Don Juan de Bárcena, vecino y del comercio de la Villa de Xalapa, otorga poder especial a su hermano don Francisco Matías de Bárcena y a su primo don José Antonio de Bárcena, vecinos del lugar de Abionzo, en el Real Valle de Carriedo, Reinos de Castilla, para que en su nombre se presenten ante las justicias de dicho Real Valle y de las demás partes y lugares que convenga y practique las diligencias necesarias para sacar su ejecutoria, la que pasen por Real Cancillería de Valladolid y Supremo Consejo hasta conseguirla con todas las circunstancias que la hagan completa, la que le dirijan a esta Villa.
PLEITOS
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Doña Andrea Hernández, viuda de don Tomás de la Cruz, su esposo de segundas nupcias, don Pedro Mariano de la Cruz, albacea, hijo y heredero del difunto, junto con los demás herederos, todos vecinos de Jalapa, otorgan poder especial al Licenciado Tomás Garcés Salazar y Abarca, para que siga el pleito de división y partición de bienes entre los herederos y la viuda del citado Tomás de la Cruz.
Don Diego Bautista, Gobernador; Antonio Bautista, Alcalde; Antonio de Meza, Regidor; Antonio Muñoz, Mayor; Antonio Nicolás, Escribano y Antonio García, Topile; Oficiales de la República y naturales del pueblo de San Juan Miahuatlán, jurisdicción de Jalapa, otorgan poder general a don Miguel Agustín, Gobernador pasado de dicho pueblo, para que solicite y averigüe todos los títulos, ejecutorias y mercedes que se hayan presentado por los otorgantes en varios pleitos que sostuvieron y sostienen en las secretarias de cámara y gobiernos.
Don José Antonio de la Pedreguera, Capitán del Regimiento de Provinciales de Córdoba y Jalapa, vecino de este último pueblo, otorga poder especial a don Francisco Tomás de Acevedo, Procurador del Número de la Ciudad de la Nueva Veracruz, para que lo defienda en el pleito que tiene pendiente con don José Rodríguez de Barca, residente en dicha ciudad, por el pago de un depósito de 411 pesos y 2 reales, que debe al otorgante.
El Capitán José Antonio de la Pedreguera, vecino del pueblo de Jalapa, exhibió testimonio de poder conferido por don José Mateo de Olavarrieta, el 27 de junio de 1776, y usando de el, otorga que lo sustituye en cuanto a pleitos, en don Tomás de Zubiaur, Agente de Negocios, y en don Ignacio Covarrubias, Procurador de Número de la Real Audiencia de México.
Don Marcos de Urquijo, vecino del pueblo de Perote, otorga poder general a don Pedro Delgado, vecino de Jalapa, para que demande y perciba de los sujetos que en la Nueva Veracruz compraron en el año de 1777, 43 tercios de harina que él remitió con don Miguel Montero de Espinosa, dueño de recua, y pagados sus fletes, se entregarían a don José Antonio Liñeiro, pero el dicho arriero los vendió de mala fe. De lo que dicho Pedro perciba, que tome la harina en pago de lo que el otorgante señala deberle, que parezca en juicio ante las autoridades correspondientes, haga los autos, diligencias, ejecuciones y demás que sea necesario, por lo que se le da éste con libre y general administración.
Don Juan Félix, don Juan Antonio, don Diego de la Cruz, don Nicolás de la Cruz, don Pedro de la Cruz, Ignacio de la Cruz, Juan Diego, Tequitlatos, y Felipe de Santiago, Oficiales de República del pueblo de Santa María Magdalena Xicochimalco, a nombre de los naturales de este pueblo, otorgan poder especial a don Diego Cardeña, Escribano Público de este juzgado y residente en la Ciudad de México, junto con don Juan Bautista Aldasoro, vecino de dicha ciudad, para que los defiendan en la restitución y amparo de los sitios de ganado mayor y potrero, que sus antepasados empeñaron a don Francisco de la Higuera, en la cantidad de 110 pesos.
Los arrieros dueños de mulas, traficantes, aviadores de literas y bestias de carga y de silla, dijeron que don Domingo Díaz Mier, dueño de las tierras y rancho de Lencero, esta actuando contra las antiguas costumbres y practicando el cobro de los pastajes de las aulas de recuas y avios que hacen mansión y parada en dichas tierras o ventas de ellas; por lo que estando en desacuerdo, han acordado otorgar poder especial a don Tomás de Santiago y Cruz, dueño de mulas y literas, vecino del pueblo de Jalapa, para que defienda el libre goce que por costumbre han tenido de dichos pastajes y abrevaderos en los parajes de el Lencero y Corral Falso.
Doña Ana Antonia Camino, de esta vecindad, viuda de don Juan Cordero, dijo que habiéndose casado su hija doña María Bárbara Cordero, niña de edad de 13 años más o menos, a disgusto de dicha su madre con don Andrés de Ibarra, del Señorío de Vizcaya, uno de los recién venidos en esta flota, viendo el disgusto que provocó en su madre, inmediatamente se arrepintió y pidió al Señor Juez Eclesiástico de esta Doctrina ser religiosa, lo que tuvieron a bien excepto su marido, por lo que esta depositada dicha doña María Bárbara en casa de don Laureano Fernández de Ulloa, formándose pleito entre ambos, por lo que otorga poder al Licenciado José Camino y Velasco para que la represente y defienda.
Don Miguel José de la Paz y Arellano, don Manuel José de Esquivel y don José de Vargas Machuca, vecinos del pueblo de Zomelahuacan, jurisdicción de Jalacingo, dueños de la mina llamada “San Miguel de las Cuevas”, declaran que fueron despojados de la misma por don Francisco Sánchez, por lo que nombran a Antonio Vázquez Ruiz, vecino del pueblo de Jalapa, como su defensor, acordando retirar de su consorcio a don Matías de la Mora Castañeda, a quien le otorgaron la cuarta parte de los productos de la mina, parte que pasa a manos de don Antonio Vázquez Ruiz.