Isabel Romero, vecina de Ayamonte, reinos de Castilla, solicitó al Corregidor de la citada Villa, don Gabriel de Medinilla, un traslado del pleito y de la sentencia donde se le dio permiso para vender un esclavo mulato llamado Antonio.
PLEITOS
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El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba compuesto por el Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de primer voto de esta villa por Su Majestad, presidente de dicho cabildo por ausencia del General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad y Teniente de Capitán General de ella; el Capitán de Caballos de Coraza don Juan Valero Grajera, Alférez Real, don Francisco de Aguilar y don Ignacio de Tembra y Simanes, los tres Regidores perpetuos de esta villa por Su Majestad; en nombre de dicho cabildo otorgan poder general al Señor don Francisco Antonio de Palacios y del Hoyo y, en segundo lugar, al Señor don José de Cienfuegos, Inquisidores Mayores del Santo Oficio de la Inquisición de este reino de la Nueva España, residentes en esta villa y próximos a viajar a los reinos de Castilla en las naos de guerra del cargo del Señor Jefe de Escuadra don Baltazar de Guevara, para que en su nombre puedan parecer ante el Rey Nuestro Señor, en su Real y Supremo Consejo de Indias u otro cualquier tribunal, y pidan y supliquen a Su Majestad se sirva de confirmar la sentencia que en vista y revista se sirvieron de pronunciar los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España a favor de este Ilustre Cabildo, en el pleito que les movió los Capitanes don Juan Mellado de Rivadeneira y don Gaspar Carlos de Rivadeneira, sobre el territorio que fue servido Su Majestad de hacerles merced para la fundación de dicha villa; asimismo, se sirva Su Majestad de honrarles y hacerles merced de los demás que fuere su real voluntad.
Zonder titelTomás Martínez Navarro, residente en el pueblo de Jalapa, vecino del puerto de Santa María en los Reinos de Castilla, en nombre de Manuela de Castellanos, su mujer, como heredera de Juan de Dios Thormes, su hijo, y de Pedro Miguel de Thormes, su primer marido, quien fue hijo y heredero de Juan de Thormes, y Juan José de Thormes, vecinos de este pueblo, dijeron que por la partición de los bienes se les aplicó la tercia parte de 1, 300 pesos que debía su padre a Juan Bravo de Alarcón y la otra tercia se le asignó a Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Puebla de los Ángeles, como marido de Juana de los Santos y Thormes, también heredera, pero están convenidos con Juan de Tejada a traspasarle dicha tercia en pago de las costas que reportó en el pleito que siguió con el Alférez Sebastián de Flores Moreno, en tal virtud, por parte de Manuela y por el otro Juan José ceden y traspasan la tercia parte que a cada uno les toca según se les aplicó por la hijuela contraída, para el debido pago.
Don Fernando Menacho, del Comercio de España, y próximo a regresarse a los Reinos de Castilla, otorga poder a don José Antonio de la Pedreguera, vecino y del comercio de Jalapa, para que en su nombre siga, prosiga y acabe el juicio ejecutivo que tiene pendiente contra don Salvador Rincón, por 2, 376 pesos que le debe y por cuya cantidad hizo especial hipoteca de su casa.
Don Juan de Bárcena, vecino y del comercio de la Villa de Xalapa, otorga poder especial a su hermano don Francisco Matías de Bárcena y a su primo don José Antonio de Bárcena, vecinos del lugar de Abionzo, en el Real Valle de Carriedo, Reinos de Castilla, para que en su nombre se presenten ante las justicias de dicho Real Valle y de las demás partes y lugares que convenga y practique las diligencias necesarias para sacar su ejecutoria, la que pasen por Real Cancillería de Valladolid y Supremo Consejo hasta conseguirla con todas las circunstancias que la hagan completa, la que le dirijan a esta Villa.
Don Pedro Bernal de la Cadena, cacique natural de este pueblo de Santa Ana Sacan, hijo legítimo de Baltazar de la Cruz, difunto, y de María Magdalena; otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que le deben algunos naturales vecinos de este pueblo, 241 pesos, asimismo, le deben los susodichos otros 227 pesos 6 reales, de que le hicieron obligación en idioma mexicano, cuyas cantidades les suplió para los pleitos de las tierras de Molloapa [Moyoapan] y el Gobernador don Baltazar Lucas, asimismo, para la compra de la tierra de don Nicolás [roto]. Declara hace veintiséis años contrajo matrimonio con Juana María, india, hija de padres conocidos, con quien procreó a Esteban, de veinticinco años de edad; a Juan de la Cruz, de dieciocho años; a Lorenza, de diecisiete años, casada con José Ramos; y a Martina, de catorce años, casada con Agustín Flores. Declara que hace diecisiete años contrajo segundas nupcias con María de la Candelaria, con quien ha procreado a Ignacio, de quince años de edad; José, de trece años; [Micaela], de doce años; y a [roto], de año y medio. Declara por bienes 40 pesos [roto] en una casa baja de cal y canto [roto]; una troje de cal y canto [roto]; una cocina de palos cubierta de teja; dos escaños; otra casa vieja; dos sillas de montar; tres yuntas aperadas; cinco lienzos con distintas advocaciones de una vara de largo; un Señor San Pedro de bulto de una vara de alto; un tambor; tres pedazos de tierra; diez vacas con seis becerros; dos novillos; cuatro yeguas; catorce mulas; un capote musgo de paño [de Castilla] con ribetón de oro, aforrado en piquin musgo; un capote de barracán, aforrado en sarga encarnada, con cuatro botones de plata; una hongarina de paño blanquizco [de] Castilla, aforrada con dos docenas de botones de [filigrana] de plata; una hongarina de paño de musgo con [cuatro] broches de plata; unos calzones de paño de Castilla [roto] musgo con dieciséis botones de plata; unos calzones de tripe encarnada; entre otros bienes. Nombra como albacea a María de la Candelaria, asimismo, tutora y curadora de sus hijos menores. Nombra como herederos a sus hijos.
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