El Capitán Juan de Malpica y Catalina de Borboa, su legítima mujer, vecinos y labradores en el Desierto de Perote, otorgan poder especial al Bachiller Tomás de Malpica, su hijo legítimo, para que en su representación funde una capellanía de 3 mil pesos de principal y por ellos 150 pesos de réditos en cada año, instituidos sobre las haciendas de labor expresadas en el testimonio de sus aprecios, asimismo para que con derecho presente las fuerzas, vínculos y requisitos para su validación con llamamientos de capellanes propietarios, interinos con sus vacantes y patronos, nombrando a Tomás de Malpica como primer capellán para que se ordene a título de ella con el cargo de decir las misas rezadas en cada año, y cumplidos los 25 años que el derecho dispone y no habiéndose ordenado de eclesiástico, entren en posesión de la capellanía sus nietos, hijos de Ángela y Elena de Malpica.
PEROTE, DESIERTO DE
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MX UV.USBIX ANX-P-0014-PX_0014_0194
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18/07/1704
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