Don Juan Miguel Rebolledo, vecino de Coatepec, y don Juan Galván, marido de María Antonia Baizabal y representante de los herederos del difunto Antonio de Baizabal, tienen pleito por una escritura de obligación, que no cumplió el difunto, por 652 pesos 4 reales y que Rebolledo pretende cobrarse con la mitad de una casa que dejó el difunto, por lo que convienen y conciertan en que don Juan Galván le ha de pagar a dicho Rebolledo 150 pesos por la mitad del valor de la referida casa, para poderse quedar con ella, y 50 pesos más por quitarse de diferencias.
PLEITOS
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Don Juan Santiago Lobo, del Comercio de España, residente en este pueblo de Jalapa, y su mujer doña Manuela Javiera de Campos Arraido y Monterde, dijeron que con motivo de un pleito por la herencia de su padre don Miguel de Campos, primer esposo de su madre, doña María Micaela de Arraido y Monterde y el fallecimiento de su segundo esposo don Martín de Miranda y Tellechea, de cuyos sus hijos reclaman parte de la herencia, llegando a un acuerdo; por lo que otorgan poder general a don Gabriel de Arteaga, vecino del comercio de la Nueva Veracruz, para que en nombre de los otorgantes proceda al otorgamiento de la transacción con arreglamiento de los capitales expresados en este documento y a la institución más copiosa que consecuente con ellos fue formada.
Don Santiago Domínguez, vecino de España y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a su hermano don Cayetano Domínguez, vecino de la Nueva ciudad de Veracruz, para que parezca ante el Excelentísimo Señor Gobernador y Oficiales Reales de dicha ciudad y presente la Real Ejecutoria que se la ha librado del pleito que ha seguido con el Señor Fiscal de Su Majestad en su Consejo de Indias, referente a la liberación de varios efectos que se le habían comisado en dicha ciudad, los que manda Su Majestad se le devuelva y restituya a la parte legítima del otorgante toda la restante cantidad del importe en que se le valuaron y reciba la cantidad que por ella se le manda devolver.
Eugenio Salcedo, Soldado del Regimiento de Dragones de México, residente en este pueblo, otorga poder a don José Andrés de Alcántara, Agente de Negocios de México, para que lo defienda de los pleitos civiles, eclesiásticos y seculares, especialmente del que tiene pendiente a su nombre su curador con el Conde de la Torre de Cosío, sobre cierto principal y réditos, pareciendo dicho curador ante las autoridades correspondientes y con derecho ponga demandas, pedimentos, requerimientos.
El Bachiller José de Acosta, Presbítero, con poder especial otorgado a su favor por Juana de Acosta y los hijos de Francisco Domínguez Muñiz, dueños del trapiche de los Otates, quienes sostienen pleito por tierras con los Palmeros, hijos legítimos de la citada Juana de Acosta, han convenido entregar a la misma, dos partes de tierra para que el ganado de ambas familias paste en la parte que queda de los Otates, y que cuando dicha Juana fallezca, las partes de tierra que se mencionan sean devueltas con sus mismos linderos a los Domínguez, los cuales pagarán 100 pesos de oro común que es el precio de dicho pedazo, con la condición de no tener vecinos, más que a los mencionados Palmeros.
El Bachiller José Nicolás de Acosta, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de Puebla, heredero de Manuel de Acosta, junto con don Lorenzo Benito Álvarez de Guzmán, en representación de su legítima esposa Gertrudis Jacinta García de Baldemora, como hijos y herederos de don Manuel de Acosta, dijeron que dentro de los bienes del difunto Ventura de Acosta, quedaron tierras que están en pleitos, y para excusar dichos pleitos, otorgan por vía de paz, que se han convenido en lo siguiente: Nicolás señala que de los alcances que resultaron a favor de los herederos del difunto Manuel de Acosta, fue la cantidad de 468 pesos y algunas propiedades que entregó a los apoderados de dicho herederos, los cuales no subsanan el total de los bienes que tenia bajo su administración, mencionando que por no quedarle bienes propios con que pagar dicho total, se obliga a cubrirlo, para lo cual trasfiere los trapiches de la Concepción y San Diego, los cuales cede junto con los demás bienes que ya tiene entregados, para que entre ellos se lo dividan. Dichos otorgantes señalan que se desisten de dicho pleito, con la condición de que si alguno de ellos no cumpliera con lo antes dicho, se harán acreedores a una multa.
Don Juan Gómez de Estrada, de esta vecindad, como albacea de doña Juana Núñez y don Nicolás de Ortega junto con su mujer doña Juana Villegas, ambas partes señalan que han llevado pleito por un pedazo de solar en que la difunta Juana labró su casita, pero en vista de los gastos erogados, trámites ocasionados por este litis, han convenido Nicolás y Juana en que reciben de Juan Gómez la cantidad de 50 pesos como pago, desistiéndose de dicho pleitos, y para cumplir el acuerdo se han impuesto una pena convencional de 200 pesos.
Gregorio Maldonado y demás vecinos del pueblo de Coatepec y de Xicochimalco, dijeron que habiendo arrendado don Fernando Álvarez, vecino de Xicochimalco, los potreros de San Marcos y San Mauricio al Señor Dr. don Francisco Gómez de Cervantes, Prebendado de la Santa Iglesia Catedral de México y Provisor de su Obispado, y a don José Leonel Gómez de Cervantes y la Higuera, pertenecientes al Mayorazgo que poseía doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros; dicho don Fernando Álvarez les causa graves vejaciones a todos los naturales indios y demás vecinos de dichos pueblos, por lo que otorgan poder especial a don Juan Antonio de Lagos y Arbide, vecino de Jalapa, para que en sus nombres solicite extrajudicialmente se cancele la escritura de arrendamiento dicho don Fernando Álvarez, y si no pudiese conseguirlo así, se presente ante la Real Audiencia y alegue a favor de ellos.
Doña María Nicasia Meléndez, viuda de Ignacio de Zárate, su albacea y heredera, otorga que se obliga a pagar a don Alonso Marías, vecino de Veracruz, el dinero que hasta la presente le ha suplido por motivo del pleito contra don Manuel García Cosio, albacea de dicho su primer marido.
Don Juan de Quiñones, Alguacil Mayor de esta jurisdicción y la de Jalacingo, dijo que don Joaquín Antonio Guerrero y Tagle, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, ha hecho algunas diligencias judiciales y extrajudiciales en su nombre las que aprueba y da por bien hechas. Por la presente otorga poder general a don José María de Estrada, Procurador de la Real Audiencia, para que en su nombre lo represente y defienda en todos sus pleitos y causas civiles y criminales.