PODERES

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Nota(s) sobre el alcance

  • Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.

Nota(s) sobre el origen

  • Real Academia Española.
    Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
    Madrid .
    Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
    1737.
    Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.

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          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0197 · Unidad documental simple · 1825/12/17
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Andrés Bocelo, vecino de la Puebla de los Ángeles, residente en esta villa y don Manuel de Terán, vecino de ella, en representación de su esposa doña María Josefa Bocelo, otorgan poder general a don Dionisio Camacho, de este comercio y vecindad, para que en su nombre y representación haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de todas las personas y de quien más haya lugar, todas las cantidades de dinero, oro, plata, joyas, géneros u otros de cualquier especie o porción que les deban. Y para que de todo lo que percibiere y cobrare otorgue recibos, cartas de pago y demás documentos que le fueren pedidos. También para que los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales.

          JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0200 · Unidad documental simple · 1825/12/22
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Doña María Manuela, doña María Josefa, don Martín y doña Juana Ortiz, hermanos enteros, mayores de veinticinco años, la primera casada con don Lorenzo W. Benjamín, quién le concedió licencia para el otorgamiento de este instrumento, y en unión de los demás hermanos, otorgan poder especial a don Francisco González, vecino y del comercio de esta villa, para que en sus nombres perciba y cobre judicial o extrajudicialmente del Ilustre Ayuntamiento de esta villa, la cantidad de 4 500 pesos de principal que les adeuda y gran parte de los premios devengados al respecto de un de 5 por ciento, valor en que su difunta madre, doña Andrea Morales, le vendió la casa que hoy sirve de hospital de mujeres y recogidas, por el monto de nuestras hijuelas paternas que en ella les reconocía al adjudicarle la casa en la división de los bienes, y lo mismo para el reintegro de los demás premios que se devénganse hasta la real y efectiva paga.

          JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0010 · Unidad documental simple · 1827/02/08
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don José de Cos Gayón, residente en esta villa, maestro de postas, contratado legítimamente con la Nación para la carrera de esta villa hasta la Nueva Veracruz, y de allí, al paraje de la Joya; otorga poder especial a don Tirso Conde, vecino de la capital de la Federación, para que promueva ante el Excelentísimo Señor Presidente de la República y por conducto del Ministerio de Hacienda, el que por parte de la Renta de Correos se le cumpla la contrata que celebró por el término asignado en ella, ya que por su parte ha cumplido con la mayor eficacia y puntualidad, y la cual con perjuicio notable se le ha querido rescindir por parte del Director General de la Renta. Le da el poder para que haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que convengan hasta que se le restituya al ejercicio de su contrata de que ha sido despojado y se le abonen los perjuicios y menoscabos que se le han irrogado.

          JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0011 · Unidad documental simple · 1827/02/08
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Francisco Pérez, vecino del pueblo de Tantima del cantón de pueblo Viejo de Tampico, residente en esta villa, otorga poder general a José Joaquín Cowley, residente en esta villa, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios que tuviera o en adelante, y si es necesario comparezca ante Excelentísimo Señor Presidente de la Federación por conducto del Ministerio de Fomento o en la Tribunales Superiores de Segunda Instancia. En su comparecencia presente escritos, pedimentos, memoriales, suplicas, representaciones, testigos, fundamentos y cualquier papel que se requiera.

          JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0029 · Unidad documental simple · 1827/09/10
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Manuel José, alcalde; Manuel Antonio García y Diego Manuel, regidores; y Mariano de Jesús Hernández, síndico; todos vecinos del pueblo de San Antonio del Monte, en jurisdicción de este cantón, otorgan poder especial a don Matías Espinosa, de esta vecindad, para que promueva y concluya el artículo que sea necesario para que les restituyan las tierras de su pertenencia el pueblo de Aguazuela de la misma jurisdicción y de las que se haya posesionado por acuerdo de la junta provincial, y al efecto parezca a juicio o fuera de él ante el excelentísimo señor Gobernador del Estado, tribunales superiores e inferiores y demás que sean necesarios, y haga en ellos pedimentos, representaciones, memoriales y cuantos papeles sean favorables, y en virtud de ello promueva la restitución de las tierras cuestionadas hasta conseguir la posesión y amparo.

          JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO DE CÁMARA
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0032 · Unidad documental simple · 1827/10/13
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          El licenciado don José María Jáuregui, senador del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz, natural de la villa de Córdoba, hijo legítimo de José Antonio Jáuregui y María Ignacia Pontón, dijo que está tratando de casarse con doña Ana Joaquina Rodríguez, doncella, hija de don José Francisco Rodríguez, difunto, y de doña Gertrudis Magán, vecina de la villa de Orizaba, a cuyo acto no puede concurrir personalmente por sus preferentes atenciones; y para que esto no impida el verificativo en la vía y forma que más haya lugar, otorga que confiere todo su poder especial a don Francisco Magover, vecino de Córdoba, para que en su nombre se despose por palabras de presente que constituyen legítimo y verdadero matrimonio con dicha Ana Joaquina Rodríguez, precedidas las tres amonestaciones que prescribe el Santo Concilio de Trento; y admitiendo y recibiendo al otorgante por su esposo y marido, la reciba y otorgue en su nombre por esposa y mujer, pues desde ahora la quiere, recibe y otorga por tal.

          JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO DE CÁMARA
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0037 · Unidad documental simple · 1827/11/06
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Juan Díaz, vecino del paso de la ranchería de San Juan en el departamento de Acayucan, residente en ésta, dijo que tiene instaurada queja en este Superior Tribunal de Segunda Instancia contra don Diego Urieta, alcalde segundo del referido cantón, pidiendo se declare haber lugar a la formación de causa contra dicho funcionario por las notorias infracciones de ley que contra él ha cometido en la declaración que hizo a resultas del extravío que padeció un tercio de ixtle, en una de las bodegas del campamento. Asimismo, instruido expediente contra José [ilegible] y su esposa, sobre la propiedad de una casa y tierras pertenecientes a la casa mortuoria de don Francisco Escandón, de quien es albacea, en el que interpuso apelación por ante este Superior Tribunal. Y no pudiendo por sí mismo seguir hasta su conclusión ambos artículos por tener que separarse, ha deliberado conferirle su representación a don Juan Nepomuceno de Urquía, de esta vecindad, por lo que reduciéndolo a efecto, en aquella vía y forma, otorga poder especial al referido Urquía para los asuntos dichos, que en representación de su persona, derechos y acciones continúe hasta su completa conclusión; haciendo al efecto los alegatos, pedimentos, súplicas, presentando testigos, testimonios, escrituras y otros pedimentos hasta su conclusión.

          JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO DE CÁMARA
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0039 · Unidad documental simple · 1827/11/15
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Bernardo Sayago, vecino y del comercio de ella, dijo que a consecuencia de la venta que en el mes de junio último, celebró con don Joaquín Reyes, del comercio de la ciudad de Tehuacán, perteneciente al estado de Puebla, de varios géneros de ropa, en cantidad de 1 093 pesos, se formó expediente en aquel juzgado primero a virtud de denuncia dada por el administrador de la aduana, en el que se declararon caídos en la pena de comiso dichos efectos; y siéndole tal fallo gravoso en todas sus partes, así por la ilegalidad que envuelve, ha interpuesto el recurso de apelación y para que este y los demás remedios legales los haga valer en los tribunales superiores competentes, ha deliberado conferirle toda su representación al licenciado don José María Prieto, vecino de dicha ciudad; y reduciéndolo a escritura otorga poder especial al referido Prieto, para que en su legítima representación haga personería y agencias en los Tribunales Superiores del Estado Libre y Soberano de la Puebla de los Ángeles y en todos los demás que sean necesarios; y en su virtud interponiendo el recurso y todos en cuantos derechos convengan haga los alegatos, informaciones y probanzas.

          JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO DE CÁMARA
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0046 · Unidad documental simple · 1827/12/10
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don José Manuel Cruz y Bremont, síndico menos antiguo del Ilustre Ayuntamiento de esta villa, segundo y único albacea de su difunto padre don Anastasio Cruz, por muerte de doña Catarina Bremont, su madre, primera albacea nombrada en la disposición testamentaria otorgada por aquel, y bajo cuya disposición falleció, otorga que da y confiere poder especial a don Dionisio Camacho, de esta vecindad, promueva y concluya la testamentaría de su cargo y cuanto anexo y dependiente a ella sea; promoviendo los artículos que se ofrezcan. En cuya virtud, pida cuenta y tome cuentas a las personas que se las deban dar, haciéndoles cargos y admitiendo sus descargos.

          JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO DE CÁMARA
          Sin título
          MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0048 · Unidad documental simple · 1827/12/22
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Manuel Manuel Antonio del Valle y Vieyra y don Juan Bautista de Lezama Antonio del Valle y don Juan Bautista Lezama, apoderado éste de don Pedro Pablo Bandala, del comercio de Papantla, dijeron que usando de las facultades que le están conferidas al citado Lezama por el poder que le dio para el establecimiento de una compañía, su término y condiciones, han deliberado hacer y establecer dicha compañía bajo las condiciones siguientes: 1ª Que la compañía subsistirá por el término de dos años, y durante ellos no se extraerá cantidad alguna, ni del principal, ni de las utilidades, y concluido el término se hará un balance para hacer partibles las cantidades producidas. 2ª Si conviniere a ambos otorgantes, seguirán la compañía bajo nuevas condiciones, capital y demás circunstancias, y no queriendo alguno de los socios continuar, se dará en el acto mismo por concluida la compañía. 3ª Que el capital ha de ser de 6 206 pesos 4 y cuartilla real que pone el socio don Manuel Antonio del Valle y Vieyra, uel Antonio del Valle, que es el importe de dos remesas que le entregó en Tampico y una hecha desde Veracruz. 4ª Que el producido de utilidades que de la compañía será divisible por mitad entre el socio Bandala y el capitalista. 5ª. Que los gastos del comercio saldrán del fondo de la compañía, y los particulares del socio Bandala se los cargará en una cuenta corriente, donde se abonará las utilidades que le corresponden. 6ª. Llevará Bandala con toda exactitud sus apuntes y libros como previene la ordenanza. 7ª. En caso de mala versación del socio Bandala, podrá el socio capitalista intervenir y separar a aquel, mirando a la seguridad de los intereses. Con cuyas calidades y condiciones el apoderado don Juan Barrientos y don Manuel Antonio del Valle, establecen esta compañía y se obliga a observar las condiciones en las que se instituye.

          JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO DE CÁMARA