El Capitán don José Robledano de Cardeña, vecino de este pueblo, con poder otorgado a su favor por don Agustín López Valdez, vecino de la Ciudad de México, lo substituye a favor de don Antonio Moscoso, vecino de Perote, para que administre y cobre las alcabalas de las jurisdicciones de Jalacingo y Teziutlán.
PEROTE, PUEBLO DE
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Don José Mariano y don José María Arcos, hermanos enteros, hijos del finado don Antonio Arcos, vecino que fue del pueblo de Perote, otorgan poder especial a don Ángel Narciso de Ochoa y Ortega, para que en su nombre y representación, promueva y active por todos los aspectos la secuela y giro de la testamentaria de su citado padre y hasta la absoluta terminación y percepción del haber que les corresponda.
Zonder titelJosé Manuel Arcos, vecino del pueblo de Perote, como curador ad litem de sus hermanos políticos menores, María Rafaela y José Esteban Pacheco; otorga que ha recibido de don Cristóbal Montes de Oca, de esta vecindad, la cantidad 200 pesos, cuyo principal es el mismo, que se obligó a entregar en parte del pago de la venta de una casa, que en unión de sus hermanos políticos mayores, Juana Paula, María Prajedes Pacheco y otros, otorgaron escritura en esta villa el 7 de diciembre del año próximo pasado, en la que el comprador se obligó al pago con especial hipoteca de la misma casa, bajo los linderos que en ella se mencionan. Y estando pagado dicho principal de los pactados premios, declara libre de la obligación y exonerada su casa de la afección a que la sujetó, consintiendo que así se anote en ella y en sus copias para que no haga efecto mediante la presente cancelación.
Zonder titelDon Francisco Antonio de Miranda, vecino del pueblo de Perote, residente en esta villa, marido legítimo de doña Ana Joaquina Martínez, en quienes se remató la hacienda de los Molinos contigua a Perote, por fallecimiento de los padres de ésta, don Salvador Martínez y doña Mariana de la Vega; otorga poder a don Dionisio Camacho, de esta vecindad, concurra en el Juzgado del Alcalde Primero de este cantón, a ventilar y deducir los derechos de propiedad que así le asisten en el despojo que ha intentado hacerle el vecindario de indígenas del pueblo de Tlacolulan de este cantón, de una parte de los terrenos de la citada finca, introduciéndose en ellos a formar nuevos linderos, atropellando los antiguos en que se le dio posesión a sus causantes habrá el espacio de veintiséis años; haciendo las presentaciones, todos los actos, agencias y diligencias.
Zonder titelEl doctor don Luis de Mendizábal y Zubialdea, cura interino, vicario foráneo y juez eclesiástico de esta iglesia parroquial, otorga que ha recibido de don Manuel Pérez, vecino y del comercio del pueblo de Perote, la cantidad de 933 pesos de principal con sus premios devengados hasta la presente fecha; cuyo principal es el mismo que se obligó a reconocer a premio de un 5 por ciento en favor de la memoria de una misa cantada en los días viernes de Dolores, en su altar de esta parroquia, y de las limosnas para seis mujeres pobres que en tal día velen y acompañen a la Santísima Virgen, rogando por el bien del alma de doña María Sebastiana Rincón, fundadora de ella. Dicha obligación quedó manifiesta en la escritura de venta que de una casa ubicada en dicho pueblo le otorgó a su favor don Félix Peino de Bustamante, como albacea de doña María Dolores de Ochoa; la que se le enajenó con este gravamen que como queda dicho, y se obligó a reconocer.
Zonder titelMaría Luisa González, hija de Manuel González y de Felipa Burgos, vecinos que fueron del pueblo de Perote, de donde es originaria, estando buena y sana, pero de edad avanzada, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que es de estado libre y que tiene una hija natural nombrada María Luciana González, cuyo padre ya es difunto y está casada con el ciudadano Francisco Barrios. Declara que, en el pueblo de Perote, existe una casa que quedó por bienes de sus finados padres, de quienes no quedaron más herederos que ella, su hermano que ya es difunto y se llamó José Manuel González y una hija de éste que murió en Puebla en el hospital, quien hizo cierta disposición, de la cual se ha querido constituir único arbitrio disponedor de la casa referida don Miguel Rodríguez, vecino del pueblo de Perote; pero repite que la expresada casa quedó para herencia por iguales parte a la presente compareciente y a su hermano. Declara que, el referido su hermano, empeñó una casa que le pertenece a ella sola, en 100 pesos, por lo cual tuvo que venderla para satisfacerlos, y le son deudores los bienes de su hermano de dicha cantidad, cuya suma ordena se cobre de lo que a él le pertenezca. Declara que su hermano empeñó a don Matías Blasco la casa existente en Perote, en cantidad de 230 pesos uno y medio real y que para liberarla del empeño tuvo que ocurrir a su hija y marido, quienes consiguieron de Blasco les hiciese donación de 130 pesos uno y medio real, conformándose con recibir 100 pesos en lugar de toda la cantidad; pero cediéndoles la acción del total, y así es, que aunque solo dieron 100 pesos los repetidos su hija y su consorte son acreedores contra la finca a los 230 pesos uno y medio real. Declara, que los prenotados su yerno e hija son acreedores a la propia casa por la cantidad de 120 pesos que tienen invertidos en reparos de la misma finca. Ordena se mande decir catorce misas para la limosna de un peso cada una de las cuales se aplicarán diez por las almas del purgatorio y las restantes por la de ella. Nombra a su hija María Luciana como su albacea y universal heredera.
Zonder titelDon José María Bonilla y Flores, de esta vecindad, dijo que don Felipe Cortés le ha conferido el destino de receptor de alcabalas de Perote, cuyo manejo debe caucionar con una fianza de 1 000 pesos. Situación por la que el comparente, otorga que se constituye fiador y principal pagador del citado Cortés en cantidad de 1 000 pesos, en la Aduana de Perote, caucionando con esta las responsabilidades en el referido destino de Cortés en la plaza de Receptor.
Zonder titelMaría Felipa López, de esta vecindad, dijo que por fallecimiento de su esposo José María Rodríguez, y de un hijo que tuvieron en su matrimonio llamado Juan José, heredó de su suegra Juana Córdoba un pedazo de terreno con 36 magueyes en el pueblo de Perote, de donde es originaria, el cual ha convenido venderlo. Y reduciéndolo a efecto, otorga que vende a José de la Luz Herrera, vecino de Perote, el solar con 21 varas de frente que lo hace al sur con la barranca de Ateta, 46 y media de fondo hacia el norte por donde linda con casa de Ana Hernández, por oriente con las de Simón [de] y Gertrudis Córdoba y por la del poniente con la de Ana Contreras, que linda con casa de María Aburto y Ana [Aburto] su hermana, con la primera por el norte y con la segunda por el sur, con 36 magueyes y dos jacalitos. Lo vende al precio de 38 pesos que tiene recibidos.
Zonder titelDon José Ignacio Martínez, vecino y del comercio de Xalacingo [Jalacingo], residente en esta villa, como nieto paterno del finado don Salvador Martínez, labrador que fue en el pueblo de Perote; otorga que ha recibido de don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, la cantidad de 4 000 pesos en reales de contado, cuyo principal es el mismo que le correspondió por muerte de su abuelo. Cuya cantidad, en unión de otros ocho, es la misma que el finado don Manuel de Goiri y su hijo don José María de Goiri, percibieron a premio de 5 por ciento anual, con hipoteca especial de las casas altas y bajas que se mencionan en la escritura de obligación y reconocimiento que otorgaron en esta villa el 12 de mayo de 1815. Y habiendo vendido don José María de Goiri, por fallecimiento de sus padres, las casas con este gravamen a don Bernabé de Elías Vallejo y don Juan Melitón de Lascurain, éstos ratificaron la obligación en la misma escritura que otorgaron en esta villa, el 25 de noviembre de 1820; por tanto, otorga en favor de éstos, finiquito y cancelación en forma.
Zonder titelDon Juan Francisco de Bárcena, de este comercio y vecindad, tutor y curador ad bona de doña María Dolores Castro, menor hija y heredera del finado don Ramón Crespo, vecino que fue del pueblo de Perote, otorga que ha recibido de don Juan de Sanfuentes, vecino de dicho pueblo, por mano de don Sebastián Mier, que reside allí mismo, la cantidad de 5 917 pesos y 5 octavos reales, que en la cuenta de división y partición de los bienes de Ramón Crespo correspondieron en numerario a la mencionada doña María Dolores Castro, cuya testamentaria fue a cargo del difunto don José Rafael de Almendaro, quién dio esta suma a premio corriente al nominado Sanfuentes. Y siendo hoy en su poder dicha cantidad, como de los premios devengados, otorga recibo en forma a favor de la testamentaria de Almendaro y en caución del sensualista Sanfuentes.
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