para este pago dentro de dichos cuatro meses, no podrá doña María Dolores llevarla a efecto sin la intervención del apoderado referido. 4.ª Que, si cumplidos los cuatro meses no ha logrado la venta extrajudicial de la casa, ni conseguido reales para el pago, se ha de proceder al pregón y demás trámites hasta efectuar su enajenación para cubrir la suma. 5.ª Que se formalice la escritura para la firmeza de lo mencionado y con especial hipoteca de la casa que se menciona. Por tanto, la nominada doña María Dolores Domínguez, otorga que ratifica los tratados contenidos y se obliga de pagar los 2 000 pesos a don Bernardo Sayago, como apoderado de la viuda de don Diego Rul, dentro del término de cuatro meses. Y para mayor seguridad, hipoteca la relacionada casa, que sólo tiene el reconocimiento que se paga por el sitio en que está fabricada, el cual pertenece a los naturales de aquella población, cuya ubicación es a orillas del Camino Nacional que va de esta villa para México, lindando con la misma Calzada al poniente; por el sur con solar que posee José María Méndez; por el oriente con solar de un José María y por el norte con casa y solar de doña Ana Guevara; la cual se obliga a no vender ni acensuarla sino es para el pago del crédito. Y estando presente don Bernardo Sayago otorga que acepta dicha escritura en nombre de doña María Ignacia Obregón.

          JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0088 · Unidad documental simple · 1829/08/03
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Juan Nepomuceno Herrero, de esta vecindad, dijo que don Juan de Echeverría, como albacea testamentario de la finada doña Antonia Domínguez, y doña Luisa Uraburu Echeverría Domínguez y Gamboa, con licencia marital de su esposo don Fernando Sánchez, todos vecinos de la ciudad de México, le confirieron poder amplio a don Dionisio Camacho, de esta misma vecindad, para que pudiere proceder a la venta de una casa ubicada en esta propia villa a la plazuela de la Constitución esquina que da vuelta a la calle de la Amargura, que quedó por bienes de doña María Gertrudis Domínguez y Gamboa, madre de la referida doña Luisa. Y al no presentarse otro comprador más que doña María Gertrudis Reyes de Camacho, esposa del mencionado Dionisio Camacho, concertó éste a nombre de ella la compra de esa finca, en 2 400 pesos, de los cuales han de continuar reconociendo 2 000 pesos sobre dicha casa que tiene de gravamen a favor de una capellanía y los 400 restantes que entregaron de contado y los costos de alcabala y escritura son por cuenta de la compradora. Y como que ésta y don Dionisio Camacho componen una idéntica personería en la indicada compra, fue preciso sustituir los poderes en el comparente para que otorgase la correspondiente escritura. Y usando de las facultades que contienen dichos poderes, por la presente el referido don Juan Nepomuceno Herrero confiesa por cierto y verdadero cuanto queda relacionado y doña Luisa Uraburu tiene recibidos en consorcio de su esposo los 400 pesos de contado; y otorga que a nombre y en representación de los referidos poderdantes vende realmente a doña María Gertrudis Reyes la casa que se ha hecho mención, con todas sus entradas y cuanto le pertenece, bajo los linderos contenidos en los títulos, en precio de 2 400 pesos. Y estando presente la compradora con su esposo, ella con licencia marital correspondiente, otorga que acepta tal y como se haya y se obliga continuar reconociendo sobre dicha finca los 2 000 pesos que reporta, además declara que esta compra la hace con dinero propio perteneciente al haber paterno.

          JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0090 · Unidad documental simple · 1829/08/07
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          El Presbítero don Miguel Amado Bordoy, de esta vecindad, dijo que el Ilustrísimo Señor don Manuel Ignacio González del Campillo, Dignísimo Obispo que fue de la Puebla de los Ángeles, lo nombró capellán propietario de la que fundó doña Ana Francisca del Valle; y no habiendo podido pasar al obispado, por la necesidad que tiene de estar aquí desempeñando su ministro, ha resuelto otorgar poder al Presbítero don José Tomás Guerrero, vecino de dicha ciudad de los Ángeles, para que a su nombre y representación, solicite, pida y tome posesión y canónica colación de la capellanía referida, con las aceptaciones, juramentos, protestas y requisitos prevenidos por el Santo Concilio de Trento y demás provisiones diocesanas.

          JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0093 · Unidad documental simple · 1829/08/18
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Manuel de Santa María, de esta vecindad, otorga poder a don Fulgencio Ochoa, de esta misma vecindad; para que en su nombre y representación haya, perciba, demande y cobre de cualquier persona y de quien más haya lugar, todas las cantidades de pesos, alhajas, efectos, frutos y bienes que le deban o debieren; y de lo que percibiere y cobrare, otorgue, recibos, finiquitos, cartas de pago y demás documentos que le sean pedidos. Y generalmente para todos sus pleitos, causas y negocios que al presente tiene o en adelante se le ofrecieren.

          JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0102 · Unidad documental simple · 1829/10/02
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          El Teniente Coronel don Salvador Marenco, residente en este suelo, dijo que su difunto padre don Juan de Artacho y Marenco, dueño legítimo de dos casas, situadas en la villa de Salamanca, las hipotecó en cantidad de pesos a favor de las señoras religiosas del convento de Santa Clara de la ciudad de Querétaro, por escritura que fue otorgada allí el 16 de mayo de 1782; cuya deuda en suma de 8 832 pesos 5 y medio reales no pudo satisfacer la madre del comparente doña María Rita Solache albacea del nominado Juan de Artacho, por los contrastes de la época; sino que antes bien, se ha aumentado por los réditos que han ido venciéndose. Y el relacionante como uno de los hijos y herederos de los ya mencionados, por la presente, otorga poder especial a don Juan de Artacho y Marenco, para que a su nombre y representación en la parte que le toca, pueda negociar la conclusión del asunto referido con las señoras religiosas del expresado convento o con quién legítimamente las represente, celebrando la transacción que estime por oportuna o cediendo las fincas hipotecas y formalizando las escrituras que sean necesarias.

          JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO