Bernardo de Arcia, vecino de Huejotzingo, mayordomo de la recua de Bartolomé de Uribe, que de presente va cargada para la ciudad de México, dijo que hallándose en la Venta de Los Naranjos, cuatro indios de su servicio hirieron a Juan López, indio de la recua de Alonso Núñez de la Cerda; intervino la Justicia de Jalapa, y para evitar mayores problemas, haciendo de deuda ajena suya propia, se obligó a pagar al referido Alonso Núñez, 65 pesos de oro común que su criado Juan López le debe, sólo en caso de que muera por las heridas recibidas, y a darle un indio cargador para el avío de su recua, de no hacerlo, le pagará todos los gastos y menoscabos que tuviere.
PLEITOS
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Bartolomé Jiménez, cirujano, vecino de Jalapa, dio su poder cumplido a Juan Pardo, dueño de recua, vecino de este pueblo, para que en su nombre reciba y cobre de Diego de Gálvez, Receptor de la Real Audiencia de México, unos autos que el susodicho ha seguido con el juzgado de Jalapa contra la persona y bienes del Capitán Don Sebastián de la Higuera Matamoros, sobre la paga de 2,849 pesos de oro común que le debía del tiempo que el sirvió de cirujano en sus ingenios de Azúcar.
Juan Francisco de Campo, Gobernador, Adrían Matías de la Haya, Teniente y los demás Alcaldes, Oficiales y naturales de los pueblos de San Pedro Chiconquiaco y San Antonio Tepetlán, informan que se comprometen a no tener mas pleitos entre ambos pueblos, los cuales se han originado por la posesión de unas tierras que limitan a ambos pueblos.
El Capitán don Manuel de Olmedo, declara que el 24 de julio de 1739, don Juan Ricardo de Guzmán, le otorgó poder para pleitos, mismo que ahora entrega en substitución a José Ricardo Grant de Guzmán, para que siga los pleitos del citado Juan Ricardo de Guzmán.
Don Ventura de Acosta, vecino de esta jurisdicción, otorga poder especial a don Juan Francisco Girón, vecino de la Ciudad de México, para que siga un pleito que sostiene contra los naturales del pueblo de Jilotepec, por la pertenencia de unas tierras, compareciendo ante en rey, sus reales audiencias y tribunales, donde demande, responda y niegue presentando escritos.\r\n
Don José de Molina, doña Ana Antonia Camino y el Bachiller don José Camino, albaceas diputados del difunto don Juan Cordero, y don Juan Ignacio Cruzado, defensor de María Bárbara Cordero, hija de dicho difunto y la dicha Ana, por el pleito que tuvo juicio en este juzgado de Jalapa sobre diversas diferencias en los autos de inventarios, deliberan con cristiano acuerdo el compromiso que con el juramento necesario se exhibe, para que acumulado a los autos por decreto judicial logren las solemnidades de instrumento público, para que se libre el requisitorio que restituya dichos autos a este juzgado, donde se hallan para que en el estado en que estuvieren se den por transigidos y cancelados.
José Díaz de Acosta, español y vecino de este pueblo, declara haberse casado con Catarina María Domínguez, quien tiene por parte materna 200 pesos en poder del secretario don Diego Cardeña, los cuales no ha percibido aun por no querer dicho secretario pues se niega hacerlo, por lo que el dicho José Díaz de Acosta hace una petición a su majestad para que intervenga en el asunto y se le den los 200 pesos.
José Martínez de Rivas, cargador de la flota a cargo de Rodrigo de Torres y Morales, con pleito y concurso de acreedores por bienes de Nicolás Ibáñez de Echávarri, contra Tomás de Apodaca por la cantidad de 2,324 pesos 5 reales de fletes de mar, por Antonio Vázquez que con poder de Carlos Flor de Rose, le debe la cantidad de 9, 000 pesos y por el otorgante en nombre de María Justa Barnes, por 9, 000 pesos, por lo que se convinieron los acreedores en entregar sus bienes para que los saquen a venta.
Joaquín Ildefonso de Torquemada, vecino y arrendatario de los diezmos de esta doctrina y de Coatepec, otorga poder a José de la Torre Estomba, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, para que se ocupe de todos los pleitos con personas o comunidades, y en especial para los que se puedan ofrecer en la administración de dichos diezmos.
Juan Montañés de la Cueva y Gregorio Fernández Mantilla, señalan que tienen pleitos y demandas pendientes, de las cuales desisten, acordando las condiciones siguientes; primeramente el dicho Gregorio, entregó 1, 000 pesos de oro común a Montañés, quien se da por entregado como pago de las ganancias que tuvo de la tienda como socio que fue de Gregorio, y dicho Montañés trasfiere todos los derechos y acciones de la tienda a Gregorio para que goce del principal y ganancias que se obtengan, deslindándose de cualquier problema que resulte con la tienda, de lo antes mencionado; ambos convinieron en que el primero que haga pleitos en contra del otro, se le multe con 2, 000 pesos de oro común, dividiendo 1, 000 pesos para la Cámara de Su Majestad y 1, 000 pesos para la parte obediente.