María Antonia de la Cruz Rivera, parda libre, doncella de ochenta años, otorga su testamento, declara como bienes suyos una casita de paredes cubierta de madera y teja ubicada en la Calle de Santiago, y por no tener herederos forzosos se la deja a tres sobrinos; tiene 100 pesos en poder de don Antonio Juille y Moreno, los cuales pide se inviertan en su entierro; nombra por su albacea al mismo Juille y Moreno.
PARDOS LIBRES
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Pedro Mendoza, Juan Cayetano, José Antonio Filoteo, José de Acosta, y Dionisio Linetro, pardos libres, labradores y vecinos de Otates, Coyolillo y Omiquila, a nombre propio y en el los demás que se mencionan en esta escritura, otorgan poder a don Vicente de Agudo, vecino del pueblo de Naolinco, para que los represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, seculares y eclesiásticos.
Don Francisco de Castro [Pérez], vecino de Xalapa, apoderado de sus hermanos don Francisco Flores [de Castro] y doña Mariana de Castro, su mujer, el primero Subdelegado de la Provincia de Jalacingo, otorgan que venden a Antonia de Rivera, parda libre vecina de esta Villa, una casa de cal y canto cubierta de madera y teja, con el sitio que le pertenece que mide 8 varas de frente y 60 de fondo, ubicada en la calle de Santiago con la que hace frente al norte y del otro lado casas de doña Manuela Antonia Pérez Álvarez, al oriente con casa y solar de Manuel Sedeño, al poniente con casa de don José de Castro, y al sur con solar de Jacinto Mora. La vende por precio de 290 pesos.