Don Bernardo Cardel, dueño de recua, vecino de Jalapa, dijo que puso en casa de don Manuel de Arcos, 27 tercios de azúcar para que se los guardara, pero debido a que Arcos se fue a la quiebra, tuvo que hacer cesión de bienes a sus acreedores, razón por la que dicho otorgante solicitó y acreditó ante la justicia que el azúcar era de él y que no entrase en concurso con los demás acreedores, petición que fue aceptada por la justicia, pero no por don Juan Onofre Florido, quien como habilitador de dicha tienda se opuso a entregar el azúcar y apeló ante la Audiencia para la remisión de autos, por lo que el otorgante confiere poder a José Rafael de Molina, Procurador de Número de la Real Audiencia, para que se encargue del asunto antes mencionado.
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Nota(s) sobre el alcance
Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.
Nota(s) sobre el origen
Real Academia Española.
Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
Madrid .
Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
1737.
Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.