Don Andrés Bocelo, vecino de la Puebla de los Ángeles, residente en esta villa y don Manuel de Terán, vecino de ella, en representación de su esposa doña María Josefa Bocelo, otorgan poder general a don Dionisio Camacho, de este comercio y vecindad, para que en su nombre y representación haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de todas las personas y de quien más haya lugar, todas las cantidades de dinero, oro, plata, joyas, géneros u otros de cualquier especie o porción que les deban. Y para que de todo lo que percibiere y cobrare otorgue recibos, cartas de pago y demás documentos que le fueren pedidos. También para que los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOÁrea de elementos
Taxonomía
Código
Nota(s) sobre el alcance
Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.
Nota(s) sobre el origen
Real Academia Española.
Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
Madrid .
Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
1737.
Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.