ÓRDENES RELIGIOSAS

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              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0028 · Unidad documental simple · 1681/08/17
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor en ella y en el partido de San Antonio Huatusco, hijo legítimo de Juan Pérez y de Inés Díaz, sus padres difuntos, vecinos que fueron del pueblo de Martín [Martín] Longo de la jurisdicción de Alcoutin en el Argalbe [Algarve] Reino de Portugal, otorga su testamento en la forma siguiente: Declara que fue casado con Andrea de Morales, viuda que era de Antonio de Chávez, vecinos que fueron de la Veracruz, no tuvieron hijos; después del fallecimiento de la susodicha, contrajo matrimonio con doña Gertrudis de Gatica, tampoco tuvieron hijos. Señala que tiene el oficio de Alguacil Mayor, el cual ha ido renunciando en Gregorio Martínez de Solís, vecino de Córdoba, su sobrino. Declara que tiene adeudos con el Licenciado José de Escamilla, Clérigo Presbítero, vecino de la Veracruz; doña María de Ortega [y Bonilla] y doña Catalina de Ortega [y Funes], vecinas de esta villa, herederas del Bachiller Juan [Yáñez] Ortega [de la Pava]; el Licenciado José de Casillas, Clérigo Presbítero; y el Capitán Ignacio de la Torre. Asimismo, señala que las personas siguientes le deben los pesos que se mencionan en la escritura: El Capitán Ignacio de la Torre, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz; el Capitán Juan de Villalobos; Pedro de Alguero, vecino de la Veracruz; un tendero llamado Juan de Aguayo; un carpintero llamado Francisco; Pascual de Landa Verde [Landaverde], carpintero, vecino de Veracruz; Martín Roldán de la Calle, vecino del pueblo de Xalasingo [Jalacingo]; el Capitán Francisco de las Casas, vecino de la ciudad de México; Pedro García de Novoa, vecino de la ciudad de los Ángeles; la villa de Córdoba y sus propios; su compadre Gerónimo [Jerónimo] de Leiva; el Alférez Mayor de esta villa don Miguel Valero [de Grajeda]. Declara por sus bienes unas casas de vivienda altas de piedra, situadas en la calle de la Merced en la Nueva ciudad de la Veracruz; el oficio de Alguacil Mayor; las casas de su morada que tiene en la villa de Córdoba, así como otras dos casas situadas en la misma villa; 13 piezas de esclavos. También menciona que se comunicó con el reverendísimo provincial de los descalzos de “Nuestro Padre San Francisco” de la provincia de San Diego de esta Nueva España para que en esta villa se fundara un convento de dicha religión, por lo que dicho padre provincial y padres definidores vinieron en ello, y para que tuviese efecto de su buena voluntad por escritura que otorgó en la ciudad de México se obligó a dar la casa de su vivienda para que en ella se funde dicho convento y 2 000 pesos de oro común con cargo y calidad que si pasados seis años desde la fecha de dicha escritura no tuviere efecto la fundación, quedaba la escritura sin ningún valor, en cuya atención ordena que se guarde y se cumpla. Por último nombra como universal heredera a doña Gertrudis de Gatica, su mujer.

              DOMINGO ANTONIO GÓMEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0012 · Unidad documental simple · 1715/01/20
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, natural de la aldea de Martín Longo, jurisdicción de la villa de Alquitin [Alcoutim] en los reinos de Portugal, hijo de don Manuel Martínez, Regidor que fue de dicha villa y de doña Águeda Parela de Solís, difuntos. Por la presente, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda que su cuerpo sea amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco de cuya Orden Tercera de Penitencia es hermano, y sepultado en la capilla del convento de Nuestro Padre San Antonio de esta villa de Córdoba. En caso de que la iglesia de San Antonio se llegase a reedificar, manda que sus huesos sean trasladados a la bóveda que tiene hecha en el presbiterio. Manda se digan misas por la pitanza ordinaria por las almas del purgatorio, misas por las almas de sus esclavos y sirvientes que fallecieron bajo su servicio. Fue casado con doña Juana de Gatica y Aguilar, quien llevó al matrimonio 3 000 pesos y él tenía otros 3 000 pesos, y durante los 34 años de casados procrearon a doña Águeda María de Solís y Gatica, mujer del Señor Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval del Consejo de Su Majestad, Alcalde de Corte de la Real Sala del Crimen de la ciudad de México, a la que ellos le dieron 14 000 pesos poco más o menos y después de pasado algún tiempo le dio al Licenciado otros 6 000 pesos para aumentar la dote, aparte otros 8 000 pesos y 52 000 pesos que le quedó debiendo de lo que le corresponde a su legítima materna, que todas las partidas suman 90 000 pesos. Pasó a segundas nupcias con doña Rosa María de Rivadeneira, hija de don Francisco de Rivadeneira y de doña Leonor de Zubiate y Arévalo, quien llevó por dote 1 033 pesos junto con 7 000 pesos con los que él la dotó en arras propter nuptias, y él tendría por caudal propio 130 000 pesos poco más o menos, actualmente su mujer se haya en cinta. Por instrumentos, partidas de libro y diferentes papeles constará lo que le deben diferentes personas. Señala él es único patrono del convento de San Antonio de esta villa y como tal ha atendido y aplicado con todo amor y celo de servicio a Dios y devoción al santo, fabricar dicho convento e iglesia, cuyos gastos fueron con el mutuo acuerdo de su primera mujer doña Juana de Gatica, difunta, y debido al temblor que hubo la noche de 15 de mayo de 1714 la iglesia sufrió maltrato, de tal suerte que fue preciso echar abajo toda la bóveda y hoy se halla por esta razón deteriorada. Manda todos los años, un día de la Octava de Todos Santos en que la iglesia celebra y se hace conmemoración de las almas de los difuntos, se diga una misa cantada, con su vigilia y reposo por su alma y la de su esposa, y para ello se den 250 pesos de principal, cargados en el valor de una de las tres haciendas de beneficio de hacer azúcar que tiene en esta jurisdicción nombrada de la Concepción, para que con sus réditos de 12 pesos y 4 reales se apliquen a la memoria de las misas referidas, y si la hacienda se vendiere o enajenare en cualquier manera sea con el cargo de censo. Manda que del quinto de sus bienes se saquen 8 000 pesos para la reedificación de la iglesia y convento de San Antonio, también encarga a sus herederos que si dicha cantidad no alcanzare prosigan la obra hasta concluirla. Manda que a su hija Águeda se le den otros 15 000 pesos que faltaron al capital del tiempo que se hicieron los avalúos antes de pasar él a segundas nupcias. Manda se carguen 940 pesos de principal e impongan sobre el valor de la hacienda nombrada San Joachin [Joaquín] para que con sus réditos se digan misas por él. Asimismo, se carguen sobre la hacienda de San Francisco [de las Mesillas] la cantidad de 1 000 pesos de principal redimible, para que con sus réditos de 50 pesos sea perpetua la fiesta de San Antonio. Manda se haga una fiesta al Papa San Gregorio, para lo cual señala por limosna 12 pesos 4 reales, imponiendo 250 pesos de principal sobre una casa nueva que tiene en la calle Real. Es su voluntad que a Margarita María mulatilla su esclava de seis años de edad se le dé libertad, y cuando cumpla los catorce años se le den 200 pesos para que se impongan a 5 por ciento de réditos y entregárselos a sus padres para ayuda de su vestuario. Que a Gertrudis de Nares, su ahijada se den 100 pesos vía limosna. Tiene noticias de hermanos o hermanas en el reino de Portugal, por lo que es su voluntad que, si viniere alguno de ellos a este reino, y compruebe ser su legítimo hermano se le den 1 000 pesos, entendiéndose que pasado 10 años desde el día de su fallecimiento esta cláusula será derogada. Manda que sus albaceas remitan 200 pesos en reales a la aldea de Martín Longo, en el reino de Portugal, para que se entreguen al cura de la parroquia de la aldea en donde fue bautizado, nombrada Nuestra Señora de la Concepción. Manda se den 24 pesos a cada una de las cofradías del Santísimo Sacramento y de la Limpia Concepción. Señala compró el oficio de alguacil mayor el cual renunciará, para cuando llegue momento, en don Gaspar Rendón, en el Capitán don José de Carvajal y Contreras y en el Capitán don Pedro López del Castrillo. Tiene una casa de cal y canto en la calle de María Andrea. Declara que el derecho de las alcabalas de esta villa las tiene en compañía de don Gaspar Rendón de quien tiene recibidos 1 100 pesos, la recaudación y cobranza de ellas van a mitad de ganancias. Señala se remataron carnicerías de vaca y toro de novillo en esta villa en don Francisco Valero y Alvarado, a quien por ser pobre le ha suplido todos los costos, gastos, compras de ganado y todo lo necesario para su abasto, por modo de compañía. Señala es patrono del convento de Nuestra Señora de las Mercedes de la ciudad de Los Ángeles. Declara que el quinto de su esposa doña Juana de Gatica, fue la cantidad de 15 000, lo cual dispuso en varias obras pías dejándolo a su disposición de él, de las cuales unas están cumplidas. Él es único patrón del convento de San Antonio de Padua de religiosos Descalzos Franciscos, sito en esta villa de Córdoba, y en atención al derecho que le asiste instituye y nombra a doña Águeda María de Solís y Gatica, su hija, por única patrona del convento, y en caso de su fallecimiento si sucesión, nombró e instituye al varón o hembra que diere a luz doña Rosa María de Rivadeneira, su segunda mujer, y en caso de que no viva la prole que diera a luz la susodicha y que su hija Águeda falleciere, instituye a Rosa María de Rivadeneira. Nombra por sus albaceas a doña Rosa de Rivadeneira, su mujer, al Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, al Capitán don Manuel de Rosas y al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecinos de esta villa, a todos juntos de mancomún, y por solo tenedora de bienes a Rosa y a don Alonso López de Sagade Bugueiro. Nombra por heredera a doña Águeda María de Solís, hija del primer matrimonio, y al póstumo o póstuma que dará a luz su mujer Rosa María de Rivadeneira, a quien también nombra tutora y curadora. Revoca cualquier otro poder para hacer testamentos, codicilos, poderes para testar.

              FÉLIX DE SOSA, ESCRIBANO REAL