Don José María de Santa María, labrador en esta jurisdicción, otorga poder especial a don José María Campoverde, también vecino de esta jurisdicción, para que en su nombre y representación, exija y recoja judicial o extrajudicialmente de don Antonio María de Casas, un cuaderno de actuaciones judiciales que en su poder dejó doña Victoria de Echeverría, cuando le arrendó un pedazo de terreno que pertenecía a su difunto marido, ubicado en el llano de Mastatlan [Maxtatlán]. Y como injustamente se niega Casas a la entrega de dicho cuaderno, haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que sean necesarias hasta obtener el cuaderno.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOPLEITOS
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Don Leonardo Ortiz, vecino de Santiago Tuxtla, residente en esta villa, otorga poder especial a don Manuel de Medina y Loranca, de este comercio y vecindad, para que en su representación, continúe el artículo que tiene pendiente en este Tribunal de Justicia en expediente instruido contra el cura del mismo pueblo de Santiago Tuxtla, don Isidro Antonio Romay, sobre la nulidad de una escritura de fianza que éste otorgó por 4 000 y más pesos, recibiendo a su tiempo los autos para contestar a la expresión de agravios que produzca el apelante. Y haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que sean necesarias.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOMiguel Merced García, vecino de la hacienda de la Estanzuela, residente en esta villa, otorga poder especial a don Juan Nepomuceno de Urquía, también residente en esta villa, para que en su representación, comparezca en este Tribunal Superior de Segunda Instancia, así como, en los demás que convengan, y en ellos continué y termine el artículo que tiene intentado contra el Alcalde de Santiago Macahuatlan, por la tropelía que despóticamente y con fuerza armada cometió contra el otorgante, destruyendo y arruinando su rancho y residencia en el mismo paraje de la Estanzuela.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José Encarnación Morales y don Sebastián Fabián, síndicos procuradores de los pueblos de Ixhuacán de los Reyes y Santiago Ayahualulco, en unión de José María Morales, regidor decano, y don José María Hernández, alcalde propietario de los citados pueblos; dijeron que en uso de las facultades que la ley les demarca, otorgan poder especial al licenciado Carlos Hernández Viamonte, residente en esta villa, para que a nombre de los pueblos haga personería y agencias en este Superior Tribunal de Segunda Instancia, en donde se hayan los autos que siguen con don Marcelino de Rugama sobre tierras; haciendo en su virtud los nombramiento de con jueces que les corresponda y los alegatos que sean necesarios hasta la sentencia.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO DE CÁMARADon José María Becerra, de esta vecindad, dijo que fue albacea del Presbítero don José Alejandro de Campo, quien falleció el año pasado de 1824, y su testamentaría quedó concluida en el año siguiente, habiéndola girado don José María Berrio como segundo albacea del mismo finado. Que en estos últimos días se han promovido reclamos por una de las herederas y el comparente no se halla en tal disposición y ha resuelto facultar una persona que le desempeñe; y reduciéndolo a efecto otorga poder a Juan Nepomuceno de Urquía, de esta misma vecindad, para que a nombre del comparente conteste en el relacionado asunto en la parte que al relacionante le toque, defendiéndole de cualquier imputación, haciendo las aclaraciones convenientes. También, se lo confiere para que en el evento de que se entable juicio, parezca en todos los tribunales eclesiásticos y seculares.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon José Felipe de Herrasti, otorga poder especial a don Faustino de Capetillo, Administrador de la Renta Nacional de Correos, para que en su nombre y representación, prosiga y continúe el artículo o incidente promovido contra don Juan Antonio de Bárcena, don José Antonio de la Peña, como albacea del finado don Juan Manuel del Cotarro, y don José María de Mora, ex socios de la Casa Sociedad Patriótica que posee en esta Villa, por la cantidad de pesos que en deudas y dependencias resultan a favor de la negociación y por cobrar en el tiempo que fue por ellos dirigida y administrada, presentando para ello en el juzgado las cuentas, libros y papeles, y cuantos recaudos sean favorables, por lo que se le da este sin limitación alguna.\t\r\n
Don Francisco Cia, de este comercio y vecindad, dijo que don Blas Martínez suscitó en el juzgado del Alcalde de Segunda Elección una instancia contra don Diego Antonio Llanos de Vergara, por cierta cantidad de pesos, y teniendo noticia de que en poder de don Matías Martínez de Espinosa existen 618 pesos de Llanos de Vergara; el demandante pidió se le entregue dicha cantidad a cuenta de su adeudo, previa fianza del compareciente, a lo que accedió el señor Juez, quien mandó entregar a don Blas dicha suma, por lo que el otorgante se constituye en fiador del mencionado Blas Martínez, quien tendrá en disposición dicha cantidad por si se le solicita la devolución.
Don José María Villaseñor, Oficial de la Dirección General de la Real Renta de Tabaco y Secretario de la Intendencia General de la Tropa acantonada en las inmediaciones de Veracruz, otorga poder especial a don José Bernardo Baz, del comercio de la capital de México, para que pueda transigir y componer el pleito económico que mantiene con don Pedro [José de] Berazueta, albacea del difunto don José Antonio del Río, ambos del citado comercio, haciendo para su verificativo todos los actos, agencias y diligencias que sean necesarias.
Antonio Altamirano, dueño de recua, vecino de la Ciudad de México, dijo que por la Real Justicia de esta jurisdicción está preso en la cárcel pública José Francisco, indio sabanero, natural de México, por haberlo cogido en pleito con Juana de los Santos, india de este pueblo con quien tiene palabra matrimonial que le dio como lo ha confesado y pretendiendo cumplir dicha palabra, otorga que recibe en fiado como alguacil carcelero comentariense y se da por entregado a su voluntad, obligándose a que dentro de 30 días desde hoy lo mande a la prisión en que lo reciban o en su defecto pagará las penas.
El Licenciado Manuel del Pozo, Presbítero apoderado de Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, viuda del Capitán Fernando Niño de Córdoba de la Higuera, vecina de la Ciudad de la Puebla, el Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, de la Orden de Santiago, don Pedro Velázquez de la Cadena, con poder de doña Juana Josefa de Orduña Loyando y Sousa, su madre vecina de México, entre otros vecinos de esta jurisdicción, dueños y poseedores de tierras, aguas y montes, otorgan poder especial a don Francisco Félix Hidalgo, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, y a don Francisco Miguel de Campo, vecino de este pueblo, para que en sus nombres y representando sus personas parezcan ante el Rey y ante cualquier tribunal con libre y general administración de enjuiciar y sustituir en el pleito que al presente siguen para que se guarde y ejecute la merced y composición que se hizo de todas sus tierras, aguas y montes por cantidad de 10 mil pesos con que le sirvieron para la Real Armada de Barlovento, el 27 de agosto de 1643.